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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARÍA DE MERCADO ELÉCTRICO

Disposición 12/2019

DI-2019-12-APN-SSME#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 23/04/2019

Visto el expediente EX-2016-01126102-APN-DDYME#MEM, y

CONSIDERANDO:

Que la firma Ullum 2 Solar Sociedad Anónima solicitó su habilitación como agente generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) para su Parque Solar Ullum 2, instalado en el departamento de Ullum, provincia de San Juan, con una potencia nominal de veinticinco megavatios (25 MW), conectada al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de treinta y tres kilovoltios (33 kV) de la Estación Transformadora Solar Ullum, jurisdicción de Empresa Provincial Sociedad del Estado (EPSE).

Que mediante las notas B-117036-1 del 29 de mayo de 2017 (IF-2017-10659351-APN-DDYME#MEM) obrante en el expediente citado en el Visto y B-118420-1 del 31 de julio de 2017 (IF-2017-16186232-APN-DDYME#MEM) obrante en el expediente EX-2017-16163557-APN-DDYME#MEM que tramita conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto, Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) informó que la firma Ullum 2 Solar Sociedad Anónima cumple los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración en el MEM.

Que mediante la resolución 884 del 31 de agosto de 2016 la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la provincia de San Juan resolvió otorgar la Declaración de Impacto Ambiental al Proyecto Ullum de trescientos cincuenta megavatios (350 MW), estando el Parque Solar Ullum 2 de veinticinco megavatios (25 MW) incluido en la mencionada resolución.

Que la firma Ullum 2 Solar Sociedad Anónima ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM del Parque Solar Ullum 2 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina 33993 del 9 de noviembre de 2018, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente medida.

Que la Dirección Nacional de Regulación del Mercado Eléctrico Mayorista dependiente de la Subsecretaría de Mercado Eléctrico de la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 35 y 36 de la ley 24.065 y el artículo 1° de la resolución 12 del 16 de abril de 2019 de la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico dependiente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda (RESOL-2019-12-APN-SRRYME#MHA).

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE MERCADO ELÉCTRICO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Autorizar el ingreso como agente generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) a la firma Ullum 2 Solar Sociedad Anónima para su Parque Solar Ullum 2, instalado en el departamento de Ullum, provincia de San Juan, con una potencia nominal de veinticinco megavatios (25 MW), conectada al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de treinta y tres kilovoltios (33 kV) de la Estación Transformadora Solar Ullum, jurisdicción de Empresa Provincial Sociedad del Estado (EPSE).

ARTÍCULO 2°.- Instruir a Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) a efectos que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la firma Ullum 2 Solar Sociedad Anónima, titular del Parque Solar Ullum 2, en su vínculo de interconexión con el SADI. A este efecto se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3°.- Notificar a la firma Ullum 2 Solar Sociedad Anónima, a CAMMESA, a EPSE y al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan Alberto Luchilo

e. 25/04/2019 N° 27371/19 v. 25/04/2019

Fecha de publicación 25/04/2019