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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 181/2019

DI-2019-181-APN-ANSV#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 10/05/2019

VISTO: El Expediente Nº EX-2018-27535954-APN-DGA#ANSV del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN, las Leyes Nº 24.449, Nº 26.363, sus normas reglamentarias, y las Disposiciones A.N.S.V. N° 380 del 24 del Agosto del 2012, A.N.S.V. N° 168 del 23 de Abril de 2013, A.N.S.V. N° 555 del 4 de Octubre de 2013, A.N.S.V. N° 520 del 8 de Septiembre de 2014, A.N.S.V. N° 121 del 22 de Abril de 2016, A.N.S.V. N° 249 del 05 de Julio de 2016, A.N.S.V. N° 435 del 27 de Septiembre de 2016 , A.N.S.V. N° del 109 del 23 de Abril del 2018, y

CONSIDERANDO:

Que, por Disposición A.N.S.V. Nº 380/2012 se creó en el ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL el REGISTRO DE ENTIDADES PRESTADORAS DE CAPACITACIÓN EN MATERIA DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL, cuya función es llevar un registro actualizado de las instituciones, entes y entidades, academias, asociaciones, públicas y/o privadas, que efectúen y presten servicios de capacitación en materia de tránsito y seguridad vial, como también llevar el registro de capacitadores, docentes, planes de estudio, cursos que en materia se dicten y de los ciudadanos que realicen y aprueben los mismos, para su conocimiento, en los modos en que se reglamenten, de las jurisdicciones competentes, ciudadanos, usuarios y órganos de juzgamiento.

Que, mediante el artículo 3° de la mencionada Disposición se estableció que la inscripción en el Registro creado, habilita a las entidades registradas, a presentar cursos y programas de estudio ante la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL para su eventual aprobación y registro en el Registro de Establecimientos Prestadores de Capacitación en materia de Tránsito y Seguridad Vial.

Que, por Disposición A.N.S.V. N° 168/2013 se modificó la denominación del REGISTRO PRESTADORES DE CAPACITACIÓN EN MATERIA DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL, el que pasó a denominarse REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES EN EDUCACIÓN VIAL.

Que, por Disposición A.N.S.V. N° 555/2013 se aprobó el procedimiento de presentación, aprobación e inscripción de cursos y/o programas de estudios de capacitación en materia de seguridad vial, ante el REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES EN EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN VIAL, de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, tendiente a que las entidades inscriptas en dicho registro, eleven sus cursos para su eventual aprobación y registro en el marco de la Disposición A.N.S.V. N° 380/2012.

Que, por Disposición A.N.S.V. N° 520/2014 (t.o. según Disposiciones A.N.S.V. N° 168/2013 y A.N.S.V. N° 555/2013) se modificó el artículo 2° del Anexo 1 de la Disposición A.N.S.V. N° 380/2012.

Que, por Disposición A.N.S.V. N° 121/2016 se transfirió el REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES EN EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN VIAL, del ámbito de la DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRÁNSITO a la órbita del CENTRO DE FORMACIÓN EN POLÍTICAS Y GESTIÓN DE LA SEGURIDAD VIAL.

Que, en igual sentido, mediante el artículo 2° de la mentada Disposición, se transfirió al ámbito del CENTRO DE FORMACIÓN EN POLÍTICAS Y GESTIÓN DE LA SEGURIDAD VIAL dependiente de la DIRECCIÓN EJECUTIVA de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL todas las facultades y obligaciones previstas en los artículos 4°, 5°, 6° y 7° de la Disposición A.N.S.V. N° 380/2012.

Que, mediante Disposición A.N.S.V. N° 249/2016 y A.N.S.V. N° 109/2018 se incorporó y registró a la Persona Humana Horacio Adriano ASTUDILLO con la denominación TECNICAR.NET en el REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES EN EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN VIAL, conforme a lo regulado mediante la Disposición A.N.S.V. N° 380/2012 y modificatorias, a los fines de habilitarla a presentar cursos y programas de estudio ante la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, para su eventual aprobación y registro.

