SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO
Resolución 109/2019
RESOL-2019-109-APN-SEGEMAR#MPYT
Barrio Parque General San Martín, Buenos Aires, 17/05/2019
VISTO el EX-2019-41821979- -APN-SEGEMAR#MPYT, las Leyes Nros. 25.164 y 27.467, los Decretos Nros. 660 de fecha 24 de junio de 1996, 1663 de fecha 27 de diciembre de 1996, 146 de fecha 30 de enero de 1998, 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 515 de fecha 28 de marzo de 2016 y 1035 de fecha 8 de noviembre de 2018 y la Decisión Administrativa Nº 1662 de fecha 5 de octubre de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 660 de fecha 24 de junio de 1996 se creó el SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO, organismo descentralizado actuante en la órbita de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
Que mediante el Decreto N° 1663 de fecha 27 de diciembre de 1996 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa del citado Organismo.
Que por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.).
Que por la Decisión Administrativa Nº 1662 de fecha 5 de octubre de 2018 se designó transitoriamente al Licenciado en Ciencia Política D. Jonathan Luis PACIALEO (M.I. Nº 30.860.424) en el cargo de Director de Administración del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, actual MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, Nivel B Grado 0, autorizándose el pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.
Que por el Artículo 3° del Decreto 1035 de fecha 8 de noviembre de 2018, se faculta a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.
Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, razón por la cual corresponde prorrogar la designación transitoria aludida.
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados al SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO.
Que el citado agente se encuentra actualmente desempeñando el cargo detallado precedentemente.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO, aprobado por la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 a fin de atender el gasto resultante de la presente medida.
Que la Asesoría Legal del SEGEMAR ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 1663 de fecha 27 de diciembre de 1996, 515 de fecha 28 de marzo de 2016 y 1035 de fecha 8 de noviembre de 2018.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase a partir del 29 de mayo de 2019 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada por la Decisión Administrativa N° 1662 de fecha 5 de octubre de 2018 del Licenciado en Ciencia Política D. Jonathan Luis PACIALEO (M.I. Nº 30.860.424) en el cargo de Director de Administración del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, Nivel B Grado 0, autorizándose el pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido en el Titulo II, Capítulos III, IV y VIII; y en el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por el Decreto Nº 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, a partir del 29 de mayo de 2019.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 51 - SAF 624 – SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese en el plazo de CINCO (5) días a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de acuerdo a lo determinado en el Artículo 3º del Decreto 1035 de fecha 8 de noviembre de 2018.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Julio Argentino Rios Gomez
e. 23/05/2019 N° 35117/19 v. 23/05/2019
Fecha de publicación 23/05/2019