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13 de Diciembre de 2024

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ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA NEUQUÉN

Se hace saber a los abajo mencionados que se ha ordenado notificarle la Resolución por la cual se ordena el archivo provisorio de las actuaciones abajo detalladas en los términos de la Instrucción General Nro 09/17 (D.G.A.), haciéndole saber al imputado, que deberá dentro de los quince (15) días hábiles de notificado abonar los tributos que gravan la importación a consumo de la mercadería en infracción, caso contrario quedará automáticamente constituido en mora, procediéndose de conformidad a lo normado en los art. 1122, ss y concordantes del Código Aduanero.

Intimar al abajo mencionados que una vez abonado el cargo tributario intimado, deberán en el plazo indicado en párrafo anterior, proceder al retiro de la mercadería, bajo apercibimiento de considerarla abandonada a favor del Estado.

ACTUACIÓN SIGEACAUSANTERESOLUCIONMONTO DE TRIBUTOSACTA LOTE Nº
17753-37-2016GOMEZ GOMEZ Diana
D.N.I. Nº 95.232.913
RESOL-2018-108-E- AFIP-ADNEUQ#SDGOAIU$S 785,552018-075-000044

Diego Carlos Figueroa, Administrador de Aduana.

e. 06/06/2019 N° 39730/19 v. 06/06/2019

Fecha de publicación 06/06/2019