Que, por Disposición A.N.S.V. N° 435/2016 se aprobó y registró en el REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES EN EDUCACIÓN VIAL Y CAPACITACIÓN VIAL el curso denominado “CURSO DE MANEJO DEFENSIVO INTEGRADO CON HIGIENE Y SEGURIDAD – CATEGORÍA PROFESIONAL – MÁQUINARIA ESPECIAL NO AGRÍCOLA”, en el marco de lo previsto por la Disposición A.N.S.V. N° 380/2012, Anexo I de la Disposición A.N.S.V. N° 555/13 y modificatorias.

Que, en el presente marco, TECNICAR.NET ha solicitado oportunamente a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL renovar la inscripción en el aludido registro del “CURSO DE MANEJO DEFENSIVO INTEGRADO CON HIGIENE Y SEGURIDAD – CATEGORÍA PROFESIONAL - MAQUINARIA ESPECIAL NO AGRÍCOLA - AUTOELEVADOR”, presentando a tal efecto la documentación requerida en la legislación vigente.

Que, atento a ello, el CENTRO DE FORMACIÓN EN POLÍTICAS Y GESTIÓN DE LA SEGURIDAD VIAL dependiente de la DIRECCIÓN EJECUTIVA de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, acreditó el cumplimiento de los recaudos exigidos en el procedimiento de renovación de inscripción, regulado por el Anexo I de la Disposición A.N.S.V. Nº 555/2013 y modificatorias, sugiriendo consecuentemente la renovación de la inscripción conforme lo requerido por la entidad solicitante.

Que, en consecuencia, corresponde dictar el presente acto administrativo aprobando y registrando la renovación de inscripción y registrando en el REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES EN EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN VIAL, el curso denominado “CURSO DE MANEJO DEFENSIVO INTEGRADO CON HIGIENE Y SEGURIDAD – CATEGORÍA PROFESIONAL - MAQUINARIA ESPECIAL NO AGRÍCOLA -AUTOELEVADOR”, presentado por TECNICAR.NET.

Que, el CENTRO DE FORMACIÓN EN POLÍTICAS Y GESTIÓN DE LA SEGURIDAD VIAL y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL han tomado la intervención que le compete.

Que, la presente se dicta en conformidad con las competencias expresamente atribuidas por el artículo 7º inciso b) de la Ley Nº 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Renuévese la inscripción del curso denominado “CURSO DE MANEJO DEFENSIVO INTEGRADO CON HIGIENE Y SEGURIDAD – CATEGORÍA PROFESIONAL – MAQUINARIA ESPECIAL NO AGRÍCOLA - AUTOELEVADOR”, presentado por TECNICAR.NET, conforme lo regulado mediante Disposición A.N.S.V. Nº 380/2012, ANEXO I de la Disposición A.N.S.V. N° 555/2013 y modificatorias.

ARTICULO 2º.- La aprobación y registración otorgada mediante el artículo 1º de la presente medida, tendrá una vigencia de UN (1) año, a partir de su publicación en el Boletín Oficial, debiendo su titular interesado, iniciar con una antelación mínima de TREINTA (30) días hábiles administrativos previo a su vencimiento, el trámite de renovación de inscripción conforme al procedimiento vigente.

ARTICULO 3º.- La vigencia indicada en el artículo 2º de la presente medida, quedará supeditada al cumplimiento por parte de TECNICAR.NET, de lo regulado por la Disposición A.N.S.V. Nº 380/2012 y modificatorias, encontrándose facultado el CENTRO DE FORMACIÓN EN POLÍTICAS Y GESTIÓN DE LA SEGURIDAD VIAL, a implementar auditorías periódicas o permanentes tendientes a corroborar el cumplimiento de los recaudos exigidos en la normativa vigente, y sugerir la baja del registro cuando corresponda ante incumplimientos acreditados.

ARTICULO 4º.- Instrúyase al CENTRO DE FORMACIÓN EN POLÍTICAS Y GESTIÓN DE LA SEGURIDAD VIAL a incorporar al sistema informático, asignar número de registro y notificar aprobación de la renovación del curso denominado “CURSO DE MANEJO DEFENSIVO INTEGRADO CON HIGIENE Y SEGURIDAD – CATEGORÍA PROFESIONAL – MAQUINARIA ESPECIAL NO AGRÍCOLA - AUTOELEVADOR”, a favor de la Persona Humana Horacio Adriano ASTUDILLO con la denominación TECNICAR.NET.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, cumplido, archívese. Carlos Alberto Perez

e. 15/05/2019 N° 33113/19 v. 15/05/2019

Fecha de publicación 15/05/2019