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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA

Resolución 27/2019

RESOL-2019-27-APN-SAYBI#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-19486351- -APN-DGDMA#MPYT del Registro de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° RESOL-2018-13-APN-SAYBI#MA de fecha 24 de abril de 2018 de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se creó la COMISIÓN NACIONAL ASESORA EN BIOMATERIALES (COBIOMAT) que funciona en el ámbito de la Dirección de Biotecnología de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que el Artículo 2º, inciso d) de la citada Resolución N° RESOL-2018-13-APN-SAYBI#MA establece que una de las funciones de la COBIOMAT es proponer al señor Secretario de Alimentos y Bioeconomía un proyecto de reglamento interno.

Que dicho reglamento fue tratado en la Primera reunión de la Comisión Nacional realizada el día 26 de marzo de 2019, y ha obtenido el acuerdo de la misma.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por el Decretos Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018, sus modificatorios y complementarios, y por la Resolución N° RESOL-2018-13-APN-SAYBI#MAde fecha 24 de abril de 2018 de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Reglamento Interno de la COMISIÓN NACIONAL ASESORA EN BIOMATERIALES (COBIOMAT), que como Anexo, registrado con el N° IF-2019-46180779-APN-DB#MPYT, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. William Andrew Murchison

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/05/2019 N° 37547/19 v. 29/05/2019

Fecha de publicación 29/05/2019