Edición del
30 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRANSPORTE - SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE - SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR

EDICTO

Conforme los términos del artículo 2° de la Resolución N° 180 de fecha 31 de octubre de 2018 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE y visto lo obrado en el Expediente N° EX-2019- 17183556-APN-SSTA#MTR, se comunica el siguiente servicio a cubrir, a los efectos de que los interesados se presenten dando cumplimiento a lo dispuesto por el Anexo I de la citada resolución, dentro del plazo de CUATRO (4) días hábiles contados a partir de la presente comunicación:

Servicio Público:

Origen: LABORDE (Provincia de CÓRDOBA).

Destino: CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Recorrido: Por las Rutas Provinciales Nros. 11, 4, 93 y 26 y las Rutas Nacionales Nros. 33 y 9, pasando por las localidades de MONTE MAÍZ, (de la Provincia de CÓRDOBA), CHAÑAR LADEADO, FIRMAT, CHABAS, CASILDA, FUNES, ROSARIO, ARROYO SECO, (todas ellas de la Provincia de SANTA FE), LA EMILIA y VILLA RAMALLO (todas ellas de la Provincia de BUENOS AIRES).

Los servicios a establecerse deberán atender el ingreso a las localidades de MONTE MAÍZ (de la Provincia de CÓRDOBA) y CASILDA (de la Provincia de SANTA FE). La falta de cobertura a estas localidades será causal de incumplimiento del permiso y será pasible de las sanciones que correspondan en los términos del Régimen de Penalidades vigente.

Frecuencia: SIETE (7) servicios semanales de ida y vuelta durante temporada de invierno y SIETE (7) servicios semanales de ida y vuelta durante temporada de verano.

Tráfico: Interjurisdiccional.

Asimismo, el parque móvil requerido que deberá ofrecerse para la prestación de los servicios será de TRES (3) unidades.

Las autorizaciones a otorgarse revestirán el carácter de precarias y provisorias, y en tal sentido, los operadores seleccionados no podrán exigir ni reclamar reparación o indemnización alguna por los gastos e inversiones que deban realizar para la correcta prestación de los servicios, en mérito a lo establecido en artículo 6° de la Resolución N° 180 de fecha 31 de octubre de 2018 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, y deberán dar cumplimiento con lo establecido en el Decreto N° 958/92, normas modificatorias, concordantes, complementarias y aclaratorias.

Los operadores interesados podrán presentar sus propuestas con toda la documentación requerida en sobre cerrado debiendo constituir y presentar en su propuesta, un seguro de caución en favor del MINISTERIO DE TRANSPORTE, considerando un valor de PESOS NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL ($ 972.000) por unidad, a los fines de asegurar que los operadores seleccionados presten los servicios en el plazo comprometido. Fecho lo cual, la garantía será devuelta al operador que así lo solicitare.

En caso de que el operador seleccionado no inicie los servicios en el plazo comprometido en los términos del punto c) del Anexo III de la Resolución N° 180/18 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, además de ejercer la opción de ejecutar la pertinente garantía de caución, se seleccionará al siguiente operador conforme el orden de mérito obtenido.

Para el caso de empate en la puntuación final, se estará a lo dispuesto en el apartados 2) del Anexo I de la Resolución N° 180/18 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE.

Asimismo, se hace saber que la Autoridad de Aplicación se reserva la potestad de solicitar la información que considere pertinente a los organismos públicos que correspondan.

Para la presente convocatoria no será necesaria la absorción de personal.

Las propuestas deberán presentarse hasta el día lunes 13 de mayo de 2019 a las 17.59 horas en la Mesa de Entradas de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, sita en la calle Maipú N° 255 piso 12, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. Posteriormente, a las 18.00 horas, en las oficinas de esta Subsecretaría se procederá a la apertura de los sobres con las propuestas.

El presente edicto se publicará por UN (1) día en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 3 de mayo de 2019.

Luis Vicente Molouny, Subsecretario.

e. 07/05/2019 N° 30524/19 v. 07/05/2019

Fecha de publicación 07/05/2019