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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

Disposición 65/2019

DI-2019-65-APN-SSERYEE#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 20/05/2019

Visto el expediente EX-2018-28098790-APN-DGDO#MEN, los decretos 1119 del 6 de octubre de 1999 y 1968 del 21 de septiembre de 2015 y la resolución 1 del 11 de enero de 2019 de la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el decreto 1119 del 6 de octubre de 1999 se aprobó el modelo de Convenio de Préstamo para la realización del Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales (PERMER), que resultó financiado parcialmente con los recursos del préstamo otorgado por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), cuya ejecución estuvo a cargo de la ex Secretaría de Energía del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

Que a través del decreto 1968 del 21 de septiembre de 2015, se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF entre la República Argentina y el BIRF, por un monto de hasta doscientos millones de dólares estadounidenses (USD 200.000.000), destinado a financiar parcialmente el Proyecto de Energías Renovables para Zonas Rurales de Argentina (PERMER).

Que a través del Contrato de Préstamo 8484-AR del 9 de octubre de 2015 suscripto entre la República Argentina y el BIRF, se acordó que ambas partes de forma concurrente financiarían el Proyecto de Energías Renovables para Zonas Rurales II (PERMER II).

Que el PERMER II se rige por las normas de Adquisiciones de Bienes, Obras y Servicios distintos a los de consultoría con préstamos del BIRF, créditos de la AIF y donaciones por prestatario del Banco Mundial (versión 2011, actualizada 2014).

Que a través del Sistema de Seguimiento de Adquisiciones (STEP), con el código AR-SE-63713-GO-RFB, se obtuvo la autorización del Banco Mundial para la contratación a través del proceso de Licitación Pública Nacional, para la adquisición de 1400 boyeros solares para varias provincias (IF-2018-43245462-APN-DNPER#MEN).

Que la unidad técnica del PERMER informó que el pedido original autorizado de sistemas de boyeros solares se modificó y que el número total de sistemas a financiar es de 1315 (IF-2018-61417838-APN-DNPER#MHA).

Que mediante la disposición 18 del 25 de enero de 2019 de la Subsecretaría de Energías Renovables y Eficiencia Energética (DI-2019-18-APN-SSERYEE#MHA) se autorizó el llamado a la Licitación Pública Nacional 1/2019, correspondiente a la adquisición de mil trescientos quince 1315 boyeros solares para varias provincias, por la suma estimada de novecientos cincuenta mil dólares estadounidenses (USD 950.000) y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones (IF-2019-03812003-APN-DNPER#MHA) que como anexo integra la citada disposición.

Que el 31 de enero de 2019 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina el aviso al llamado a la Licitación Pública Nacional 1/2019 (IF-2019-12218510-APN-DGPEYPPP#MHA).

Que el 7 de marzo de 2019 fue creado el comité evaluador de ofertas (NO-2019-13652681-APN-DNPER#MHA).

Que el 12 de marzo de 2019 se realizó la apertura de tres (3) ofertas pertenecientes a las siguientes firmas: Fábrica de Implementos Agrícola Sociedad Anónima Industrial, Comercial y Financiera (FIASA); PLYRAP Sociedad Anónima y CORADIR Sociedad Anónima (IF-2019-15827553-APN-DGPEYPPP#MHA).

Que el Comité de Evaluación de Ofertas designado emitió el Informe de Evaluación y Propuesta de adjudicación por el lote único de mil trescientos quince (1315) boyeros solares a favor de la firma FIASA por la suma de dólares estadounidenses setecientos ochenta y nueve mil quinientos ochenta con cuarenta y nueve centavos (USD 789.580,49), por ser su oferta formalmente admisible y la de precio más bajo, ajustada a las especificaciones requeridas en los Documentos de Licitación.

Que el monto total a erogar por la mencionada contratación asciende a la suma de dólares estadounidenses setecientos ochenta y nueve mil quinientos ochenta con cuarenta y nueve centavos (USD 789.580,49), según surge del Cuadro 18 “Adjudicación Propuesta del Contrato” del Informe de Evaluación de Ofertas y Recomendación para la Adjudicación (IF-2019-20541917-APN-DGPEYPPP#MHA).

Que el pliego prevé que los pagos se realizarán en la moneda de curso legal en la República Argentina y que los precios del contrato serán convertidos conforme al tipo de cambio vendedor según la cotización oficial del Banco de la Nación Argentina vigente al día anterior a la emisión del certificado de pago.

Que la Dirección de Presupuesto dependiente de la Dirección General de Administración y Finanzas de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención de su competencia.

Que por el inciso j del artículo 1° de la resolución 1 del 11 de enero de 2019 de la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda se delegó en esta subsecretaría la función de dictar los actos necesarios para la ejecución del PERMER implementado a través del decreto 1119/1999 y sus normas reglamentarias y complementarias.

Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el inciso j del artículo 1° de la resolución 1/2019.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE ENERGÍAS RENOVABLES Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento correspondiente a la Licitación Pública Nacional 1/2019 para la adquisición de 1315 boyeros solares para varias provincias, en el marco del Proyecto de Energías Renovables para Zonas Rurales de Argentina (PERMER).

ARTÍCULO 2º.- Adjudicar el lote único a favor de la firma Fábrica de Implementos Agrícola Sociedad Anónima, Industrial, Comercial y Financiera (FIASA) (CUIT N°30-50443754-6) por la suma de setecientos ochenta y nueve mil quinientos ochenta con cuarenta y nueve centavos de dólares estadounidenses (USD 789.580,49).

ARTÍCULO 3°.- Imputar el gasto que demande la presente medida a la Partida 5.2.6, Programa 74, Actividad 43, Fuente de Financiamiento 22, SAF 328, Jurisdicción 50-2.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Sebastián Alejandro Kind

e. 21/05/2019 N° 35105/19 v. 21/05/2019

Fecha de publicación 21/05/2019