MINISTERIO DE HACIENDA - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA
Que por la CIRCULAR MODIFICATORIA 02/2019 Licitación Pública Nacional e Internacional Proyecto de Participación Público-Privada “Líneas de Transmisión – Etapa I: Línea de Extra Alta Tensión en 500 kV E.T. Río Diamante - Nueva E.T. Charlone, Estaciones Transformadoras y obras complementarias en 132 Kv”. Ley 27.328. Decreto Reglamentario 118/2017. Resolución 81 del 7 de marzo de 2019 de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda Expediente EX-2018-4987104-APN-DDYME#MEM, firmada el 7 de junio de 2019 por el señor Gustavo LOPETEGUI, Secretario de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda se hace saber que: A las empresas interesadas en la Licitación Pública Nacional e Internacional correspondiente al Proyecto citado en el epígrafe, informamos que se adjunta la siguiente documentación complementaria: 1.- Anexo correspondiente al “ALCANCE DE LA INSPECCIÓN DEL ENTE CONTRATANTE” que se incorpora como SUBANEXO I-6 al PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES - ANEXO I CONTRATO PPP bajo el IF–2019-36747486-APN-DNPE#MHA. 2.- Anexo correspondiente a los Modelos del CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA y del CONVENIO DE ADHESIÓN AL FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, los cuales integran los DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN, bajo el IF-2019-47581642-APN-DGPEYPPP#MHA. 3.- Anexo correspondiente al MARCO DE INTEGRIDAD – ANEXO XII, bajo el IF-2019-36761815- APN-DNPE#MHA. 4.- Anexo correspondiente al MODELO DE ARAI, SUBANEXO I-8 al PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES - ANEXO I CONTRATO PPP, bajo el IF-2019-46641064-APN-DNPE#MHA. Asimismo, se modifican y/o eliminan cláusulas del Pliego de Bases y Condiciones y del CONTRATO PPP, aclarando que a los fines de facilitar la identificación de los cambios que a continuación se detallan, se aclara lo siguiente: a. En caso de supresiones íntegras de títulos, artículos o apartados, se especificará expresamente la eliminación efectuada. b. En caso de incorporaciones de títulos, artículos o apartados, se consignará expresamente el texto incorporado. c. Si se trata de cambios de redacción en títulos, artículos o apartados, se identificará primero el texto original y a continuación el texto modificado. PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES 1. Artículo II Definiciones Definición cuya redacción se modifica: Donde dice: “DOCUMENTOS CONTRACTUALES”: Significa, conjuntamente, (i) el CONTRATO PPP y sus ANEXOS, (ii) la OFERTA, (iii) los restantes DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN; (iv) el ACUERDO Y REGLAMENTO DEL FIDEICOMISO MARCO PPP, (v) el CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA y el CONVENIO DE ADHESIÓN AL FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, (vi) el CONTRATO DE COBERTURA RECÍPROCA, de corresponder, y (vii) las respectivas modificaciones de los documentos anteriores. Debe decir: “DOCUMENTOS CONTRACTUALES”: Significa, conjuntamente, (i) el CONTRATO PPP y sus ANEXOS, (ii) la OFERTA, (iii) los restantes DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN; (iv) el ACUERDO Y REGLAMENTO DEL FIDEICOMISO MARCO PPP, (v) el CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA y el CONVENIO DE ADHESIÓN AL FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, y (vi) las respectivas modificaciones de los documentos anteriores. 2. Artículo IV – Documentos de la Licitación - Sección 4.01 Vista y Retiro de Pliegos Donde dice: “Sección 4.01 Vista y Retiro de Pliegos”: El PLIEGO podrá consultarse y descargarse de la (i) página web de la AUTORIDAD CONVOCANTE; y (ii) página web de la SSPPP. En oportunidad de retirar o descargar el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, los INTERESADOS deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las OFERTAS. Además, cualquier PERSONA interesada podrá concurrir al domicilio de la AUTORIDAD CONVOCANTE a los efectos de tomar vista y/o retirar el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES. El costo de reproducción de los mismos deberá ser afrontado por el INTERESADO y la suma abonada no será devuelta bajo ningún concepto. No será requisito para presentar OFERTAS, ni para su admisibilidad, ni para contratar, haber retirado el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES o haberlo descargado de los sitios webs indicados en el primer párrafo de esta Sección. No obstante, quienes no lo hubiesen retirado o descargado, no podrán alegar el desconocimiento de las actuaciones que se hubieren producido hasta el DÍA HÁBIL de la apertura de las OFERTAS, quedando bajo su exclusiva responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas. Debe decir: “Sección 4.01 Vista y Retiro de Pliegos”: El PLIEGO podrá consultarse y descargarse de la (i) página web de la AUTORIDAD CONVOCANTE; y (ii) página web de la SSPPP. En oportunidad de retirar o descargar el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, los INTERESADOS deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio y dirección de correo electrónico. Además, cualquier PERSONA interesada podrá concurrir al domicilio de la AUTORIDAD CONVOCANTE a los efectos de tomar vista y/o retirar el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES. El costo de reproducción de los mismos deberá ser afrontado por el INTERESADO y la suma abonada no será devuelta bajo ningún concepto. No será requisito para presentar OFERTAS, ni para su admisibilidad, ni para contratar, haber retirado el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES o haberlo descargado de los sitios webs indicados en el primer párrafo de esta Sección. No obstante, quienes no lo hubiesen retirado o descargado, no podrán alegar el desconocimiento de las actuaciones que se hubieren producido hasta el DÍA HÁBIL de la apertura de las OFERTAS, quedando bajo su exclusiva responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas. 3. Artículo