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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


CÁMARA FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL TRIBUNAL DE SUPERINTENDENCIA

Resolución 139/2019

Buenos Aires, 13/05/2019

VISTO:

La aceptación de la renuncia definitiva de. la Licenciada en Bibliotecología y Documentación, señora María Belén Lopez Iribarren, en el cargo de Prosecretario Administrativo (Bibliotecario) en virtud de haber obtenido el beneficio jubilatorio previsto en la ley 24.018, y la necesidad de cubrir la vacante efectiva generada para proveer al adecuado funcionamiento de la Biblioteca de esta Excma. Cámara,

Y CONSIDERANDO:

Lo dispuesto en los arts. 1°, 35 y 37 del Reglamento de las Bibliotecas del Poder Judicial de la Nación (sancionado en la Acordada N°: 40/1980 de la C.S.J.N) y en la providencia del Director de Bibliotecas del Poder Judicial de la Nación, dictada en el expediente N°: 685/81, el 4 de agosto de 1981;

Que, en la Resolución N°: 770/81 de la C.S.J.N, dictada en el expediente N°: 685/81, que estableció la creación del cargo de bibliotecario en aquellas Cámaras Nacionales de Apelaciones que no lo poseían, se dispuso en su art. 2° que los aspirantes a cubrir dichos cargos deberían contar con el título de bibliotecarios;

Que, en el punto 7° del Acta N° 1/89 de esta Excma. Cámara se resolvió llamar a concurso público de antecedentes para cubrir el cargo de Bibliotecario con jerarquía escalafonaria de Prosecretario Administrativo, estableciéndose entre otros requisitos el de poseer título habilitante ; y

Que, con fecha 30 de abril del corriente año, fue recibido en la Secretaría General de esta Excma. Cámara un oficio de la Directora General de Bibliotecas de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, señora María Beatriz Sampedro, adjuntando la normativa vigente relativa a los requerimientos necesarios para cubrir el cargo de bibliotecario;

Por ello,

EL TRIBUNAL DE SUPERINTENDENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Art. 1°: Llamar a concurso público de antecedentes para cubrir el cargo de Bibliotecario con jerarquía escalafonaria de Prosecretario Administrativo.

Art. 2°: La selección de los postulantes será realizada por los integrantes de este Tribunal, designándose como secretaria del concurso a la Sra. Prosecretaria General de la Excma. Cámara, Dra. Silvina María Borghi.

Art. 3°: Fijar el plazo para la inscripción de los interesados en concursar en treinta (30) días hábiles a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la República Argentina. Las presentaciones deberán hacerse en forma personal en la Prosecretaría General de la Excma. Cámara, sita en la calle Lavalle 1268, 8° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 9.00 hs. a 13.00 hs., debiendo los postulantes acompañar al momento de efectuar la inscripción el documento nacional de identidad en original y copia.

La inscripción deberá ser acompañada de los antecedentes curriculares debidamente certificados. Una vez realizada, no se podrá incorporar posteriormente al vencimiento de la fecha de inscripción otra documentación.

Los postulantes deberán constituir domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y fijar una dirección de correo electrónico.

Art. 4º: Para presentarse al concurso, serán requisitos obligatorios:

a) Tener título de Bibliotecario debidamente certificado por la entidad habilitante;

b) Acreditar práctica profesional como bibliotecario en materia jurídica. A tal efecto, los postulantes deberán presentar constancias originales emitidas por el empleador público o privado en las que se detallen períodos, cargos, funciones, tareas laborales específicas que se han cumplido y fecha de designación. En todos los supuestos en que se hubieren desarrollado la actividad profesional en el ámbito privado o en forma independiente, se deberá acreditar la experiencia profesional por cualquier medio documental fehaciente, lo cual importa una carga exclusiva del postulante. Las constancias deberán consignar además si se registran sanciones disciplinarias durante los últimos cinco (5) años hasta la fecha de inscripción.

No podrán postularse quienes hubieran sido excluidos de procesos de selección para ocupar cargos públicos por conductas contrarias a la buena fe o a la ética; ni aquellos que registren, en su caso, sanciones ante los tribunales donde hubieran ejercido durante los cinco años anteriores a la fecha de inscripción.

Tampoco podrán participar del proceso de selección, quienes a la fecha de cierre del período de inscripción, no reúnan la totalidad de los requisitos exigidos en la convocatoria. A tal fin rigen los impedimentos previstos en el artículo 12 del Reglamento para la Justicia Nacional.

Todos los datos suministrados por los postulantes al inscribirse, así como el contenido de la documentación que los acredite, tienen carácter de declaración jurada.

Art. 5°: Protocolícese y publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del Centro de Información Judicial (C.I.J). Hágase saber la presente convocatoria a las autoridades de la Dirección General de Bibliotecas de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a las de la carrera de Bibliotecología y Ciencias de la Comunicación de la Universidad de Buenos Aires y a las autoridades de la Escuela Nacional de Bibliotecarios de la Biblioteca Nacional. Herrero - Perez Tognola - Fasciolo

e. 15/05/2019 N° 33120/19 v. 15/05/2019

Fecha de publicación 15/05/2019