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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 4603/2019

DI-2019-4603-APN-ANMAT#MSYDS - Productos cosméticos: Prohibición preventiva de comercialización y uso.

Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2019

VISTO el Expediente EX-2019-37663589-APN-DVPS#ANMAT, de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y;

CONSIDERANDO:

Que por los actuados citados en el Visto, la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVPS), Productos Cosméticos e Higiene Personal, informa que se han detectado irregularidades a raíz de un reclamo realizado por un particular asociado a alteraciones organolépticas de un producto adquirido en un Supermercado de la Localidad de Monte Grande, que se encuentra rotulado como: 1) Clin Off Toallitas húmedas Babies Aloe Vera sin alcohol x 120 unidades, Industria Argentina, Lote Nº 100831; sin datos de inscripción sanitaria (legajo del elaborador y Res. Nº 155/98) ni datos del responsable de la comercialización.

Que en virtud de ello, según Orden de Inspección Nº 2017/3985-DVS-2236, se realizó una inspección de Control de Mercado en el comercio Autoservicio Surtir, sito en Dardo Rocha Nº 58, Monte Grande, Provincia de Buenos Aires.

Que en dicho procedimiento, se tomaron muestras de los productos disponibles para la venta en los cuales se detectó que el rotulado carecía de datos de inscripción sanitaria (legajo del elaborador y Res. Nº 155/98) y de datos del responsable de la comercialización y se ordenó al comercio retirar de la venta el resto de las unidades a saber: 2) Clin Off Toallitas húmedas Babies Aloe Vera sin alcohol x 120 unidades, Industria Argentina; lote Nº 100831. 3) Clin Off Toallitas húmedas Babies Clásicas sin alcohol x 120 unidades, Industria Argentina, Lote Nº 100837.

Que en cuanto a la procedencia de los mismos, el inspeccionado no aportó al día de la fecha la documentación requerida.

Que la DVS informa que consultada la base de datos de inscripción de productos cosméticos se detectó que con dicha marca se hallaron inscriptos productos bajo la titularidad y elaboración de la firma CLINOFF S.A.

Que al respecto, la firma CLINOFF S.A. contaba con habilitación ante la ANMAT como “elaborador de productos de higiene personal, cosméticos y perfumes en las formas cosméticas de toalla embebida, no estéril e importador de productos de higiene personal, cosméticos y perfumes”, según Disposición Nº 6231/07 legajo Nº 2754 y mediante Disposición Nº 5159/2016 se dictó la baja de la habilitación oportunamente otorgada.

Que por lo expuesto, atento a las circunstancias detalladas, a fin de proteger a eventuales usuarios de los productos involucrados toda vez que se desconoce su origen y por lo tanto no puede garantizarse la calidad y seguridad de uso en el público infantil al cual están dirigidos, la DVS sugiere la prohibición preventiva de comercialización y uso de todos los lotes de los productos rotulados como: a) Clin Off Toallitas húmedas Babies Aloe Vera x 120 unidades, Industria Argentina; sin datos de inscripción sanitaria (legajo del elaborador y Res. Nº 155/98) ni datos del responsable de la comercialización; b) Clin Off Toallitas húmedas Babies CLASICAS x 120 unidades, Industria Argentina, sin datos de inscripción sanitaria (legajo del elaborador y Res. Nº 155/98) ni datos del responsable de la comercialización.

Que desde el punto de vista procedimental, lo actuado por la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud se enmarca dentro de las atribuciones conferidas a la ANMAT por el artículo 10° inciso q) del Decreto Nº 1490/92.

Que respecto de la medida aconsejada, resulta competente esta Administración Nacional en virtud de las atribuciones conferidas por los incisos n) y ñ) del artículo 8° del Decreto Nº 1490/92.

Que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y sus modificatorias.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Prohíbese preventivamente la comercialización y uso de todos los lotes de los productos rotulados como: 1) Clin Off Toallitas húmedas Babies Aloe Vera x 120 unidades, Industria Argentina; sin datos de inscripción sanitaria (legajo del elaborador y Res. Nº 155/98) ni datos del responsable de la comercialización; 2) Clin Off Toallitas húmedas Babies CLASICAS x 120 unidades, Industria Argentina, sin datos de inscripción sanitaria (legajo del elaborador y Res. Nº 155/98) ni datos del responsable de la comercialización, por los fundamentos expuestos en el considerando.

ARTICULO 2º.- Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Comuníquese a la autoridad sanitaria de la Provincia de Buenos Aires, y a las demás autoridades sanitarias provinciales y a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria y a la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud. Cumplido, archívese. Carlos Alberto Chiale

e. 04/06/2019 N° 38930/19 v. 04/06/2019

Fecha de publicación 04/06/2019