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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 138/2019

RESOL-2019-138-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 16/04/2019

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario 1390/98, lo actuado en el Expediente Electrónico N° 56080190/18 de la GERENCIA SEGURIDAD REDIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que la empresa CONUAR S.A. ha solicitado, mediante nota de fecha 29 de octubre de 2018, la Autorización de Práctica No Rutinaria a desarrollarse en la instalación denominada Fábrica de Elementos Combustibles Nucleares (FECN), relativa a la fabricación y almacenamiento de barras combustibles para el reactor CAREM, ratificando lo indicado en nota de fecha 24 de octubre de 2018, la cual fue acompañada de la documentación técnica asociada a la práctica.

Que las SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR y CONTROL DE LAS SALVAGUARDIAS Y PROTECCIÓN FÍSICA han verificado que se encuentran dadas las condiciones técnicas para el adecuado desarrollo de la práctica.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS ha recomendado el otorgamiento de la Autorización de Práctica No Rutinaria bajo las condiciones que se detallan en el ANEXO a la presente Resolución.

Que las GERENCIAS ASUNTOS JURÍDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en los Artículos 16, Inciso c) y 22, Inciso a) de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 11 de abril de 2019 (Acta N° 11),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Autorizar a la empresa CONUAR S.A. a realizar la Práctica No Rutinaria solicitada mediante nota de fecha 29 de octubre de 2018 relativa a la fabricación y almacenamiento de barras combustibles para el reactor CAREM, bajo las condiciones especiales establecidas en el ANEXO a la presente Resolución y la documentación de carácter mandatorio que resulte de aplicación.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y a CONUAR S.A. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese. Nestor Alejandro Masriera

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.

e. 22/04/2019 N° 26026/19 v. 22/04/2019

Fecha de publicación 22/04/2019