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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD

Resolución 115/2019

RESOL-2019-115-APN-SECCYC#MECCYT

Ciudad de Buenos Aires, 30/04/2019

VISTO el EX-2019-10779340-APN-CGD#MECCYT, la RESOL-2019-437-APN-SGC#MECCYT y,

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución citada en el visto se aprobó la convocatoria para participar en la edición 2019 del MERCADO DE INDUSTRIAS CREATIVAS ARGENTINAS y su reglamento técnico de bases y condiciones (IF-2019-16548238-APN-DIRNEC#MECCYT).

Que, para el caso específico de la convocatoria a participar en los “Showcases” de música y artes escénicas, y en la línea de apoyo denominada “Movilidad MICA”, se determinó que la inscripción finalice el día 30 de abril del corriente año.

Que, en atención al volumen de consultas recibidas, y para garantizar la pluralidad, amplitud, y carácter federal del certamen, se considera apropiado extender el plazo mencionado, prorrogándolo hasta el día 7 de mayo del corriente año inclusive.

Que en virtud de lo establecido en el artículo 3° de la RESOL-2019-437-APN-SGC#MECCYT, la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD es la autoridad de aplicación e interpretación del reglamento técnico de convocatoria, y se encuentra facultada para dictar normas operativas y/o interpretativas vinculadas a su implementación.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS DE LA SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades previstas en el artículo 3° de la RESOL-2019-437-APN-SGC#MECCYT

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTURA Y CREATIVIDAD

RESUELVE

ARTÍCULO 1° - Prorróganse los plazos establecidos en el Anexo I, punto 3), de la RESOL-2019-437-APN-SGC#MECCYT, con relación a la convocatoria a “Showcases” de música y artes escénicas, y a la línea de apoyo denominada “Movilidad MICA”, estableciendo la inscripción finalizará, en ambos casos, el día 7 de mayo del corriente año.

ARTÍCULO 2° - Regístrese, comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación, y cumplido, archívese. Andrés Gribnicow

e. 06/05/2019 N° 30142/19 v. 06/05/2019

Fecha de publicación 06/05/2019