Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN

Decisión Administrativa 311/2019

DA-2019-311-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 23/04/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-22463045-APN-ME#LN, el Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, y su modificatorio y lo solicitado por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN), y

CONSIDERANDO:

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, solicita el traslado de la agente perteneciente a la planta permanente de la LOTERÍA NACIONAL S.E. (e.l.), Contadora Susana Marcela ESCUDERO (D.N.I. Nº 20.318.627) Nivel B - Grado 3 del Convenio Colectivo de Trabajo 54/92 “E”, a un cargo vacante y financiado de la planta permanente de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, Nivel B, Grado 5, Agrupamiento Profesional, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal de la SIGEN.

Que dicha solicitud se fundamenta en que la referida agente posee la capacitación y experiencia que responden a las necesidades propias de los objetivos asignados al Organismo peticionante.

Que el artículo 15, inciso b), apartado II del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su modificatorio, estableció que la afectación definitiva para prestar servicios en otra dependencia dentro o fuera de la jurisdicción presupuestaria, mediante el traslado del agente estará condicionado a la existencia de una vacante financiada en el organismo de destino.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, cuenta con una vacante financiada en un cargo Nivel B del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) homologado por el Decreto Nº 1714 de fecha 19 de noviembre de 2010.

Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico para la Contadora Susana Marcela ESCUDERO, quien ha prestado expresa conformidad al respecto.

Que el artículo 7º de la Ley Nº 27.467 estableció que no se podrán cubrir los cargos previstos en la reserva mencionada en el artículo 6º de la misma, existentes a la fecha de sanción de la citada ley, ni las vacantes que se produzcan con posterioridad en las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que en consecuencia resulta necesario exceptuar a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) de dicho artículo, al sólo efecto de proceder al traslado solicitado.

Que la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que los Servicios Jurídicos Permanentes de las Jurisdicciones involucradas han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7º de la Ley Nº 27.467 y 15, inciso b), apartado II del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Exceptúase a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, organismo descentralizado de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 27.467, y en carácter de excepción, al sólo efecto de hacer efectivo el traslado que se dispone por el artículo 2º de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Trasládase a la Contadora Susana Marcela ESCUDERO (D.N.I. Nº 20.318.627) perteneciente a la planta Permanente de LOTERÍA NACIONAL S.E. (e.l.), Nivel B - Grado 3 del Convenio Colectivo de Trabajo 54/92 “E”, a un cargo vacante y financiado de la Planta Permanente de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN), organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B, Grado 5, Agrupamiento Profesional, Tramo General, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, homologado por el Decreto Nº 1714/10.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Entidad 109 - SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Carolina Stanley

e. 24/04/2019 N° 27370/19 v. 24/04/2019

Fecha de publicación 24/04/2019