IV – Documentos de la Licitación - Sección 4.02 Consultas al Pliego Donde dice: “Sección 4.02 Consultas al Pliego”: Las consultas al PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES deberán efectuarse a través del sitio web de la AUTORIDAD CONVOCANTE. En la oportunidad de realizar una consulta al PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, los INTERESADOS deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse. Las consultas podrán ser efectuadas como máximo hasta quince (15) DÍAS HÁBILES anteriores de la fecha fijada para la apertura de las OFERTAS. La AUTORIDAD CONVOCANTE no tiene obligación alguna de responder todas y cada una de las consultas que se presenten, pudiendo a su exclusivo criterio responder aquellas que considere de mayor relevancia, o publicar aclaraciones o modificaciones relativas a los DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN. La falta de respuesta de la AUTORIDAD CONVOCANTE a cualquier consulta realizada por un INTERESADO no podrá, en caso alguno, ser interpretada como ratificatoria y/o confirmatoria de la interpretación, propuesta o sugerencia efectuada por éste. Debe decir: “Sección 4.02 Consultas al Pliego”: Las consultas al PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES deberán efectuarse a través del sitio web de la AUTORIDAD CONVOCANTE. En la oportunidad de realizar una consulta al PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, los INTERESADOS deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio y dirección de correo electrónico. Las consultas podrán ser efectuadas como máximo hasta quince (15) DÍAS HÁBILES anteriores de la fecha fijada para la apertura de las OFERTAS. La AUTORIDAD CONVOCANTE no tiene obligación alguna de responder todas y cada una de las consultas que se presenten, pudiendo a su exclusivo criterio responder aquellas que considere de mayor relevancia, o publicar aclaraciones o modificaciones relativas a los DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN. La falta de respuesta de la AUTORIDAD CONVOCANTE a cualquier consulta realizada por un INTERESADO no podrá, en caso alguno, ser interpretada como ratificatoria y/o confirmatoria de la interpretación, propuesta o sugerencia efectuada por éste. 4. Artículo IV – Documentos de la Licitación - Sección 4.04 Efectos de la Presentación de Oferta Donde dice: “Sección 4.04 Efectos de la Presentación de Oferta”: La presentación de la OFERTA implica, sin admitir prueba en contrario, el pleno conocimiento y aceptación de todas las disposiciones contenidas en el PLIEGO, en el modelo CONTRATO PPP y los restantes ANEXOS, y de toda la información que se proporcione a través de CIRCULARES, así como de la LEGISLACIÓN APLICABLE. La presentación de la OFERTA importará la renuncia a plantear cualquier tipo de reclamo judicial o extrajudicial basado en la disconformidad con lo establecido en los DOCUMENTOS DE LALICIATCIÓN. Debe decir: “Sección 4.04 Efectos de la Presentación de Oferta”: La presentación de la OFERTA implica, sin admitir prueba en contrario, el pleno conocimiento y aceptación de todas las disposiciones contenidas en el PLIEGO, en el modelo CONTRATO PPP y los restantes ANEXOS, y de toda la información que se proporcione a través de CIRCULARES, así como de la LEGISLACIÓN APLICABLE. La presentación de la OFERTA importará la renuncia a plantear cualquier tipo de reclamo judicial o extrajudicial basado en la disconformidad con lo establecido en los DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN. 5. Artículo IV – Documentos de la Licitación - Sección 4.06 Circulares Aclaratorias Donde dice: “Sección 4.06 Circulares Aclaratorias”: Las CIRCULARES ACLARATORIAS deberán ser comunicadas con, como mínimo, cuatro (4) DÍAS HÁBILES de anticipación a la fecha fijada para la presentación de las OFERTAS, a todos los INTERESADOS en el DOMICILIO ELECTRÓNICO que éstos hubieran proporcionado a la AUTORIDAD CONVOCANTE al momento de registrarse para la descarga del PLIEGO o para la realización de la consulta; y publicadas en el sitio web de la de la AUTORIDAD CONVOCANTE y en el sitio web de SSPPP. Las CIRCULARES ACLARATORIAS serán parte integrante del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES. Debe decir: “Sección 4.06 Circulares Aclaratorias”: Las CIRCULARES ACLARATORIAS deberán ser comunicadas con, como mínimo, cuatro (4) DÍAS HÁBILES de anticipación a la fecha fijada para la presentación de las OFERTAS. Las mismas serán comunicadas a través de la publicación en el sitio web de la de la AUTORIDAD CONVOCANTE y en el sitio web de SSPPP. Las CIRCULARES ACLARATORIAS serán parte integrante del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES. 6. Artículo IV – Documentos de la Licitación - Sección 4.07 Circulares Modificatorias Donde dice: “Sección 4.07 Circulares Modificatorias”: Las CIRCULARES MODIFICATORIAS deberán ser difundidas, publicadas y comunicadas por tres (3) DÍAS HÁBILES en los mismos medios en que hubiera sido difundida, publicada y comunicada la convocatoria a la LICITACIÓN, debiendo la última publicación tener lugar con un (1) DÍA HÁBIL como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de las OFERTAS previsto en el cronograma de la LICITACIÓN. Asimismo, deberán ser comunicadas a todos los INTERESADOS en el primer día de la suscripción de la CIRCULAR MODIFICATORIA; y publicadas en el sitio web de la de la AUTORIDAD CONVOCANTE y en el sitio web de SSPPP. Las CIRCULARES MODIFICATORIAS serán parte integrante de los PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES. En el caso en que la AUTORIDAD CONVOCANTE emitiera una CIRCULAR MODIFICATORIA, ésta podrá determinar de oficio y a su exclusivo criterio eventuales prórrogas de la fecha de presentación de OFERTAS y/o de apertura de OFERTAS, así como sus plazos, los que podrán ser los que podrán ser mayores al plazo previsto en el apartado 8 del artículo 12 del Decreto N° 118/17, a fin de permitir la mayor participación de OFERENTES. Debe decir: “Sección 4.07 Circulares Modificatorias”: