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19 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES

EN VIRTUD DE LO RESUELTO POR EL DIRECTORIO DE LA CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES MEDIANTE LA RES. Nº 200/2019 Y ANEXOS I, SE HA PROCEDIDO A:

Art. 1º: Aprobar el “Reglamento de Faltas” que se adjunta como Anexo I a la presente, el cual entrara en vigencia a partir del 1/6/2019

Art. 2º: Ordenar la publicación del Reglamento de Faltas en el Boletín Oficial de los tres Estados Mandantes y en la página web del Mercado.

Art. 3º: Dejar sin efecto toda otra disposición previa referida a faltas, contravenciones, sus derivados y procedimientos, a partir de la entrada en vigencia del Reglamento de Faltas.

Art. 4º: Notifíquese a los concesionarios y permisionarios con transcripción del Artículo 14° y 15° del Estatuto de la Corporación del Mercado Central de Buenos Aires.

Art. 5º: Dese al Registro de Resoluciones, comuníquese y pase a sus efectos a las Áreas Pertinentes. Cumplido, archívese.

Reglamento de Faltas: http://mercadocentral.gob.ar/paginas/reglamento-de-faltas

e. 10/05/2019 N° 31834/19 v. 14/05/2019

Fecha de publicación 14/05/2019