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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 177/2019

RESOL-2019-177-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 17/05/2019

VISTO la Ley Nacional de la actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98; la Norma AR 10.1.1: “Norma Básica de Seguridad Radiológica”, Revisión 3; el Procedimiento G-CLASE II y III-03: “Gestión de Licencias de Operación para Instalaciones Radiactivas Clase II”, Revisión 4; lo actuado en el Expediente N° 01267-07, Actuación N° 4 correspondiente al año 2018, lo propuesto por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS – SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES MÉDICAS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda Persona Física o Jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c), establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios del material radiactivo.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) ha solicitado a esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) la renovación de la Licencia de Operación de la instalación Clase II LABORATORIO DE ESPECTROMETRÍA MÖSSBAUER para el propósito “8.8.1 INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA”, ubicado en el Centro Atómico Constituyentes.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y la SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES MÉDICAS recomiendan dar curso favorable al trámite de solicitud de renovación de la Licencia de Operación que integra el Acta N° 401 de dicha Subgerencia, por cuanto se ha verificado que la instalación correspondiente y el personal mínimo del LABORATORIO DE ESPECTROMETRÍA MÖSSBAUER de la CNEA se ajusta a los requerimientos de la normativa de aplicación.

Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios del material radiactivo el pago anual de la Tasa Regulatoria.

Que mediante la Resolución del Directorio de la ARN N° 76/08 se aprobó el Régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección que se aplica a las Personas Físicas o Jurídicas que soliciten el otorgamiento o sean Titulares de Licencias, Autorización de Operación, Autorizaciones Específicas y Permisos Individuales, entre otros.

Que conforme lo informado por la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS, SUBGERENCIA GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA, la CNEA registra deuda en concepto de pago de Tasa Regulatoria.

Que el otorgamiento de un Registro a un Usuario de Material Radiactivo que no ha dado cumplimiento al pago de la Tasa Regulatoria exigido por el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, conlleva una excepción a lo dispuesto en la citada normativa.

Que, mediante Nota REF.: 470.000-57/18, el Presidente de la CNEA informó que se encuentra demorado el pago de la Factura N° 0001-00048048 emitida el 12 de marzo de 2018. En ese sentido, solicitó contemplar, en carácter de excepción, la prosecución del trámite de renovación de la Licencia de Operación de la Instalación LABORATORIO DE ESPECTROMETRÍA MÖSSBAUER a pesar del retraso en el pago de la Tasa Regulatoria, indicando que se están llevando a cabo las gestiones correspondientes a efectos de subsanar la citada demora.

Que el LABORATORIO DE ESPECTROMETRÍA MÖSSBAUER efectúa estudios de propiedades hiperfinas en compuestos sólidos de hierro, enfocados en el área nuclear, dispositivos magnéticos, medioambiente y medicina, realizando además, servicios a la industria.

Que resulta de interés público que el servicio que brinda la CNEA, a través del mencionado laboratorio, no sea interrumpido dada la importancia de las prestaciones realizadas en el país, permitiendo la continuidad del trámite y que el pago de la tasa regulatoria sea efectuado con posterioridad a la emisión de la Licencia de Operación solicitada.

Que las GERENCIAS ASUNTOS JURÍDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en los Artículos 16 inciso c) y 22 inciso a) de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 16 de mayo de 2019 (Acta N° 16),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Otorgar, con carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, la renovación de la Licencia de Operación a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA – LABORATORIO DE ESPECTROMETRÍA MÖSSBAUER, para el propósito “8.8.1 INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA”.

ARTICULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y al solicitante de la Licencia de Operación a través de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese. Nestor Alejandro Masriera

e. 22/05/2019 N° 35194/19 v. 22/05/2019

Fecha de publicación 22/05/2019