ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 4492/2019
RESOG-2019-4492-E-AFIP-AFIP - Procedimiento. Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal. Intercambio automático de información relativo a cuentas financieras. Resolución General N° 4.422. Norma modificatoria.
Ciudad de Buenos Aires, 22/05/2019
VISTO la Resolución General N° 4.056 y su modificatoria N° 4.422, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución General N° 4.056 estableció un régimen de información para las entidades financieras locales respecto de las cuentas y operaciones cuyos titulares sean sujetos no residentes, de acuerdo con los términos establecidos por las “Normas Comunes en Materia de Presentación de Información (CRS)” –por sus siglas en inglés- elaborado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Que con la modificación introducida a la citada norma mediante la Resolución General N° 4.422, se incorporaron al régimen de información, sujetos y cuentas que se encontraban excluidos, resultando de aplicación para la información a suministrarse respecto del año 2018 y siguientes.
Que con el objeto de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento en tiempo y forma de sus obligaciones fiscales, y atendiendo a la cantidad de datos que deben recabarse a los fines de dar observancia al régimen en cuestión, es aconsejable extender el año a partir del cual resulta aplicable el régimen por parte de los sujetos incorporados por la Resolución General N° 4.422, así como respecto de las denominadas cuentas sueldo.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Fiscalización.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 4° y 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios y la DI-2019-31-E-AFIP-AFIP del 07 de febrero de 2019.
Por ello,
LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN TÉCNICO INSTITUCIONAL A CARGO DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese en el Artículo 2° de la Resolución General N° 4.422, la expresión “…año 2018 y siguientes.” por la expresión “…año 2020 y siguientes.”
ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Maria Isabel Jimena de la Torre
e. 23/05/2019 N° 35857/19 v. 23/05/2019
Fecha de publicación 23/05/2019