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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN

Resolución 22/2019

RESOL-2019-22-APN-TTN#MI

Ciudad de Buenos Aires, 17/04/2019

VISTO los Expedientes EX-2019-12240889-APN-TTN#MI; EX-2019-11924234-APN-TTN#MI; EX-2019-11866619-APN-TTN#MI; EX-2019-10053251-APN-TTN#MI; EX-2019-11411982-APN-TTN#MI; EX-2019-11639273-APN-TTN#MI, las Leyes Nº 21.626 (t.o. 2001) Orgánica del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN y Nº 27.467, la Decisión Administrativa N° 44 del 28 de enero de 2019, Decreto Nº 859 del 26 de septiembre de 2018, el Acta de Sesión Especial N° 3 del 19 de febrero de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.

Que por el artículo 7º de la precitada ley no se podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que el artículo 4° del Decreto Nº 859 del 26 de septiembre de 2018, que sustituye el artículo 5° del Decreto N° 355/17 al establecer que en el caso de los organismos descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal establecidas en sus normas de creación o en normas especiales, mantienen las mismas en los términos de los artículos 3°, 4° y 8° del presente Decreto.

Que por el Decisión Administrativa N° 44 del 28 de enero de 2019, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA FEDERAL dependiente de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA de este MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que mediante Acta de Sesión Especial Nº 8 del 26 de mayo de 2015, el Cuerpo Colegiado del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN resolvió por unanimidad aprobar el detalle de los agentes que se proponen para desempeñar los cargos de coordinadores, a partir del 1º de junio de 2015.

Que las autoridades del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN consideran imprescindible la asignación de funciones a los cargos de coordinadores vacantes.

Que mediante Acta de Sesión Especial N° 3 de fecha 19 de febrero de 2019, se aprobó por unanimidad a los agentes que ocuparán dichos cargos.

Que la medida propiciada no trae aparejado incremento alguno dentro del presupuesto asignado al mencionado TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN.

Que la DIRECCIÓN TÉCNICO LEGAL del TRIBUNAL DE TASACIONES de la nación ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 3º inciso d) y 4º inciso c) de la Ley Orgánica del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN y el artículo 5° del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Asígnanse transitoriamente, a partir del 1º de febrero de 2019, las funciones que en cada caso se indican, a los agentes de la planta permanente del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA FEDERAL dependiente de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA de este MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, en los términos del Título X del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, según el detalle obrante en el ANEXO IF-2019-18075593-APN-TTN#MI de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Los cargos indicados en el artículo precedente deberán ser cubiertos de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos ll, Capítulos lll, lV y Vlll y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, en un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los niveles de crédito asignados al Inciso 1 - Gastos en Personal de la Entidad 612- TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Dario Ezequiel Guitelman

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/04/2019 N° 26580/19 v. 23/04/2019

Fecha de publicación 23/04/2019