Las CIRCULARES MODIFICATORIAS deberán ser difundidas, publicadas y comunicadas por tres (3) DÍAS HÁBILES en los mismos medios en que hubiera sido difundida, publicada y comunicada la convocatoria a la LICITACIÓN, debiendo la última publicación tener lugar con un (1) DÍA HÁBIL como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de las OFERTAS previstas en el cronograma de la LICITACIÓN. Asimismo, deberán ser comunicadas a todos los INTERESADOS a través de la publicación en el sitio web de la de la AUTORIDAD CONVOCANTE y en el sitio web de SSPPP. Las CIRCULARES MODIFICATORIAS serán parte integrante de los PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES. En el caso en que la AUTORIDAD CONVOCANTE emitiera una CIRCULAR MODIFICATORIA, ésta podrá determinar de oficio y a su exclusivo criterio eventuales prórrogas de la fecha de presentación de OFERTAS y/o de apertura de OFERTAS, así como sus plazos, los que podrán ser mayores al plazo previsto en el apartado 8 del artículo 12 del Decreto N° 118/17, a fin de permitir la mayor participación de OFERENTES. CONTRATO PPP 1. Considerandos al Contrato PPP Donde dice: “Considerando (iv)”: Que, mediante la Resolución [_] de fecha [_] de [_] de 2019, se aprobaron los DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN (conforme este término se define en el Artículo I) del PROYECTO conforme al régimen establecido en la LEY PPP y se efectuó la convocatoria a la LICITACIÓN. Debe decir: “Considerando (iv)”: Que, mediante la Resolución N° 81 de fecha 7 de marzo de 2019, se aprobaron los DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN (tal como este término se define en el Artículo I) del PROYECTO conforme al régimen establecido en la LEY PPP y se efectuó la convocatoria a la LICITACIÓN. Donde dice: “Considerando (v)”: Que, la convocatoria a la LICITACIÓN fue publicada (a) en el sitio web de la SECRETARIA DE GOBIERNO DE ENERGÍA con fecha [_] de [_] de 2019, (b) en el sitio web de la SUBSECRETARÍA PPP con fecha [_] de 2019, (c) en el Boletín Oficial de fecha [_] de 2019; (d) en los diarios [_] con fecha y de de 2019; y (e) en el sitio web UN Development Business, con fecha [_] de 2019. Debe decir: “Considerando (v)”: Que, la convocatoria a la LICITACIÓN fue publicada (a) en el sitio web de la SECRETARIA DE GOBIERNO DE ENERGÍA a partir del 8 de marzo de 2019, (b) en el sitio web de la SUBSECRETARÍA PPP a partir del 8 de marzo de 2019, (c) en el Boletín Oficial en fechas 11, 12 y 13 de marzo de 2019 y (e) en el sitio web UN Development Business, con fecha 11, 12 y 13 de marzo 2019. 2. Definiciones/secciones que se eliminan Artículo I – Definiciones “CONTRATO DE COBERTURA RECÍPROCA”: Significa el contrato de derivado celebrado entre el FIDUCIARIO y el CONTRATISTA PPP en caso de haberse solicitado su suscripción en la OFERTA ADJUDICADA, en virtud del cual se fijará una relación de cambio de referencia entre el DÓLAR y la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA) publicada por el Banco Central de la República Argentina y que ajusta de conformidad con el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos al momento de la ADJUDICACIÓN con una banda de variación de hasta el diez por ciento (10%). “PAGO POR DIFERENCIA CAMBIARIA”: Significa cualquier pago que las PARTES del CONTRATO DE COBERTURA RECÍPROCA deban realizarse bajo dicho contrato, en caso de haberse celebrado este contrato. Artículo V – Oferentes - Sección 5.03 Derechos del CONTRATISTA PPP (b) Pago por Diferencia Cambiaria “Sección 5.03 Derechos del CONTRATISTA PPP (b) Pago por Diferencia Cambiaria”: Recibir el pago por diferencia cambiaria en caso de haber celebrado con el FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA un CONTRATO DE COBERTURA RECÍPROCA en las fechas y en los términos y condiciones establecidos en dicho contrato. Artículo V – Oferentes - Sección 5.04 Obligaciones del CONTRATISTA PPP (x) Pago por Diferencia Cambiaria “Sección 5.04 Obligaciones del CONTRATISTA PPP (x) Pago por Diferencia Cambiaria”: Realizar el pago por diferencia cambiaria en caso de haber celebrado con el FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA un CONTRATO DE COBERTURA RECÍPROCA. 3. Definiciones/secciones que se incorporan Artículo I – Definiciones Se incorpora: “MATRIZ DE RIESGOS”: Significa la matriz de riesgos del PROYECTO que se adjunta al CONTRATO PPP como ANEXO I-11. 4. Definiciones/secciones que se modifican Artículo I – Definiciones Donde dice: “CONTRATO DE PANEL TÉCNICO”: Significa el contrato que celebrarán las PARTES con los integrantes del PANEL TECNICO y de cada PANEL TÉCNICO AD HOC, y que se adjunta al CONTRATO PPP como ANEXO I-10. Debe decir: “CONTRATO DE PANEL TÉCNICO”: Significa el contrato que celebrarán las PARTES con los integrantes del PANEL TECNICO y de cada PANEL TÉCNICO AD HOC, y que se adjunta al CONTRATO PPP como ANEXO [_]. Donde dice: “DOCUMENTOS CONTRACTUALES”: Significa, conjuntamente, (i) el CONTRATO PPP y sus ANEXOS, (ii) la OFERTA, (iii) los restantes DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN; (iv) el ACUERDO Y REGLAMENTO DEL FIDEICOMISO MARCO PPP, (v) el CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA y el CONVENIO DE ADHESIÓN AL FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, (vi) el CONTRATO DE COBERTURA RECÍPROCA, de corresponder, y (vii) las respectivas modificaciones de los documentos anteriores. Debe decir: “DOCUMENTOS CONTRACTUALES”: Significa, conjuntamente, (i) el CONTRATO PPP y sus ANEXOS, (ii) la OFERTA, (iii) los restantes DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN; (iv) el ACUERDO Y REGLAMENTO DEL FIDEICOMISO MARCO PPP, (v) el CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA y el CONVENIO DE ADHESIÓN AL FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, y (vi) las respectivas modificaciones de los documentos anteriores. Donde dice: “DOCUMENTOS SOCIETARIOS”: Significa, conjuntamente, (i) el testimonio del estatuto social del CONTRATISTA PPP debidamente inscripto en el