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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DEFENSA Y MINISTERIO DE HACIENDA

Resolución Conjunta 2/2019

RESFC-2019-2-APN-MHA

Ciudad de Buenos Aires, 30/04/2019

VISTO el expediente EX-2019-37970938-APN-SGPYC#MD, la Ley N° 19.101, el Decreto Ley N° 5177 del 18 de abril de 1958, el Decreto N° 1081 del 31 de diciembre de 1973, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario fijar una escala de haberes para el Personal Militar de las Fuerzas Armadas y para la Policía de Establecimientos Navales, que reconozca una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que demanda la correcta ejecución de su actividad.

Que, en ese sentido, procede fijar los importes del “Haber Mensual” del Personal Militar de las Fuerzas Armadas y de la Policía de Establecimientos Navales, a partir del mayo de 2019.

Que han tomado la intervención que les compete las áreas técnicas y los Servicios Jurídicos permanentes de los Ministerios de Defensa y de Hacienda.

Que esta medida se dicta en uso de las atribuciones contempladas en los apartados I y II del inciso g del artículo 3° del Decreto N° 101 del 16 de enero de 1985.

Por ello,

EL MINISTRO DE DEFENSA

Y

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Fijar el “Haber Mensual” del Personal Militar de las Fuerzas Armadas, a partir de mayo 2019, conforme los importes que para las distintas jerarquías se detallan en el Anexo I (IF-2019-38934607-APN-SGPYC#MD) de esta medida.

ARTÍCULO 2°.- Fijar el “Haber Mensual” para el personal de la Policía de Establecimientos Navales, a partir de mayo 2019, conforme los importes que para las distintas jerarquías se detallan en el Anexo II (IF-2019-38934673-APN-SGPYC#MD) de esta medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en esta medida será atendido con los créditos correspondientes a las sub-jurisdicciones del MINISTERIO DE DEFENSA.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Oscar Raúl Aguad - Nicolas Dujovne

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/05/2019 N° 29302/19 v. 02/05/2019

Fecha de publicación 02/05/2019