Edición del
5 de Noviembre de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA

Resolución 128/2019

Buenos Aires, 02/05/2019

VISTO el Expediente N° 106/2019/INAMU, la Ley 26.801, las Resoluciones N° 8/2015/INAMU y modificatorias, las Resoluciones N° 33/2017/INAMU, 227/17/INAMU, 34/2018/INAMU,

CONSIDERANDO:

Que a través de la promulgación de la Ley 26.801 se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA.

Que el artículo 2° apartado 6) de la Resolución N° 8/15/INAMU y 67/2017/INAMU, define como una de las medidas de fomento a la actividad musical, el otorgamiento de los subsidios, créditos y vales de producción establecidos en la Ley 26.801.

Que a través del artículo 3° apartado 7) de dicho Estatuto se establecen entre otras funciones del Directorio, la de “Aprobar los procedimientos administrativos que regulen el desenvolvimiento institucional del Instituto”, y por el apartado 13) las funciones de: “Dictar resoluciones y cualquier otro acto administrativo propio del Directorio de un ente público no estatal, tendiente al cumplimiento del objeto establecido en el artículo 1 de la Ley N° 26.801, y al buen funcionamiento del Instituto.”

Que el artículo 9° de la citada ley de creación estableció textualmente -entre otras- la siguiente función del Directorio: “…n) Implementar los mecanismos de control e imponer las multas y sanciones previstas en la presente ley”.

Que por la Resolución 33/17/INAMU se dictó un nuevo instructivo para la rendición de cuentas sobre los subsidios económicos, a ser aplicado en las convocatorias en curso del año 2016, y se crearon la “Base Provisional de Deudores de Subsidios y/o Ayudas Económicas”, y el “Registro de Deudores de Subsidios y/o Ayudas Económicas” previstos en los artículos 16 y 17 de dicha Resolución, reglamentando algunas de las consecuencias establecidas por la ley 26.801.

Que mediante la Resolución 227/17/INAMU se reglamentaron los plazos y formas en que deben ser llevadas la “Base Provisional de Deudores de Rendiciones de Cuentas”, y el “Registro de Deudores de Rendiciones de Cuentas”.

Que resulta conveniente proceder a la compilación y unificación de las distintas normas, a fin de que resulte más sencilla su consulta por parte de todos los actores de la comunidad musical y también por el organismo.

Que mediante la Resolución 34/18/INAMU, ad referéndum de su aprobación por parte de la Asamblea Federal, se aprobó el texto ordenado y modificaciones de las reglamentaciones aplicables a las rendiciones de cuentas correspondientes a subsidios económicos y ayudas especiales.

Que atento a su aprobación por parte de la Asamblea Federal el día 21 de marzo de 2018, se procedió a su publicación en el Boletín Oficial mediante la Resolución 110/18/INAMU.

Que a raíz de la experiencia recogida en las anteriores convocatorias, surge la necesidad de simplificar todas las tramitaciones a fin de obtener transparencia a la par de agilidad y eficiencia.

Que en la Asamblea Federal que tuvo lugar el día 11 de abril de 2019 en la ciudad de Corrientes fue aprobado por unanimidad el punto 7) del Orden del Día: “Modificación del “Instructivo de Rendición de Subsidios y/o Ayudas Económicas” (Resolución 34/18/INAMU)”.

Que el Área de Asuntos Técnico Legales ha emitido el correspondiente dictamen legal.

Que se debe dictar resolución al respecto, la que se expide en el marco de las facultades conferidas en la Ley 26.801 y la Resolución 8/15/INAMU y sus modificatorias.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA

RESUELVE

ARTÍCULO 1.- Déjense sin efecto las Resoluciones N° 33/2017/INAMU, 227/17/INAMU, 34/2018/INAMU y sus Anexos que la integran.

ARTÍCULO 2.- Apruébese el texto ordenado del INSTRUCTIVO DE RENDICIÓN DE CUENTAS, PARTICIPACIÓN EN EL CIRCUITO CULTURAL SOCIAL, Y REGISTROS DE DEUDORES, el cual obra agregado como Anexo I y II y forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y oportunamente archívese. Diego Boris Macciocco - María Paula Rivera

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/06/2019 N° 40218/19 v. 07/06/2019

Fecha de publicación 07/06/2019