registro público correspondiente a su domicilio social, en cumplimiento con los requerimientos previstos en Artículo VII del CONTRATO PPP, (ii) copia de la documentación mediante la cual se evidencie la designación de los miembros del órgano de administración y del órgano de fiscalización del CONTRATISTA PPP que se encuentran en sus cargos, debidamente inscripta ante el registro público correspondiente en los términos del ARTÍCULO 60 de la LEY GENERAL DE SOCIEDADES, (iii) copia del acta de directorio o del acta de asamblea en la que conste que sus órganos internos competentes han aprobado la suscripción del CONTRATO PPP, del CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA; y del CONTRATO DE COBERTURA RECÍPROCA, de corresponder, (iv) copia de los poderes por los cuales se autoriza a los representantes legales del CONTRATISTA PPP a suscribir el CONTRATO PPP, el CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA; y del [CONTRATO DE COBERTURA RECÍPROCA] y a actuar en su nombre y representación en cualquier asunto relacionado al CONTRATO PPP, el CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA; y el CONTRATO DE COBERTURA RECÍPROCA, de corresponder; y (v) copia legalizada notarialmente de los asientos del libro de registro de acciones, en donde conste que la conformación del capital social del CONTRATISTA PPP es idéntica a la conformación del capital societario del ADJUDICATARIO o equivalente, en términos porcentuales a los porcentajes de participación en el ADJUDICATARIO. Debe decir: “DOCUMENTOS SOCIETARIOS”: Significa, conjuntamente, (i) el testimonio del estatuto social del CONTRATISTA PPP debidamente inscripto en el registro público correspondiente a su domicilio social, en cumplimiento con los requerimientos previstos en Artículo VII del CONTRATO PPP, (ii) copia de la documentación mediante la cual se evidencie la designación de los miembros del órgano de administración y del órgano de fiscalización del CONTRATISTA PPP que se encuentran en sus cargos, debidamente inscripta ante el registro público correspondiente en los términos del ARTÍCULO 60 de la LEY GENERAL DE SOCIEDADES, (iii) copia del acta de directorio o del acta de asamblea en la que conste que sus órganos internos competentes han aprobado la suscripción del CONTRATO PPP, del CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA; (iv) copia de los poderes por los cuales se autoriza a los representantes legales del CONTRATISTA PPP a suscribir el CONTRATO PPP, el CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA; y a actuar en su nombre y representación en cualquier asunto relacionado al CONTRATO PPP, el CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA; y (v) copia legalizada notarialmente de los asientos del libro de registro de acciones, en donde conste que la conformación del capital social del CONTRATISTA PPP es idéntica a la conformación del capital societario del ADJUDICATARIO o equivalente, en términos porcentuales a los porcentajes de participación en el ADJUDICATARIO. Donde dice: “RÉGIMEN DE MULTAS Y SANCIONES”: Significa el reglamento que como ANEXO I.1 forma parte del CONTRATO PPP, en el que: (i) se detallan las penalidades que el ENTE CONTRATANTE está facultado a imponer al CONTRATISTA PPP por incumplimientos por él incurridos hasta la expiración del plazo de vigencia de la GARANTIA DE OBRA; (ii) se describe el procedimiento para la aplicación de las penalidades indicadas en el punto (i) anterior; y (iii) se establece los coeficientes de mayoramiento de las SANCIONES. Debe decir: “RÉGIMEN DE MULTAS Y SANCIONES”: Significa el reglamento que como ANEXO I-1 forma parte del CONTRATO PPP, en el que: (i) se detallan las penalidades que el ENTE CONTRATANTE está facultado a imponer al CONTRATISTA PPP por incumplimientos por él incurridos hasta la expiración del plazo de vigencia de la GARANTIA DE OBRA; (ii) se describe el procedimiento para la aplicación de las penalidades indicadas en el punto (i) anterior; y (iii) se establecen los coeficientes de mayoramiento de las SANCIONES. Donde dice: “REGLAMENTO DEL PANEL TÉCNICO”: Significa el reglamento contenido en el ANEXO [__] y que forma parte integrante del CONTRATO PPP. Debe decir: “REGLAMENTO DEL PANEL TÉCNICO”: Significa el reglamento contenido en el ANEXO I-10 y que forma parte integrante del CONTRATO PPP. Artículo II – Normas Aplicables y Orden de Prelación - Sección 2.02 Enumeración de los documentos que integran el CONTRATO PPP Donde dice: “Sección 2.02 Enumeración de los documentos que integran el CONTRATO PPP”: Los documentos que integran el CONTRATO PPP son los siguientes: (i) el texto del CONTRATO PPP y sus ANEXOS; (ii) los restantes DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN, (iii) la OFERTA ADJUDICADA; (iv) el ACUERDO Y REGLAMENTO DEL FIDEICOMISO MARCO PPP LEY N° 27.431; (v) el CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA; (vi) el CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA; (vii) los TPIs; (viii) el CONTRATO DE COBERTURA RECÍPROCA, de corresponder; (ix) el dictamen emitido por la AUTORIDAD CONVOCANTE de conformidad con el artículo 13 de la LEY PPP; (x) y todos aquellos acuerdos complementarios. Debe decir: “Sección 2.02 Enumeración de los documentos que integran el CONTRATO PPP”: Los documentos que integran el CONTRATO PPP son los siguientes: (i) el texto del CONTRATO PPP y sus ANEXOS; (ii) los restantes DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN, (iii) la OFERTA ADJUDICADA; (iv) el ACUERDO Y REGLAMENTO DEL FIDEICOMISO MARCO PPP LEY N° 27.431; (v) el CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA; (vi) el CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA; (vii) los TPIs; (viii) el dictamen emitido por la AUTORIDAD CONVOCANTE de conformidad con el artículo 13 de la LEY PPP; (ix) y todos aquellos acuerdos complementarios. Artículo II – Normas Aplicables y Orden de Prelación - Sección 2.03 Orden de prelación Donde dice: “Sección 2.03 Orden de prelación”: En caso de existir contradicciones o