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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 2187/2019

RESOL-2019-2187-APN-ENACOM#JGM FECHA 24/5/2019 ACTA 47

EXPAFSCA 515.00.0/14

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto:1.- Aprobar los actos del concurso público número 515, con el objeto de adjudicar 8 licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de 8 servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la localidad de SAN VICENTE, provincia de MISIONES. 2.- Adjudicar al señor Marcelo Alberto ALMADA, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la frecuencia de 93.7 MHz., canal 229, con categoría E, en la localidad de SAN VICENTE, provincia de MISIONES. 3.- Rechazar por inadmisibles las ofertas presentadas por el señor Cristian Gabriel ESPINOZA y por la señora Margarita CARLOTTO por las razones expuestas en los considerandos de la presente. 4.- El plazo de la licencia adjudicada por el Artículo 2º abarcará un período de 10 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud del licenciatario. 5.- El monto de la garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de la adjudicación, correspondiente al señor Marcelo Alberto ALMADA, asciende a la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL CUARENTA Y SEIS CON SESENTA CENTAVOS ($ 29.046,60), debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades prescriptas en el Artículo 24 del citado pliego, dentro de los 15 días corridos de notificada la presente. 6.- Dentro de los 180 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, el adjudicatario deberá presentar la documentación técnica a la que refiere el Artículo 26 del pliego. 7.- El licenciatario asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC, con relación a la altura de la estructura soporte de antenas a instalar y el cumplimiento de las normas correspondientes emanadas de dicho organismo. El alcance de las licencias adjudicadas por la presente, se limita a los parámetros técnicos asignados, no comprendiendo obras de infraestructura civil, fiscalización del espacio aéreo ni otros ajenos a la competencia del ENACOM. 8.- El licenciatario deberá conservar las pautas y objetivos de la propuesta comunicacional expresados por la programación comprometida durante todo el plazo de la licencia. Su modificación será considerada incumplimiento de las condiciones de adjudicación. 9.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 10.- A solicitud del licenciatario, se otorgará la señal distintiva correspondiente. 11.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.

e. 04/06/2019 N° 38729/19 v. 04/06/2019

Fecha de publicación 04/06/2019