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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

Resolución 808/2018

RESOL-2018-808-APN-MI

Ciudad de Buenos Aires, 11/12/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-43887722- -APN-ORSEP#MI del registro del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA de este Ministerio, las Leyes Nros. 22.460 y sus modificatorias y 18.875 y sus modificatorias, y el Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 10 de la Ley de Servicios de Consultoría N° 22.460 y sus modificatorias establece que se podrá contratar con firmas o consultores extranjeros únicamente en los casos y en las condiciones previstas por el régimen de la Ley N° 18.875 y sus modificatorias.

Que, a su vez, el artículo 16 de la citada Ley N° 18.875 y sus modificatorias dispone que se podrá contratar con firmas o profesionales extranjeros únicamente en casos excepcionales, aprobados previamente por resolución del Ministerio competente, que sólo podrá fundarse en la falta de capacidad técnica local en el asunto del servicio o de la consulta, e imposible de suplir por vía de subcontratación, debiendo darse a publicidad el dictamen técnico correspondiente.

Que el ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA de este Ministerio, ha expresado la necesidad de contratar un servicio de consultoría a fines de realizar un Análisis de Riesgo sobre las presas Río Hondo situada en la provincia de Santiago del Estero y Escaba y Batiruana situadas en la provincia de Tucumán, y en el Dictamen Técnico agregado como IF-2018-42829871-APN-CT#ORSEP expuso la necesidad de extender el procedimiento de selección a firmas o profesionales extranjeros, ya que debido a la complejidad y especificidad técnica, no existen proveedores en el ámbito nacional que puedan realizar el análisis de riesgo con las características que permitan satisfacer adecuadamente el objeto y los fines del servicio de consultoría a ser contratado.

Que asimismo, en el dictamen citado en el considerando precedente, el ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP) ha hecho énfasis en que resulta imperante la necesidad de realizar el Análisis de Riesgo descripto para mejorar las prácticas regulatorias, realizando un diagnóstico global, evaluar el impacto y la eficiencia de posibles medidas de reducción de riesgos e incluso comparar de forma homogénea la eficacia y eficiencia de medidas de reducción de riesgos en diferentes presas, como así también generar capacidad técnica local a través de capacitaciones para realizar análisis de riesgos sobre otras presas y sistemas.

Que en el Anexo III del Decreto N° 174/18 y sus modificatorios se establece al ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP) como organismo descentralizado en la órbita de este Ministerio y, a su vez, dispone en su Anexo II entre los objetivos de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA de este Ministerio la de supervisar, coordinar y ejercer el contralor del accionar del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP).

Que con fecha 6 de septiembre de 2018 se publicó el Dictamen Técnico agregado como IF-2018-42829871-APN-CT#ORSEP en el Boletín Oficial de la República Argentina, conforme a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Nº 18.875 y sus modificatorias, siendo en consecuencia necesario aprobar, con carácter excepcional, la procedencia de la contratación de firmas o profesionales extranjeros a los fines de que presten el servicio de Análisis de Riesgo sobre las presas Río Hondo situada en la provincia de Santiago del Estero y Escaba y Batiruana situadas en la provincia de Tucumán, atento a existir la circunstancia prevista en la normativa que resulta aplicable que habilita a proceder de esta manera .

Que la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 10 de la Ley de Servicios de Consultoría N° 22.460 y sus modificatorias y por el artículo 16 de la Ley Nº 18.875. y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase, con carácter excepcional, la procedencia de la contratación por parte del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, de firmas o profesionales extranjeros a los fines de que presten el servicio de Análisis de Riesgo sobre las presas Río Hondo situada en la provincia de Santiago del Estero y Escaba y Batiruana situadas en la provincia de Tucumán, en el marco de lo previsto en artículo 10 de la Ley de Servicios de Consultoría N° 22.460 y sus modificatorias y en el artículo 16 de la Ley Nº 18.875. y sus modificatorias.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Rogelio Frigerio

e. 20/05/2019 N° 34257/19 v. 20/05/2019

Fecha de publicación 20/05/2019