inconsistencias entre los documentos que integran el CONTRATO PPP indicados en el Sección 2.02 del CONTRATO PPP, el orden de prelación para su interpretación será el siguiente: (i) el texto del CONTRATO PPP y sus ANEXOS; (ii) los restantes DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN; (iii) la OFERTA ADJUDICADA; (iv) el CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA; (v) el CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA; (vi) el CONTRATO DE COBERTURA RECÍPROCA, y (vii) el dictamen emitido por la AUTORIDAD CONVOCANTE de conformidad con el artículo 13 de la LEY PPP. Debe decir: “Sección 2.03 Orden de prelación”: En caso de existir contradicciones o inconsistencias entre los documentos que integran el CONTRATO PPP indicados en el Sección 2.02 del CONTRATO PPP, el orden de prelación para su interpretación será el siguiente: (i) el texto del CONTRATO PPP y sus ANEXOS; (ii) los restantes DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN; (iii) la OFERTA ADJUDICADA; (iv) el CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA; (v) el CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA; y (vi) el dictamen emitido por la AUTORIDAD CONVOCANTE de conformidad con el artículo 13 de la LEY PPP. Artículo IV – Declaraciones de las Partes - Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP. (a) Capacidad y Autorización Donde dice: “Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP. (a) Capacidad y Autorización”: El CONTRATISTA PPP declara que está debidamente autorizado y tiene plena capacidad para asumir sus obligaciones en virtud del CONTRATO PPP, del CONVENIO DE ADHESIÓN AL FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA; y del CONTRATO DE COBERTURA RECÍPROCA, en caso de corresponder. Debe decir: “Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP. (a) Capacidad y Autorización”: El CONTRATISTA PPP declara que está debidamente autorizado y tiene plena capacidad para asumir sus obligaciones en virtud del CONTRATO PPP, del CONVENIO DE ADHESIÓN AL FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA. Artículo IV – Declaraciones de las Partes - Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP (b) Obligaciones Válidas y Exigibles”: Donde dice: “Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP. (b) Obligaciones Válidas y Exigibles”: El CONTRATISTA PPP declara que las obligaciones a su cargo establecidas en el CONTRATO PPP, en el CONVENIO DE ADHESIÓN AL FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA; y en el CONTRATO DE COBERTURA RECÍPROCA en caso de corresponder, constituyen obligaciones válidas y le son exigibles. Debe decir: “Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP. (b) Obligaciones Válidas y Exigibles”: El CONTRATISTA PPP declara que las obligaciones a su cargo establecidas en el CONTRATO PPP y en el CONVENIO DE ADHESIÓN AL FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, constituyen obligaciones válidas y le son exigibles. Artículo IV – Declaraciones de las Partes - Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP (c) Actos dentro del Objeto Social”: Donde dice: “Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP. (c) Actos dentro del Objeto Social”: El CONTRATISTA PPP declara que las obligaciones a su cargo establecidas en el CONTRATO PPP, en el CONVENIO DE ADHESIÓN AL FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA y en el CONTRATO DE COBERTURA RECÍPROCA, en caso de corresponder, están comprendidas dentro de su objeto social y de sus facultades. Debe decir: “Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP. (c) Actos dentro del Objeto Social”: El CONTRATISTA PPP declara que las obligaciones a su cargo establecidas en el CONTRATO PPP y en el CONVENIO DE ADHESIÓN AL FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, están comprendidas dentro de su objeto social y de sus facultades. Artículo IV – Declaraciones de las Partes - Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP (d) Cumplimiento de Actos y Procedimientos Internos”: Donde dice: “Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP. (d) Cumplimiento de Actos y Procedimientos Internos”: El CONTRATISTA PPP declara que ha cumplido con todos los actos y procedimientos exigidos en los DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN para autorizar la suscripción y celebración del CONTRATO PPP, del CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, y del CONTRATO DE COBERTURA RECÍPROCA, en caso de corresponder; y para el cumplimiento de sus obligaciones en virtud de tales contratos. Debe decir: “Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP. (d) Cumplimiento de Actos y Procedimientos Internos”: El CONTRATISTA PPP declara que ha cumplido con todos los actos y procedimientos exigidos en los DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN para autorizar la suscripción y celebración del CONTRATO PPP, del CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, y para el cumplimiento de sus obligaciones en virtud de tales contratos. Artículo IV – Declaraciones de las Partes - Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP (e) Celebración Válida del Contrato PPP”: Donde dice: “Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP. (e) Celebración Válida del Contrato PPP”: El CONTRATISTA PPP declara que ha válidamente celebrado y suscripto el CONTRATO PPP, el CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO PPP y el CONTRATO DE COBERTURA RECÍPROCA, en caso de corresponder. Debe decir: “Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP. (e) Celebración Válida del Contrato PPP”: El CONTRATISTA PPP declara que ha válidamente celebrado y suscripto el CONTRATO PPP y el CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO PPP. Artículo IV – Declaraciones de las Partes - Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP (g) Consentimientos de Terceros”: Donde dice: “Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP. (g) Consentimientos de Terceros”: El CONTRATISTA PPP declara que no