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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

Resolución 109/2019

RESOL-2019-109-APN-INDEC#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 10/05/2019

VISTO el Expediente EX-2019-21433137-APN-DPYS#INDEC, y

CONSIDERANDO:

Que la Oficina Técnica dependiente de la Dirección General de Administración y Operaciones del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, administración desconcentrada en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, solicita el servicio de limpieza general y mantenimiento sanitario para las sedes del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, sitas en la Avenida Julio Argentino Roca N° 609 y en las calles Rivadavia N° 733, Azopardo N° 451/455 y Valentín Gómez N° 2.960, todos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como del módulo sanitario ubicado en el ámbito de dicha ciudad, y el servicio de limpieza general para la Sede Regional NOA sita en General Güemes Nº 1717 PB (A4400) Ciudad de Salta, Provincia de SALTA, la Sede Regional NEA sita en 3 de abril Nº 998 (3400) Ciudad de Corrientes, Provincia de CORRIENTES y la Sede Regional Patagonia sita en Moreno Nº 1115 Piso 1º (8400) Ciudad de Bariloche, Provincia de RÍO NEGRO, por el t érmino de DOCE (12) meses, conforme surge del ME-2019-36626841-APN-DGAYO#INDEC con Nro. de Orden 3.

Que la presente resulta necesaria a fin de contar con un ámbito laboral adecuado que permita desarrollar las actividades diarias del personal que se desempeña en las sedes del Instituto, tanto en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como en las distintas Sedes Regionales operativas.

Que mediante IF-2019-36617592-APN-DGAYO#INDEC con Nro. de Orden 4, obra el respectivo formulario de requerimiento.

Que mediante IF-2019-38385538-APN-DPYCP#INDEC con Nro. de Orden 9, la Dirección de Programación y Control Presupuestario, informa que se cuenta con crédito necesario para hacer frente a la erogación resultante de la solicitud de contratación N° 27-23-SCO19 emitida por el sistema COMPR.AR obrante en IF-2019-38370999-APN-DPYCP#INDEC con Nro. de Orden 8.

Que se ha procedido a elaborar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regirá la presente contratación, obrante en PLIEG-2019-39683935-APN-DPYS#INDEC con Nro. de Orden 21.

Que la presente se hará efectiva mediante Licitación Pública de Etapa Única Nacional, sin modalidad, prevista en los Artículos 24 y 25, inciso a), en los incisos a) y b) del Artículo 11 del Decreto Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y lo establecido en el Artículo 13 y en el inciso c) del Artículo 27 del Anexo al Decreto Nº 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios, y en lo establecido en el Artículo 15 del Anexo al Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, reglamentario de la Ley Nº 24.156, en cuanto a la factibilidad de comprometer ejercicios futuros.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente acto se dicta de conformidad con las facultades otorgadas por los incisos a) y b) del Artículo 9º del Anexo al Decreto Nº 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios, el Artículo 35 del Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, el Artículo 28 del Decreto N° 3.110 de fecha 30 de diciembre de 1970 y el Decreto N° 181 de fecha 21 de diciembre de 2015.

Por ello,

EL DIRECTOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares obrante en PLIEG-2019-39683935-APN-DPYS#INDEC, de acuerdo a lo establecido en el Inciso b) del Artículo 11 del Decreto N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001.

ARTÍCULO 2º.- Llámase a Licitación Pública de Etapa Única Nacional, sin modalidad, Nº 1/2019, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 24 y 25, inciso a), Artículo 11, inciso a) del Decreto Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y en el Artículo 13 y en el inciso c) del Artículo 27 del Anexo al Decreto Nº 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios, a los fines de contratar el servicio de limpieza general y mantenimiento sanitario para las sedes del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 50 - Servicio Administrativo Financiero 321, para los ejercicios que correspondan y en lo establecido en el Artículo 15 del Anexo al Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, reglamentario de la Ley Nº 24.156, en cuanto a la factibilidad de comprometer ejercicios futuros.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Jorge Alberto Todesca

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 13/05/2019 N° 32335/19 v. 13/05/2019

Fecha de publicación 13/05/2019