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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN

Resolución 633/2019

RESOL-2019-633-APN-SGM#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 02/05/2019

VISTO: el Expediente EX-2017-33790241-APN-DDYMDE#MM del Registro del ex Ministerio de Modernización; la Ley N° 27.078; los Decretos N° 513 de fecha 14 de julio de 2017, N° 798 de fecha 21 de junio de 2016, 801 y 802 de fecha 5 de septiembre de 2018; las Resoluciones de la ex Secretaría de Comunicaciones N° 3609 de fecha 19 de febrero de 1999 y N° 244 de fecha 14 de diciembre de 2006; y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución de la ex Secretaría de Comunicaciones N° 3066/99 aprobó la Parte I del Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales, cuyo objeto es regular la provisión de facilidades satelitales de los satélites artificiales geoestacionarios, que operen en las bandas atribuidas al Servicio Fijo por Satélite (SFS) y de Radiodifusión por Satélite (SRS), acorde al cuadro de atribución de bandas de frecuencias y disposiciones asociadas del Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones.

Que la Resolución SC N° 244/06 registró el Acuerdo entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para la Provisión de Capacidad Espacial, e incorporó esa Resolución como Apéndice VI a la Parte I del Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales.

Que el artículo 6° del Acuerdo establece, en su punto 1, las bandas de frecuencias afectadas al Convenio y, en su punto 3, la posibilidad de las Autoridades de Aplicación de modificar las bandas de frecuencia indicadas en el ítem 1 por mutuo consentimiento.

Que la Agencia Nacional de Telecomunicaciones de la República Federativa de Brasil, en su carácter de Autoridad de Aplicación por esa parte, ha remitido los Oficios 498/2017/SEI/GPR-ANATEL y 181/2018/SEI/GPR-ANATEL a la República Argentina, proponiendo modificaciones en las bandas de frecuencia asignadas al Acuerdo mencionado.

Que el Secretario de Gobierno de Modernización, como Autoridad de Aplicación de la Parte I del Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales, procedió a suscribir la Nota consignada como IF-2018-65021277-APN-DGDA#JGM aceptando la modificación propuesta y notificando la misma a la República Federativa de Brasil.

Que el Decreto N° 13/15, se modificó la Ley de Ministerios N° 22.520 y se crearon el ex Ministerio de Comunicaciones y el ex Ministerio de Modernización.

Que por Decreto N° 513/17, se suprimió el ex Ministerio de Comunicaciones y se transfirieron sus facultades al ex Ministerio de Modernización.

Que por Decreto Nº 801 de fecha 5 de septiembre 2018 estableció que la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS “(…) es continuadora a todos sus efectos del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, debiendo considerarse modificada por tal denominación cada vez que se hace referencia a la cartera ministerial citada en segundo término”.

Que a su vez, El Decreto Nº 802 de fecha 5 de septiembre de 2018 creó en su Artículo 8° el cargo de Secretario de Gobierno de Modernización “(…) que actuará en carácter de Vicejefe de Gabinete para asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la definición de políticas de modernización transversales a la administración del Estado Nacional (…)”

Que entre los objetivos de dicho Secretario de Gobierno se encuentra el de “Entender en la elaboración y en la ejecución de la política en materia de telecomunicaciones.”

Que la Ley Argentina Digital Nº 27.078 y sus modificatorias establece en su Artículo 33 que corresponde al ESTADO NACIONAL, a través del ex MINISTERIO DE COMUNICACIONES, actualmente SECRETARIA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN, la administración, gestión y control de los recursos órbita-espectro correspondiente a las redes de satélite, de conformidad con los tratados internacionales suscriptos y ratificados por el ESTADO ARGENTINO.

Que el inciso d), artículo 2 del Decreto N° 798/16 establece que correspondía al entonces Ministerio de Comunicaciones, hoy Secretaría de Gobierno de Modernización, actualizar el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas del Espectro Radioeléctrico de forma de incrementar la disponibilidad de frecuencias para la prestación de servicios de comunicaciones móviles.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos N° 958 del 25 de octubre de 2018, N° 801 y 802 del 5 de septiembre de 2018, la Ley N° 27.078 y sus modificatorias; y el inciso d) del artículo 2 del Decreto N° 798/16.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Regístrese la modificación de las bandas de frecuencia del Acuerdo entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para la Provisión de Capacidad Espacial; aprobada por las Autoridades de Aplicación de ambos Estados, conforme el Anexo I (IF-2018-65021277-APN-DGDA#JGM) que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Incorpórese esta Resolución como Apéndice VI a la Parte I del Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales aprobado por la Resolución de la ex Secretaría de Comunicaciones N° 3609/99.

Artículo 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Andrés Horacio Ibarra

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/05/2019 N° 31092/19 v. 09/05/2019

Fecha de publicación 09/05/2019