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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARÍA DE MERCADO ELÉCTRICO

Disposición 32/2019

DI-2019-32-APN-SSME#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 09/05/2019

Visto el expediente S01:0316542/2016 y la disposición 20 del 25 de abril de 2019 de esta Subsecretaría de Mercado Eléctrico (DI-2019-20-APN-SSME#MHA), y

CONSIDERANDO:

Que por la disposición 20 del 25 de abril de 2019 de esta Subsecretaría de Mercado Eléctrico (DI-2019-20-APN-SSME#MHA), se autorizó el ingreso como agente generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) a la firma Eg Wind Sociedad Anónima para su Parque Eólico Diadema II, instalado en las cercanías de la localidad de Comodoro Rivadavia, provincia del Chubut, con una potencia nominal de veintisiete con seis décimas megavatios (27,6 MW), conectado al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de ciento treinta y dos kilovoltios (132 kV) de la Estación Transformadora Diadema, jurisdicción de Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal de la Patagonia Sociedad Anónima (TRANSPA S.A.), a través de instalaciones de las firmas Compañías Asociadas Petroleras Sociedad Anónima (CAPSA) e Hychico Sociedad Anónima.

Que se ha incurrido en un error material involuntario al denominar la razón social de la empresa cuyo ingreso al MEM se autoriza, en tanto debió haberse consignado a la misma E G Wind Sociedad Anónima (E G Wind S.A.), tanto en la redacción de los Considerandos, como en los artículos 1°, 2° y 3° de la citada disposición, por lo que corresponde rectificarlos.

Que esta medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 2017.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE MERCADO ELÉCTRICO

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Rectificar los Considerandos de la disposición 20 del 25 de abril de 2019 de esta Subsecretaría de Mercado Eléctrico (DI-2019-20-APN-SSME#MHA), en tanto donde se lee Eg Wind Sociedad Anónima debe leerse E G Wind Sociedad Anónima.

ARTÍCULO 2º.- Rectificar el artículo 1° de la citada disposición 20/2019, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 1º.- Autorizar el ingreso como agente generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) a la firma E G Wind Sociedad Anónima para su Parque Eólico Diadema II, instalado en las cercanías de la localidad de Comodoro Rivadavia, provincia del Chubut, con una potencia nominal de veintisiete con seis décimas megavatios (27,6 MW), conectado al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de ciento treinta y dos kilovoltios (132 kV) de la Estación Transformadora Diadema, jurisdicción de la Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal de la Patagonia Sociedad Anónima (TRANSPA S.A.), a través de las instalaciones de las firmas Compañías Asociadas Petroleras Sociedad Anónima (CAPSA) e Hychico Sociedad Anónima”.

ARTÍCULO 3º.- Rectificar el artículo 2° de la citada disposición 20/2019, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 2º.- Instruir a Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás Agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a E G Wind S.A., titular del Parque Eólico Diadema II, en su vínculo de interconexión con el SADI. A este efecto se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan”.

ARTÍCULO 4º.- Rectificar el artículo 3° de la citada disposición 20/2019, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 3º.- Notificar a E G Wind S.A., a CAMMESA, a TRANSPA S.A. y al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda”.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan Alberto Luchilo

e. 10/05/2019 N° 31983/19 v. 10/05/2019

Fecha de publicación 10/05/2019