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Legislación y Avisos Oficiales
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SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA

Decisión Administrativa 441/2019

DA-2019-441-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-33430574-APN-CGD#MC, el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, que homologa el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), las Decisiones Administrativas Nros. 609 del 1° de agosto de 2014 y 1145 del 18 de octubre de 2016, las Resoluciones de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº 5 del 3 de febrero de 2017, del entonces MINISTERIO DE CULTURA Nros. 828 del 10 de julio de 2017 y su modificatoria, 1127 del 31 de agosto de 2017 y su modificatoria y 77 de fecha 8 de febrero de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, distribuido por la Decisión Administrativa N° 12 del 10 de enero de 2019.

Que el Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, dispuso que el régimen de estabilidad comprende al personal que ingrese por los mecanismos de selección que se establezcan a cargos pertenecientes al régimen de carrera cuya financiación será prevista para cada Jurisdicción u organismos descentralizados en la Ley de Presupuesto.

Que mediante el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que por la Decisión Administrativa N° 1145/16, se autorizó como excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.198, la cobertura de TRES MIL CIEN (3100) cargos vacantes y financiados correspondientes al Ejercicio 2016 en el ámbito del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 5/17 se asignaron CIENTO CINCUENTA Y NUEVE (159) cargos vacantes y financiados autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1145/16 al entonces MINISTERIO DE CULTURA actual Secretaría de Gobierno de Cultura del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA en el ámbito del aludido Convenio Sectorial.

Que por Resolución del entonces MINISTERIO DE CULTURA N° 828/17 y su modificatoria, se designaron a los integrantes del Comité de Selección N° 1 para la cobertura de CIEN (100) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente conforme lo establecido por la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10.

Que por la Resolución del entonces MINISTERIO DE CULTURA N° 1127/17 y su modificatoria se aprobaron las Bases del Concurso para la cobertura de los referidos cargos y se llamó a concurso mediante Convocatoria Interna.

Que el Comité de Selección se expidió en virtud de su competencia, elevando el Orden de Mérito correspondiente a los cargos concursados.

Que por Resolución del entonces MINISTERIO DE CULTURA N° 77/18 se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección Nº 1 para la cobertura, entre otros, del cargo de Asistente Administrativo Nivel D del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que por el Acta Complementaria del Acta N° 14, el Comité de Selección recomendó la aplicación del artículo 24 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, respecto del señor CERIANI.

Que el señor CERIANI no acreditó la posesión del título de nivel educativo exigido para el cargo concursado, por lo que procede aplicar las previsiones del artículo 129 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, y en consecuencia el cargo en cuestión deberá integrar la planta transitoria de la Secretaría de Gobierno de Cultura del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

Que la Decisión Administrativa N° 609/14 dispuso, que las designaciones en dichos cargos de Planta No Permanente se mantendrán hasta que el personal involucrado ingrese al régimen de estabilidad, a partir del primer día del mes siguiente al que se hubiera certificado la obtención del título del nivel educativo secundario antes de los plazos previstos en el quinto o sexto párrafo del artículo 129 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), según corresponda.

Que por otra parte, la referida norma establece que dichas designaciones caducarán automáticamente para el supuesto que los causantes no hubiesen obtenido el título secundario dentro de los plazos previstos, no hubiesen requerido la prórroga del plazo para su obtención o requerida esta y vencido el término, no hubiesen logrado dicha titulación.

Que la designación en el aludido cargo no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la Secretaría de Gobierno de Cultura del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de los artículos 6° y 7° de la Ley N° 27.467.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, aprobada por la Decisión Administrativa N° 12/19 al solo efecto de transformar UN (1) cargo Nivel D de la Planta Permanente en un cargo Nivel D de la Planta No Permanente del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, correspondiente a la JURISDICCIÓN 70 – 02 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA- SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA, de acuerdo con el detalle obrante en la Planilla Anexa (IF-2019-48844701-APN-SGC#MECCYT) al presente artículo que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 2°.- Desígnase al agente Carlos Alberto CERIANI (D.N.I. N° 11.450.253) con carácter transitorio, en la Planta No Permanente en el cargo de Asistente Administrativo dependiente de la Secretaría de Cultura y Creatividad de la Secretaría de Gobierno de Cultura del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, Nivel D, Grado 1, Tramo General, Agrupamiento General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, en los términos de los artículos 129 del Anexo del Decreto mencionado y 14, 15 y 16 de la Decisión Administrativa N° 609/14 y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.467.

ARTÍCULO 3°.- La presente designación transitoria queda sujeta a que el señor Carlos Alberto CERIANI (D.N.I. N° 11.450.253) finalice sus estudios secundarios conforme el compromiso por él asumido al momento de su inscripción al presente proceso de selección de personal, de acuerdo a lo previsto por el artículo 129 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto del año en curso asignado a la JURISDICCIÓN 70 – 02 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA- SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Alejandro Finocchiaro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/05/2019 N° 37843/19 v. 29/05/2019

Fecha de publicación 29/05/2019