es necesaria la realización de ningún acto o procedimiento, ni la obtención de ningún consentimiento de otras PERSONAS, para autorizar la respectiva celebración del CONTRATO PPP, del CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA y del CONTRATO DE COBERTURA RECÍPROCA, en caso de corresponder; y el cumplimiento de sus obligaciones en virtud de dichos contratos. Debe decir: “Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP. (g) Consentimientos de Terceros”: El CONTRATISTA PPP declara que no es necesaria la realización de ningún acto o procedimiento, ni la obtención de ningún consentimiento de otras PERSONAS, para autorizar la respectiva celebración del CONTRATO PPP, del CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA; y el cumplimiento de sus obligaciones en virtud de dichos contratos. Artículo IV – Declaraciones de las Partes - Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP (p) Ausencia de Impedimentos”: Donde dice: “Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP (p) Ausencia de Impedimentos”: El CONTRATISTA PPP declara que no tiene ningún impedimento conforme a la LEGISLACION APLICABLE ni está sujeto a ninguna restricción contractual, judicial, arbitral, legal o de cualquier otra naturaleza para (i) celebrar el CONTRATO PPP, el CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA; y el CONTRATO DE COBERTURA RECÍPROCA, en caso de corresponder, (ii) cumplir con sus obligaciones en virtud de tales contratos y/o (iii) celebrar contratos con el ENTE CONTRATANTE. Debe decir: “Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP (p) Ausencia de Impedimentos”: El CONTRATISTA PPP declara que no tiene ningún impedimento conforme a la LEGISLACION APLICABLE ni está sujeto a ninguna restricción contractual, judicial, arbitral, legal o de cualquier otra naturaleza para (i) celebrar el CONTRATO PPP y el CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA; (ii) cumplir con sus obligaciones en virtud de tales contratos y/o (iii) celebrar contratos con el ENTE CONTRATANTE. Artículo IV – Declaraciones de las Partes - Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP (q) Decisión Independiente”: Donde dice: “Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP (q) Decisión Independiente”: El CONTRATISTA PPP reconoce y acepta que ha basado su decisión de celebrar el CONTRATO PPP y el CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA; y el CONTRATO DE COBERTURA RECÍPROCA, en caso de corresponder, en sus propias investigaciones, exámenes, inspecciones y consideraciones de riesgo. Debe decir: “Sección 4.01 Declaraciones del CONTRATISTA PPP (q) Decisión Independiente”: El CONTRATISTA PPP reconoce y acepta que ha basado su decisión de celebrar el CONTRATO PPP y el CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, en sus propias investigaciones, exámenes, inspecciones y consideraciones de riesgo. Artículo V – Facultades, derechos y obligaciones de las Partes - Sección 5.03 Derechos del CONTRATISTA PPP (c) Ampliación de los Plazos: Donde dice: “Sección 5.03 Derechos del CONTRATISTA PPP (c) Ampliación de los Plazos”: Obtener la ampliación de los plazos en los que debe cumplir sus obligaciones bajo el CONTRATO PPP, en los casos y en las condiciones especificadas en la Sección 23.01. Debe decir: “Sección 5.03 Derechos del CONTRATISTA PPP (b) Ampliación de los Plazos”: Obtener la ampliación de los plazos en los que debe cumplir sus obligaciones bajo el CONTRATO PPP, en los casos y en las condiciones especificadas en la Sección 23.01. Artículo V – Facultades, derechos y obligaciones de las Partes - Sección 5.04 Obligaciones del CONTRATISTA PPP y) Patentes: Donde dice: “Sección 5.04 Obligaciones del CONTRATISTA PPP y) Patentes”: Mantener indemne al ENTE CONTRATANTE, a la AUTORIDAD CONVOCANTE, al Estado Nacional; y a sus funcionarios, agentes y dependientes de toda acción originada con motivo de infracciones a cualquier derecho de patente, diseño, marca comercial y otros derechos protegidos, correspondientes a cualquier equipo de construcciones, máquinas, sistemas constructivos, trabajo o material utilizado para la ejecución del PROYECTO. (z) Transferencia de tecnología Cumplir con lo establecido por la Ley Nº 22.426 de Transferencia de Tecnología, quedando a cargo del CONTRATISTA PPP los gastos y tributos que pudiera demandar cualquier acción consecuente de su aplicación. Asimismo, el CONTRATISTA PPP deberá mantener indemne al ENTE CONTRATANTE, a la AUTORIDAD CONVOCANTE, al Estado Nacional; y a sus funcionarios, agentes y dependientes de toda acción originada con motivo de infracciones a la referida ley. (aa) Registro de Subcontratistas Mantener un registro actualizado de los subcontratos que celebre de conformidad con lo establecido en la Sección 8.03. (bb) Mantenimiento y Entrega de los Bienes Afectados al Proyecto libre de Gravámenes y Ocupantes Abstenerse de constituir derechos reales sobre los BIENES AFECTADOS AL PROYECTO. Entregar, a la FECHA DE EXTINCIÓN, los BIENES AFECTADOS AL PROYECTO detallados en el INVENTARIO FINAL e identificados en el ACTA DE ENTREGA, libres de cualquier carga, gravamen, embargo o medida cautelar, judicial, extrajudicial o administrativa u ocupante que pueda afectar su normal utilización para los fines del CONTRATO PPP. (cc) Cumplimiento de los Hitos de Avance relativos a los Permisos de Paso y a las Servidumbres Administrativas de Electroducto Cumplir con los hitos de avance relativos a los permisos de paso y a las SERVIDUMBRES ADMINISTRATIVAS DE ELECTRODUCTO en los plazos previstos en la Sección 10.02. Entregar, a la FECHA DE EXTINCIÓN, los terrenos afectados por la traza con todas las SERVIDUMBRES ADMINISTRATIVAS DE ELECTRODUCTO que fueren exigibles a la FECHA DE EXTINCIÓN conforme los referidos hitos de avance. En caso que la extinción del CONTRATO PPP se produjera con posterioridad a la HABILITACIÓN COMERCIAL, deberá entregar los predios afectados por la traza con todas las SERVIDUMBRES ADMINISTRATIVAS DE ELECTRODUCTO concluidas y