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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 2176/2019

RESOL-2019-2176-APN-ENACOM#JGM FECHA 24/5/2019 ACTA 47

EX-2019-21859577-APN-SDYME#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar los actos del concurso público con el objeto de adjudicar 1 licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, categoría C, canal 275, frecuencia 102.9 MHz. en la ciudad de SANTIAGO DEL ESTERO, provincia homónima. 2.- Adjudicar a la firma FM RADIO DEL NORTE S.R.L. (en formación), integrada por el señor José María CANTOS, con una participación social del 70% y la señora Teresa Consuelo SANSIERRA, con una participación social del 30%, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia con categoría C, canal 265, frecuencia 100.9 MHz. en la ciudad de SANTIAGO DEL ESTERO, provincia homónima, conforme los considerandos de la presente. 3.- El plazo de la licencia adjudicada en el Artículo 2º abarcará un período de 15 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrán ser prorrogada a solicitud del licenciatario. 4.- El monto del depósito de garantía, asciende a la suma de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO ($ 59.958.-), debiendo el depósito constituirse dentro de los 15 días corridos de notificada la presente. 5.- Dentro de los 120 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, la adjudicataria deberá presentar la documentación técnica a la que refiere el Artículo 29.4 del Pliego. 6.- Dentro de los 180 días corridos de notificado el presente acto, la firma licenciataria, deberá acreditar su constitución regular, conforme la normativa vigente. 7.- La licenciataria deberá conservar las pautas y objetivos de la propuesta comunicacional expresado por la programación comprometida durante todo el plazo de la licencia. Su modificación será considerada incumplimiento de las condiciones de adjudicación. 8.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los Artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 9.- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC, con relación a la altura de la estructura soporte de antenas a instalar y el cumplimiento de las normas correspondientes emanadas de dicho organismo. El alcance de la licencia adjudicada por la presente, se limita a los parámetros técnicos asignados, no comprendiendo obras de infraestructura civil, fiscalización del espacio aéreo ni otros ajenos a la competencia del ENACOM. 10.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.

e. 06/06/2019 N° 39671/19 v. 06/06/2019

Fecha de publicación 06/06/2019