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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 2186/2019

RESOL-2019-2186-APN-ENACOM#JGM FECHA 24/5/2019 ACTA 47

EXPAFSCA 503.00.0/14

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar los actos del concurso público número 503, con el objeto de adjudicar 5 licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de 5 servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la localidad de JARDIN DE AMÉRICA, provincia de MISIONES. 2.- Adjudicar a la señora Diana Mabel VON KREITMAYR, cuya oferta tramita bajo Expediente N° 503.02.0/14 del registro de la ex AFSCA, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la frecuencia 105.7 MHz., canal 289, con categoría F, en la localidad de JARDIN DE AMÉRICA, provincia de MISIONES. 3.- Rechazar por inadmisibles las ofertas presentadas el señor ALBERTO BASILIO IWANCZUK LORENZ, el señor Hernan JUAREZ, el señor Mario PADILLA, y el señor Maximiliano Miguel ROMERO, documentadas bajo los Expedientes Nº 503.01.0/14, 503.03.0/14, 503.04.0/14 y 503.05.0/14 del registro de la ex AFSCA, respectivamente, por las razones expuestas en los considerandos de la presente. 4.- El plazo de la licencia adjudicada en el Artículo 2º abarcará un período de 10 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrán ser prorrogadas a solicitud del licenciatario, por los plazos y en las condiciones previstas. 5.- El monto de la garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de la adjudicación, correspondiente a la señora Diana Mabel VON KREITMAYR, asciende a la suma de PESOS SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES ($ 78.733.-), debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades prescriptas en el Artículo 24 del citado pliego, dentro de los 15 días corridos de notificada la presente. 6.- Dentro de los 180 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, la adjudicataria deberá presentar la documentación técnica a la que refiere el Artículo 26 del Pliego. 7.- La licenciataria deberá conservar las pautas y objetivos de la propuesta comunicacional expresado por la programación comprometida durante todo el plazo de la licencia. Su modificación será considerada incumplimiento de las condiciones de adjudicación. 8.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los Artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 9.- A solicitud de la licenciataria, se otorgará la señal distintiva correspondiente. 10.- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC, con relación a la altura de la estructura soporte de antenas a instalar y el cumplimiento de las normas correspondientes emanadas de dicho organismo. El alcance de la licencia adjudicada por la presente, se limita a los parámetros técnicos asignados, no comprendiendo obras de infraestructura civil, fiscalización del espacio aéreo ni otros ajenos a la competencia del ENACOM. 11.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.

e. 04/06/2019 N° 38707/19 v. 04/06/2019

Fecha de publicación 04/06/2019