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Legislación y Avisos Oficiales
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SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA

Decisión Administrativa 446/2019

DA-2019-446-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-26820996-APN-CGD#MC, las Leyes N° 25.164 y N° 27.467, el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas N° 609 del 1° de agosto de 2014 y N° 1145 del 18 de octubre de 2016, las Resoluciones de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 5 del 3 de febrero de 2017 y del entonces MINISTERIO DE CULTURA N° 830 del 10 de julio de 2017, N°1122 del 31 de agosto de 2017, N°1184 del 11 de septiembre de 2017 y N° 103 del 21 de febrero de 2018, la Resolución Conjunta de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA y de la SECRETARÍA DE HACIENDA Nº 53 del 3 de octubre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 distribuido por la Decisión Administrativa N° 12 del 10 de enero de 2019.

Que el Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, dispuso que el régimen de estabilidad comprende al personal que ingrese por los mecanismos de selección que se establezcan a cargos pertenecientes al régimen de carrera cuya financiación será prevista para cada jurisdicción u organismos descentralizados en la Ley de Presupuesto.

Que por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que por la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias se aprobó el régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que por la Decisión Administrativa N° 1145/16 se autorizó como excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.198, la cobertura de TRES MIL CIEN (3.100) cargos vacantes y financiados correspondientes al Ejercicio Presupuestario 2016 en el ámbito del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 5/17, se asignaron CIENTO CINCUENTA Y NUEVE (159) cargos vacantes autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1145/16 al entonces MINISTERIO DE CULTURA actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA en el ámbito del aludido Convenio Colectivo Sectorial.

Que por la Resolución del entonces MINISTERIO DE CULTURA N° 830/17, se designó a los integrantes del Comité de Selección N° 2 para la cobertura de TREINTA (30) cargos vacantes y financiados de la planta permanente de dicho Organismo.

Que por la Resolución del entonces MINISTERIO DE CULTURA N° 1122/17 rectificada por su similar N° 1184/17 se aprobaron las Bases del Concurso para la cobertura de los referidos cargos y se llamó a concurso mediante Convocatoria Interna.

Que el Comité de Selección se expidió en virtud de su competencia, elevando el Orden de Mérito correspondiente a los cargos concursados.

Que por la Resolución del entonces MINISTERIO DE CULTURA N°103/18 se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección para la cobertura, entre otros, del cargo de Técnico Realizador Maquinista Teatral Nivel D del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que por otra parte, el señor Christian Carlos OLIVERA no acreditó la posesión del título de nivel educativo exigido para el cargo por él concursado por lo que procede aplicar las previsiones del artículo 129 del citado Convenio Colectivo y en consecuencia el cargo en cuestión deberá integrar la planta transitoria de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

Que la Decisión Administrativa N° 609/14 dispuso, que las designaciones en dichos cargos de planta no permanente se mantendrán hasta que el personal involucrado ingrese al régimen de estabilidad, a partir del primer día del mes siguiente al que se hubiere certificado la obtención del título del nivel educativo secundario antes de los plazos previstos en el quinto o sexto párrafo del artículo 129 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), según corresponda.

Que por otra parte, la referida norma establece que dichas designaciones caducarán automáticamente para el supuesto que los causantes no hubiesen obtenido el título secundario dentro de los plazos previstos, no hubiese requerido la prórroga del plazo para su obtención o requerida ésta y vencido el término no hubiese logrado dicha titulación.

Que el cargo concursado se encuentra comprendido en el Nomenclador de Funciones Específicas para el Personal Artístico Técnico que se desempeña en el TEATRO NACIONAL CERVANTES y en los demás Organismos Artísticos dependientes de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, aprobado mediante la Resolución Conjunta de la SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA y de la SECRETARÍA DE HACIENDA Nº 53/07.

Que el articulo 128 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, establece que en el supuesto del trabajador que por al menos TRES (3) Ejercicios presupuestarios se desempeñara como personal no permanente, mediante contratos o designaciones transitorias vigentes al momento de su inscripción en un proceso de selección, prestando servicios tanto equivalentes equiparados al mismo nivel, como superiores equiparados a un nivel superior, a los del cargo para el que se postula ocupar, al momento de su incorporación en el presente régimen de carrera, se le asignará el Grado escalafonario que resulte de la aplicación de la proporción dispuesta en el inciso a) del artículo 31 del presente, a razón de UN (1) Grado escalafonario por cada DOS (2) grados de equiparación reconocidos en dichos contratos o designaciones transitorias; con más lo resultante de la aplicación del inciso c) del citado artículo, si el órgano selector lo propone de verificarse el supuesto respectivo.

Que atento a lo establecido en los artículos 31 y 128 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, corresponde realizar la readecuación del Grado al señor Christian Carlos OLIVERA.

Que la designación en el aludido cargo no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que ha tomado la debida intervención la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del entonces MINISTERIO DE CULTURA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones establecidas en el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de los artículos 6° y 7° de la Ley N° 27.467.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, aprobada por la Decisión Administrativa N° 12/19 al solo efecto de transformar UN (1) cargo Nivel D de la planta permanente en un cargo Nivel D de la planta no permanente del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, en la parte correspondiente a la JURISDICCIÓN 70-02- MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA- SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA, de acuerdo con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2019-12584815-APN-SGC#MECCYT) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Desígnase al señor Christian Carlos OLIVERA (D.N.I. N° 24.626.656) transitoriamente en la planta no permanente, en el cargo de Técnico Realizador Maquinista Teatral del BALLET FOLKLÓRICO NACIONAL dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ORGANISMOS ESTABLES de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, Nivel D, Grado 5, Tramo General, Agrupamiento General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, en los términos de los artículos 129 del Anexo al Decreto mencionado y 14, 15 y 16 de la Decisión Administrativa N° 609/14 y con excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.467.

ARTÍCULO 3°.- La presente designación transitoria queda sujeta al cumplimiento del compromiso asumido por el señor Christian Carlos OLIVERA (D.N.I. N° 24.626.656) al momento de su inscripción al presente proceso de selección de personal, de acuerdo a lo previsto por el artículo 129 del Convenio Colectivo, homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto del año en curso asignado a la Jurisdicción 70-02 SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Alejandro Finocchiaro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/05/2019 N° 37855/19 v. 30/05/2019

Fecha de publicación 30/05/2019