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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARÍA DE MERCADO ELÉCTRICO

Disposición 20/2019

DI-2019-20-APN-SSME#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 25/04/2019

Visto el expediente S01:0316542/2016 del registro del ex Ministerio de Energía y Minería, y

CONSIDERANDO:

Que la firma Eg Wind Sociedad Anónima solicitó su habilitación como agente generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) para su Parque Eólico Diadema II, instalado en las cercanías de la localidad de Comodoro Rivadavia, provincia del Chubut, con una potencia nominal de veintisiete con seis décimas megavatios (27,6 MW), conectado al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de ciento treinta y dos kilovoltios (132 kV) de la Estación Transformadora Diadema, jurisdicción de Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal de la Patagonia Sociedad Anónima, a través de instalaciones de las firmas Compañías Asociadas Petroleras Sociedad Anónima (CAPSA) e Hychico Sociedad Anónima.

Que mediante la nota B-131993-1 del 17 de octubre de 2018, Compañía Administradora del Mercado Eléctrico Mayorista (CAMMESA) informó que Eg Wind Sociedad Anónima cumple para su Parque Eólico Diadema II los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración en el MEM.

Que mediante la disposición 156 del 12 de agosto de 2016 la Subsecretaría de Gestión Ambiental y Desarrollo Sustentable del Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable de la provincia del Chubut, resuelve aprobar el Estudio de Impacto Ambiental del Parque Eólico Diadema II.

Que Eg Wind Sociedad Anónima ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM del Parque Eólico Diadema II se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina 34056 del 14 de febrero de 2019, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente medida.

Que la Dirección Nacional de Regulación del Mercado Eléctrico Mayorista dependiente de la Subsecretaría de Mercado Eléctrico de la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico de la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 35 y 36 de la ley 24.065 y el artículo 1° de la resolución 12 del 16 de abril de 2019 de la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico dependiente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda (RESOL-2019-12-APN-SRRYME#MHA).

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE MERCADO ELÉCTRICO

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar el ingreso como agente generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) a la firma Eg Wind Sociedad Anónima para su Parque Eólico Diadema II, instalado en las cercanías de la localidad de Comodoro Rivadavia, provincia del Chubut, con una potencia nominal de veintisiete con seis décimas megavatios (27,6 MW), conectado al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de ciento treinta y dos kilovoltios (132 kV) de la Estación Transformadora Diadema, jurisdicción de Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal de la Patagonia Sociedad Anónima, a través de instalaciones de las firmas Compañías Asociadas Petroleras Sociedad Anónima (CAPSA) e Hychico Sociedad Anónima.

ARTÍCULO 2º.- Instruir a Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás Agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a Eg Wind Sociedad Anónima, titular del Parque Eólico Diadema II, en su vínculo de interconexión con el SADI. A este efecto se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3º.- Notificar a Eg Wind Sociedad Anónima, a CAMMESA, a Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal de la Patagonia Sociedad Anónima y al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan Alberto Luchilo

e. 29/04/2019 N° 28339/19 v. 29/04/2019

Fecha de publicación 29/04/2019