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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

Disposición 261/2019

DI-2019-261-APN-CNRT#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 29/04/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-48743502-APN-MESYA#CNRT, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución CNRT N° 659/97, se resolvió que este Organismo ejerza las funciones conducentes a la habilitación del personal de conducción de vehículos ferroviarios, que hasta entonces desarrollaba el Centro de Exámenes de Conducción de la empresa FERROCARRILES ARGENTINOS (e.l.), aprobando en su Anexo I los aranceles de los exámenes de los postulantes.

Que posteriormente la Resolución N° 759/14, modificada por la Resolución N° 249/16 y por la Disposición N° 654/17, todas de esta COMISIÓN NACIONAL, aprobaron el REGLAMENTO DE EXÁMENES PARA EL OTORGAMIENTO DEL CERTIFICADO DE IDONEIDAD PROFESIONAL Y HABILITACIÓN DEL PERSONAL DE CONDUCCIÓN FERROVIARIA, como así también los modelos de Comprobante de Examen y de Certificado de Idoneidad Profesional, y reemplazó el Anexo I de la aludida Resolución CNRT N° 659/97.

Que en otro orden, por la Resolución Nº 2560/00, modificada por las Resoluciones N° 3853/00, N° 249/16 y la Disposición N° 654/17, todas de esta Entidad, se aprobaron los importes a percibir en concepto de gastos administrativos, por los trámites enunciados en su Anexo I.

Que por otra parte, se dictó la Resolución CNRT N° 872/14, modificada por la mentada Disposición CNRT N° 654/17, que estableció los costos que debían abonar los transportistas por el Documento de Control Horario, implementada por la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE TRANSPORTE N° 239/98, como así también por la adquisición de los carteles para identificación exterior de los vehículos destinados al traslado de más de CINCO (5) personas, afectados a la prestación de Servicios de Oferta Libre, que fuera establecida por la Resolución CNRT N° 6015/07.

Que la normativa referida en el considerando anterior no contempló el arancel de los trámites que se derivan de la reposición del aludido Documento de Control de Horarios, ante el extravío.

Que además de incorporar el arancelamiento de esa tramitación, resulta conveniente adecuar la estructura arancelaria vigente a fin que guarde relación con el costo que le reporta a esta Entidad cumplir con las tareas asignadas por el plexo normativo antes reseñado, en lo que se refiere a recursos humanos, logística, estructura organizativa e insumos, generando una unidad de medida que equilibre en el tiempo las variables dinámicas que surgen de la relación del arancel y la tarifa del servicio de transporte que origina el trámite.

Que con esa finalidad, corresponde definir en esta instancia la UNIDAD FÍSICA AUTOMOTOR DE PASAJEROS y la UNIDAD FÍSICA FERROVIARIO, que servirán de base para determinar el valor de los aranceles vinculados con las normas antes señaladas.

Que por otra parte corresponde impulsar las medidas tendientes a fomentar la utilización de la plataforma de trámites a distancia (TAD), aprobado por el Decreto N° 1063/16, reduciendo los montos a percibir de los aranceles de los trámites que se realicen a través de la aludida plataforma, en tanto no se trate de aquellas gestiones que deban efectuarse en forma obligatoria conforme el artículo 1° de la Disposición CNRT N° DI-2019-94-APN-CNRT#MTR.

Que corresponde derogar la Resolución N° 872/14 y la Disposición N° 654/17, ambas de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Estatuto de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, aprobado por el Decreto N° 1388/96, modificado por su similar N° 1661/15, y el Decreto N° 911/17.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Deróguese la Resolución N° 872/14 y la Disposición N° 654/17, ambas de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el ANEXO I de la Resolución CNRT N° 2560/00 y sus modificatorios, por el Anexo I identificado como DI-2018-53466392-APN-GAYRH#CNRT, que forma parte integrante de la presente disposición.

ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese el ANEXO II de la Resolución N° 759/14 de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE y sus modificatorios, por el Anexo II identificado como DI-2018-53466251-APN-GAYRH#CNRT, que forma parte integrante de la presente disposición.

ARTÍCULO 4°: Créase la UNIDAD FÍSICA AUTOMOTOR DE PASAJEROS, la cual será equivalente al valor del boleto mínimo de transporte automotor de pasajeros de jurisdicción nacional, vigente al momento en que se emita la boleta de pago del arancel correspondiente al trámite.

ARTÍCULO 5°: Créase la UNIDAD FÍSICA FERROVIARIO, la cual será equivalente al valor promedio del boleto en efectivo, mínimo o único según la línea de los servicios públicos de transporte ferroviario de pasajeros de jurisdicción nacional, vigente al momento en que se emita la boleta de pago del arancel correspondiente al trámite, de acuerdo a la formula consignada en el Anexo III identificado como DI-2019-11235736-APN-GAYRH#CNRT, que forma parte integrante de la presente disposición.

ARTÍCULO 6°.- Establécese que los trámites generados voluntariamente mediante la plataforma Trámites a Distancia (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), abonarán un arancel cuyo monto será el equivalente al que resulte de reducir en un DIEZ POR CIENTO (10 %) a los establecidos en los Anexos I y II de la presente disposición, en tanto no se trate de aquellos incluidos en el artículo 1° de la Disposición CNRT N° DI-2019-94-APN-CNRT#MTR, que deben obligatoriamente tramitarse mediante esa plataforma.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Pablo Castano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/05/2019 N° 29244/19 v. 02/05/2019

Fecha de publicación 02/05/2019