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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

Resolución 196/2019

RESOL-2019-196-APN-DE#AND

Ciudad de Buenos Aires, 15/04/2019

VISTO el expediente EX-2018-55031138-APN-DNAYAE#AND, el artículo 9º de la Ley Nº 13.478 y sus normas modificatorias, los Decretos N° 292/95, N° 1455/96, N° 355/02, N° 698/17 y N° 868/17, y la Resolución RESOL-2019-76-APN-DE#AND de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 13.478, en su artículo 9°, y sus normas modificatorias, facultó al Poder Ejecutivo Nacional a otorgar en las condiciones que fije la reglamentación, una pensión inembargable a toda persona sin suficientes recursos propios, no amparada por un régimen de previsión e imposibilitada para trabajar.

Que la reglamentación del artículo 9° de la mencionada ley, estableció los requisitos para la tramitación, otorgamiento, liquidación, suspensión y caducidad de las prestaciones no contributivas por invalidez, y que a través del órgano competente, podrá disponerse, en forma permanente, la realización de inspecciones tendientes a verificar la situación de los beneficiarios y disponer las medidas que estimare procedentes para comprobar el cumplimiento o subsistencia de los requisitos para la obtención o goce de la prestación o exigir su comprobación por parte de los beneficiarios.

Que el Decreto N° 292/95 transfirió a la ex SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL las funciones de tramitación, otorgamiento, liquidación y pago de las prestaciones no contributivas que estaban a cargo de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS).

Que mediante Decreto N° 1455/96 se creó la COMISIÓN NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES, como organismo desconcentrado en el ámbito de la ex SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que el Decreto N° 355/02, creó el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE y le asignó competencia en materia de pensiones no contributivas.

Que por el Decreto N° 582/03, se asignó la competencia citada en el considerando precedente a la COMISIÓN NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES.

Que por Decreto N° 698/17 se creó la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION; se suprimió la COMISIÓN NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES, organismo desconcentrado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y se estableció que la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD sería su continuadora en las materias del artículo 1° de este decreto.

Que mediante Decreto (P.E.N.) N° 698/17 se facultó al Director Ejecutivo de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD a ejercer la dirección general del organismo y efectuar su gestión económica, financiera, patrimonial y contable.

Que por RESOL-2019-76-APN-DE#AND se aprobaron los criterios para la determinación del estado socio-económico y de vulnerabilidad de los peticionantes -o beneficiarios- atinentes para el otorgamiento, denegación, suspensión y caducidad de las pensiones no contributivas por invalidez en el marco de la reglamentación del artículo 9 de la Ley Nº 13.478.

Que el SERVICIO JURÍDICO del ORGANISMO ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente, conforme las facultades conferidas por la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y complementarias, la Ley Nº 25.506, los Decretos N° 292/95, Nº 1455/96, N° 357/02 y sus normas modificatorias y complementarias, los Decretos N° 698/17 y N° 868/17.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina la RESOL-2019-76-APN-DE#AND con sus respectivos anexos I y II (IF-2018-55038359-APN-DNAYAE#AND e IF-55038818-APN-DNAYAE#AND).

ARTÍCULO 2°: Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Ibarzábal

e. 17/04/2019 N° 25783/19 v. 17/04/2019

Fecha de publicación 17/04/2019