legalmente formalizadas de acuerdo con las previsiones del CONTRATO PPP. (dd) Marco de Integridad Cumplir con las obligaciones establecidas en el MARCO DE INTEGRIDAD, en particular aquellas vinculadas al “Cumplimiento de Requisitos de Integridad” detallados en la Sección II del MARCO DE INTEGRIDAD. Aceptar la supervisión del cumplimiento del MARCO DE INTEGRIDAD por parte del SUPERVISOR DE INTEGRIDAD durante el plazo de la ejecución de la OBRA, y del FIDUCIARIO. Debe decir: “Sección 5.04 Obligaciones del CONTRATISTA PPP. (x) Patentes: Mantener indemne al ENTE CONTRATANTE, a la AUTORIDAD CONVOCANTE, al Estado Nacional; y a sus funcionarios, agentes y dependientes de toda acción originada con motivo de infracciones a cualquier derecho de patente, diseño, marca comercial y otros derechos protegidos, correspondientes a cualquier equipo de construcciones, máquinas, sistemas constructivos, trabajo o material utilizado para la ejecución del PROYECTO. (y) Transferencia de tecnología: Cumplir con lo establecido por la Ley Nº 22.426 de Transferencia de Tecnología, quedando a cargo del CONTRATISTA PPP los gastos y tributos que pudiera demandar cualquier acción consecuente de su aplicación. Asimismo, el CONTRATISTA PPP deberá mantener indemne al ENTE CONTRATANTE, a la AUTORIDAD CONVOCANTE, al Estado Nacional; y a sus funcionarios, agentes y dependientes de toda acción originada con motivo de infracciones a la referida ley. (z) Registro de Subcontratistas: Mantener un registro actualizado de los subcontratos que celebre de conformidad con lo establecido en la Sección 8.03. (aa) Mantenimiento y Entrega de los Bienes Afectados al Proyecto libre de Gravámenes y Ocupantes: Abstenerse de constituir derechos reales sobre los BIENES AFECTADOS AL PROYECTO. Entregar, a la FECHA DE EXTINCIÓN, los BIENES AFECTADOS AL PROYECTO detallados en el INVENTARIO FINAL e identificados en el ACTA DE ENTREGA, libres de cualquier carga, gravamen, embargo o medida cautelar, judicial, extrajudicial o administrativa u ocupante que pueda afectar su normal utilización para los fines del CONTRATO PPP. (bb) Cumplimiento de los Hitos de Avance relativos a los Permisos de Paso y a las Servidumbres Administrativas de Electroducto: Cumplir con los hitos de avance relativos a los permisos de paso y a las SERVIDUMBRES ADMINISTRATIVAS DE ELECTRODUCTO en los plazos previstos en la Sección 10.02. Entregar, a la FECHA DE EXTINCIÓN, los terrenos afectados por la traza con todas las SERVIDUMBRES ADMINISTRATIVAS DE ELECTRODUCTO que fueren exigibles a la FECHA DE EXTINCIÓN conforme los referidos hitos de avance. En caso de que la extinción del CONTRATO PPP se produjera con posterioridad a la HABILITACIÓN COMERCIAL, deberá entregar los predios afectados por la traza con todas las SERVIDUMBRES ADMINISTRATIVAS DE ELECTRODUCTO concluidas y legalmente formalizadas de acuerdo con las previsiones del CONTRATO PPP. (cc) Marco de Integridad: Cumplir con las obligaciones establecidas en el MARCO DE INTEGRIDAD, en particular aquellas vinculadas al “Cumplimiento de Requisitos de Integridad” detallados en la Sección II del MARCO DE INTEGRIDAD. Aceptar la supervisión del cumplimiento del MARCO DE INTEGRIDAD por parte del SUPERVISOR DE INTEGRIDAD durante el plazo de la ejecución de la OBRA, y del FIDUCIARIO. Artículo XXII – Cesiones Permitidas - Sección 22.03 Cesión de derechos emergentes del CONTRATO PPP: Donde dice: “Sección 22.03 Cesión de derechos emergentes del CONTRATO PPP”: Sin perjuicio del mecanismo de transferencia de los TPIs por el CONTRATISTA PPP a los BENEFICIARIOS TPI, el CONTRATISTA PPP podrá ceder, en los términos previstos por los artículos 1.614 y siguientes del CCyCN, o dar en garantía los demás derechos de crédito emergentes del CONTRATO PPP, del CONVENIO DE ADHESIÓN AL FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA y del CONTRATO DE COBERTURA RECÍPROCA, de corresponder, de conformidad con lo previsto en el Artículo 9°, inciso q) de la LEY PPP. Dicha cesión en ningún caso implicará una cesión total o parcial del CONTRATO PPP, ni la transferencia, afectación, cancelación, modificación o novación de las obligaciones asumidas por el CONTRATISTA PPP en este CONTRATO PPP. Debe decir: “Sección 22.03 Cesión de derechos emergentes del CONTRATO PPP”: Sin perjuicio del mecanismo de transferencia de los TPIs por el CONTRATISTA PPP a los BENEFICIARIOS TPI, el CONTRATISTA PPP podrá ceder, en los términos previstos por los artículos 1.614 y siguientes del CCyCN, o dar en garantía los demás derechos de crédito emergentes del CONTRATO PPP y del CONVENIO DE ADHESIÓN AL FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, de conformidad con lo previsto en el Artículo 9°, inciso q) de la LEY PPP. Dicha cesión en ningún caso implicará una cesión total o parcial del CONTRATO PPP, ni la transferencia, afectación, cancelación, modificación o novación de las obligaciones asumidas por el CONTRATISTA PPP en este CONTRATO PPP. Artículo XXVI – Solución De Controversias- Sección 26.03 Composición: Donde dice: “Sección 26.03 Composición. El PANEL TÉCNICO estará integrado por tres (3) miembros, que serán un profesional universitario en ingeniería, un profesional universitario en ciencias económicas y un profesional universitario en ciencias jurídicas, de reconocida trayectoria en la materia del PROYECTO, elegidos de común acuerdo por las PARTES del LISTADO DE PROFESIONALES HABILITADOS. Las PARTES seleccionarán de común acuerdo a los integrantes del PANEL TÉCNICO dentro del plazo de veinte (20) DÍAS HÁBILES contados a partir de la FECHA DE SUSCRIPCIÓN. En caso de que no hubiese acuerdo respecto de cualquiera o de todos los profesionales en dicho plazo, la designación la efectuará la SUBSECRETARÍA PPP mediante sorteo público con la presencia del Escribano General de Gobierno. La SUBSECRETARÍA PPP efectuará el sorteo público entre los profesionales de cada especialidad, en la fecha y hora que notificare a las PARTES con una antelación no menor a tres (3) DÍAS HÁBILES. Los miembros