Edición del
24 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

DIVISION SECRETARIA Nº 2.

Código Aduanero (Ley 22.415: arts. 1013 inc. h) y 1101).

EDICTO

Por ignorarse domicilio, se citan a las personas que mas abajo se mencionan, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción al artículo 977 del C.A., bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.). Se les hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería a favor del Estado, por ser la misma de importación prohibida, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Arts. 930, 931 y 932 del C.A.).-

EXPEDIENTEIMPUTADOMULTATRIBUTOS
12227-187-2013KAW WILFREDO JR. IGUIDEZ (Ppte de Filipinas Nº EB3120130)$ 59.952.-Mercadería prohibida.

Marcos Marcelo Mazza, Empleado Administrativo.

e. 22/04/2019 N° 26181/19 v. 22/04/2019

Fecha de publicación 22/04/2019