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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 229/2019

RESFC-2019-229-APN-DIRECTORIO#ENARGAS

Ciudad de Buenos Aires, 23/04/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2019-22262286- -APN-GA#ENARGAS, la Ley N° 24.076 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1738 del 18 de septiembre de 1992, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27.467 (B.O. 04/12/18) aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, que comprende el presupuesto del ENARGAS.

Que, de acuerdo a la Decisión Administrativa Nº 12/19 del Jefe de Gabinete de Ministros, del 10/01/19, se han distribuido los créditos correspondientes al Ejercicio 2019, siendo los recursos por Tasa de Fiscalización y Control para el presente ejercicio de PESOS UN MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS MILLONES CIENTO ONCE MIL OCHOCIENTOS TRES ($ 1.146.111.803.-).

Que, a efectos de asegurar el correcto desempeño de las funciones asignadas por la Ley N° 24.076 a esta Autoridad Regulatoria, atento a lo dispuesto por los Artículos 62 y 63 del Decreto N° 1738/92, resulta necesario establecer un anticipo de la Tasa de Fiscalización para el Año 2019.

Que, a fin de determinar la base de cálculo para este anticipo, se cuenta con la información suministrada por la Gerencia de Desempeño y Economía del ENARGAS, mediante el ME-2019-21454570-APN-GDYE#ENARGAS, correspondiente a los ingresos brutos por la actividad regulada que surge de los últimos Estados Contables, disponibles por esa Gerencia, de las Distribuidoras, Transportistas y Subdistribuidoras, presentados ante esta Autoridad Regulatoria en cumplimiento de las Resoluciones ENARGAS Nº 1660/00 y Nº 163/95, y sus concordantes. El Memorándum mencionado incluye un listado de sujetos registrados como Comercializadoras.

Que, este anticipo se tomará a cuenta del importe que a todos los sujetos que resulten obligados al pago les corresponda abonar en concepto de Tasa de Fiscalización y Control para el Año 2019, el que se determinará en forma definitiva en oportunidad del pago de la última cuota de la mencionada Tasa, en base a los ingresos brutos por actividad regulada que surja de los Estados Contables al 31 de diciembre de 2018 o últimos presentados por las Distribuidoras, Transportistas y Subdistribuidoras, y en una suma fija para las Comercializadoras.

Que, además durante el presente ejercicio, se efectuó un primer anticipo de la Tasa de Fiscalización y Control, mediante Resolución RESFC-2019-44-APN-DIRECTORIO#ENARGAS.

Que se ha determinado en forma provisoria el excedente acumulado al año 2018 en PESOS NUEVE MILLONES QUINIENTOS SETENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 9.570.450.-) y conforme lo dispuesto en la reglamentación del Artículo 63 de la Ley Nº 24.076, por Decreto Nº 1738/92, corresponde su asignación al presente ejercicio.

Que esta Autoridad Regulatoria emite el presente Acto Administrativo en cumplimiento de la autorización de Recursos aprobada por la Ley Nacional de Presupuesto N° 27.467, correspondiente al presente ejercicio, y con el objeto de financiar los gastos necesarios para el desarrollo de las funciones y facultades que el Marco Regulatorio de la Industria del Gas ha otorgado al ENARGAS, en orden de asegurar el control del Servicio Público de Transporte y Distribución de Gas Natural por Redes.

Que, el Servicio Jurídico Permanente del Ente Nacional Regulador del Gas ha tomado la intervención que por derecho corresponde.

Que, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por los Artículos 62 y 63 de la Ley Nº 24.076 y su reglamentación, aprobada por el Decreto Nº 1738/92 y las atribuciones conferidas por el Artículo 52, Incisos a) y x), de la Ley N° 24.076 y su reglamentación.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto la Resolución N.º RESFC-2019-227-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, en tanto se advirtió un error en su Anexo previo a su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 2º.- Fijar el segundo anticipo de la Tasa de Fiscalización y Control para el año 2019 en la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UNO ($286.527.951), que será abonada según el detalle obrante en el Anexo identificado como IF-2019-37031800-APN-GA#ENARGAS de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3º.- Establecer como fecha de vencimiento para el ingreso del presente anticipo el 29 de abril de 2019.

ARTÍCULO 4°. - Registrar, comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archivar. Daniel Alberto Perrone - Diego Guichon - Griselda Lambertini - Mauricio Ezequiel Roitman

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/04/2019 N° 27034/19 v. 24/04/2019

Fecha de publicación 24/04/2019