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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 638/2019

RESOL-2019-638-APN-INCAA#MECCYT

Ciudad de Buenos Aires, 17/04/2019

VISTO el EX-2018-45246080-APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001), y sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002 y N° 324 de fecha 8 de mayo de 2017, las Resoluciones INCAA Nº 439 de fecha 12 de marzo de 2014 y sus modificatorias, Nº 1 de fecha 2 de enero de 2017, Nº 4 de fecha 9 de enero de 2017, y;

CONSIDERANDO

Que dentro de las medidas de fomento previstas por el artículo 3º inciso a) de la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la facultad de ejecutar las medidas de fomento tendientes a desarrollar la cinematografía argentina formuladas por la Asamblea Federal, pudiendo a tal efecto auspiciar concursos, establecer premios, adjudicar becas de estudio e investigación y emplear todo otro medio necesario para el logro de ese fin.

Que el artículo 43º de la mencionada Ley, faculta al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA) a producir películas de cortometraje cuyos anteproyectos seleccione en llamados que realice con tal propósito.

Que el Concurso para la producción al que alude la presente Resolución, se inscribe en el marco para la promoción de nuevos realizadores en el ámbito de la producción nacional.

Que el Concurso puede considerarse el primer acercamiento de jóvenes directores al INCAA.

Que el Concurso “HISTORIAS BREVES”, cuya primera edición se realizó en el año 1995, tiene como objetivo la producción de películas de cortometrajes de ficción.

Que a tales fines se considera oportuno llamar a un nuevo Concurso de Cortometrajes de Cine de Ficción para directores, el cual recibirá la denominación “HISTORIAS BREVES 2019”.

Que el INCAA premiará con un monto de dinero destinado a la producción, a los proyectos seleccionados por un Jurado conformado por prestigiosos profesionales de la industria cinematográfica nacional.

Que es necesario establecer los requisitos y el procedimiento correspondiente a fin de hacer efectivo el Concurso en cuestión.

Que la participación en el presente concurso, implica la aceptación de las Bases y Condiciones del mismo en su totalidad, así como el conocimiento de toda la normativa vigente al respecto.

Que se establece como obligación de los realizadores presentantes de los proyectos que resulten ganadores del Concurso, el deber de suscribir un convenio con el INCAA, obligándose a cumplir con todos los requerimientos que se explicitan en la presente Resolución.

Que a efectos de una mejor eficiencia administrativa se considera oportuna la presentación del proyecto en formato online en la página web del INCAA.

Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos y la Subgerencia de Fomento a la Producción Audiovisual han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para el dictado de la presente surge del artículo 3º inciso a) y el artículo 43º de la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y los Decretos N°1536/2002 y N°324/2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el llamado a CONCURSO HISTORIAS BREVES 2019, para la realización de CATORCE (14) Cortometrajes de Cine de ficción estableciendo como plazo de presentación desde la publicación de las presentes Bases y Condiciones en el Boletín Oficial de la República Argentina hasta las 23:59 horas del día 7 de junio del 2019 inclusive, como fechas de apertura y cierre respectivamente, para las presentaciones del llamado a Concurso.

ARTÍCULO 2°.- Aprobar las BASES Y CONDICIONES del CONCURSO HISTORIAS BREVES 2019 que obran como Anexo I IF-2019-36394970-APN-GFIA#INCAA, II IF-2019-36395071-APN-GFIA#INCAA y III IF2019-36395190-APN-GFIA#INCAA, que a todos los efectos, forman parte integrante de la presente resolución, y que serán publicadas en la página web del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (www.incaa.gob.ar).

ARTÍCULO 3º.- Determinar que la participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en las Bases y Condiciones.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, oportunamente archívese. Ralph Douglas Haiek

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/04/2019 N° 26591/19 v. 23/04/2019

Fecha de publicación 23/04/2019