del PANEL TÉCNICO podrán ser convocados por cualquiera de las PARTES. Los MIEMBROS DEL PANEL TÉCNICO ejercerán sus funciones por dos (2) años y podrán ser designados por dos (2) nuevos períodos en la medida en que continuaran integrando el LISTADO DE PROFESIONALES HABILITADOS. Los integrantes del PANEL TÉCNICO deberán presentar una declaración jurada sobre su independencia e imparcialidad; y cumplir con los requisitos previstos en el artículo 9°, punto 13, incisos b) y c) del ANEXO I del DECRETO REGLAMENTARIO PPP. Durante todo el período de vigencia de su designación, los integrantes del PANEL TÉCNICO deberán permanecer imparciales e independientes de las PARTES, conforme lo establece el REGLAMENTO DEL PANEL TÉCNICO obligándose a informar cualquier cambio que afecte la declaración realizada dentro de los cinco (5) DÍAS HÁBILES de haber tomado conocimiento de dicho cambio; y guardar confidencialidad de toda la información que les sea suministrada por las PARTES en relación con el PROYECTO. El PANEL TÉCNICO estará conformado de manera permanente hasta el vencimiento del plazo de un (1) AÑO computado desde la HABILITACIÓN COMERCIAL.” Debe decir: “Sección 26.03 Composición. El PANEL TÉCNICO estará integrado por tres (3) miembros, que serán un profesional universitario en ingeniería, un profesional universitario en ciencias económicas y un profesional universitario en ciencias jurídicas, de reconocida trayectoria en la materia del PROYECTO, elegidos de común acuerdo por las PARTES del LISTADO DE PROFESIONALES HABILITADOS. Las PARTES seleccionarán de común acuerdo a los integrantes del PANEL TÉCNICO dentro del plazo de veinte (20) DÍAS HÁBILES contados a partir de la FECHA DE SUSCRIPCIÓN. En caso de que no hubiese acuerdo respecto de cualquiera o de todos los profesionales en dicho plazo, la designación la efectuará la SUBSECRETARÍA PPP mediante sorteo público con la presencia del Escribano General de Gobierno. La SUBSECRETARÍA PPP efectuará el sorteo público entre los profesionales de cada especialidad, en la fecha y hora que notificare a las PARTES con una antelación no menor a tres (3) DÍAS HÁBILES. Los miembros del PANEL TÉCNICO podrán ser convocados por cualquiera de las PARTES. Los MIEMBROS DEL PANEL TÉCNICO ejercerán sus funciones por dos (2) años y podrán ser designados por un período más en la medida en que continuaran integrando el LISTADO DE PROFESIONALES HABILITADOS. Los integrantes del PANEL TÉCNICO deberán presentar una declaración jurada sobre su independencia e imparcialidad; y cumplir con los requisitos previstos en el artículo 9°, punto 13, incisos b) y c) del ANEXO I del DECRETO REGLAMENTARIO PPP. Durante todo el período de vigencia de su designación, los integrantes del PANEL TÉCNICO deberán permanecer imparciales e independientes de las PARTES, conforme lo establece el REGLAMENTO DEL PANEL TÉCNICO obligándose a informar cualquier cambio que afecte la declaración realizada dentro de los cinco (5) DÍAS HÁBILES de haber tomado conocimiento de dicho cambio; y guardar confidencialidad de toda la información que les sea suministrada por las PARTES en relación con el PROYECTO. El PANEL TÉCNICO estará conformado de manera permanente hasta el vencimiento del plazo de un (1) AÑO computado desde la HABILITACIÓN COMERCIAL.” Artículo XXXI – Otras Disposiciones - Sección 30.01 Forma y Medio de las Notificaciones: Donde dice: “Sección 30.01 Forma y Medio de las Notificaciones”: Todas las NOTIFICACIONES, citaciones, instrucciones, solicitudes, demandas judiciales o extrajudiciales y otras comunicaciones en virtud del o relacionadas con el CONTRATO PPP, ya sea que esté o no expresamente previsto en el CONTRATO PPP, deberán realizarse por escrito y se considerarán válidamente efectuadas (i) en caso de escritos presentados en sede administrativa o judicial, cuando cuenten con el respectivo cargo de recepción, y (ii) en caso de ser enviadas por correo nacional o internacional, una vez verificada su recepción por parte del destinatario. Todas las NOTIFICACIONES realizadas conforme lo aquí establecido serán consideradas, a los fines del CONTRATO PPP, comunicaciones fehacientes. Las NOTIFICACIONES bajo el CONTRATO PPP o relacionadas con el mismo se entenderán válidamente entregadas en las siguientes direcciones: ENTE CONTRATANTE: [insertar razón social del CONTRATISTA PPP] [insertar dirección] Atención: [_] Facsímile: [_] Correo electrónico: [_] CONTRATISTA PPP [insertar razón social del CONTRATISTA PPP] [insertar dirección] Atención: [_] Facsímile: [_] Correo electrónico: [_] Debe decir: “Sección 30.01 Forma y Medio de las Notificaciones”: Todas las NOTIFICACIONES, citaciones, instrucciones, solicitudes, demandas judiciales o extrajudiciales y otras comunicaciones en virtud del o relacionadas con el CONTRATO PPP, ya sea que esté o no expresamente previsto en el CONTRATO PPP, deberán realizarse por escrito y se considerarán válidamente efectuadas (i) en caso de escritos presentados en sede administrativa o judicial, cuando cuenten con el respectivo cargo de recepción, y (ii) en caso de ser enviadas por correo nacional o internacional, una vez verificada su recepción por parte del destinatario. Todas las NOTIFICACIONES realizadas conforme lo aquí establecido serán consideradas, a los fines del CONTRATO PPP, comunicaciones fehacientes. Las NOTIFICACIONES bajo el CONTRATO PPP o relacionadas con el mismo se entenderán válidamente entregadas en las siguientes direcciones: ENTE CONTRATANTE: [insertar razón social del ENTE CONTRATANTE] [insertar dirección] Atención: [_] Facsímile: [_] Correo electrónico: [_] CONTRATISTA PPP [insertar razón social del CONTRATISTA PPP] [insertar dirección] Atención: [_] Facsímile: [_] Correo electrónico: [_] A los fines de la publicidad de esta Circular, publíquese durante TRES (3) días en el Boletin Oficial.
German Dario Oberti, Director, Dirección de Gestión Documental.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/06/2019 N° 40999/19 v. 12/06/2019
Fecha de publicación 10/06/2019