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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Decisión Administrativa 509/2019

DA-2019-509-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 18/06/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2017-17440934-APN-SRHYO#SSS, la Ley Nº 27.467, los Decretos Nros. 1615 del 23 de diciembre de 1996, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 2710 del 28 de diciembre de 2012 y 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio; la Resolución N° 2621 de fecha 10 de septiembre de 2013 de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.

Que por el Decreto Nº 355/17 y su modificatorio, se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que mediante el Decreto Nº 1615/96 se dispuso la creación de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE SALUD, con personalidad jurídica y con un régimen de autarquía administrativa, económica y financiera, en calidad de ente de supervisión, fiscalización y control de los agentes que integran el SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD.

Que por el Decreto Nº 2710/12 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del entonces MINISTERIO DE SALUD.

Que por la Resolución Nº 2621/13 de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, fueron aprobadas las Coordinaciones de distintas Unidades Organizativas del citado Organismo.

Que a los fines de garantizar el normal funcionamiento de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Gobierno de Salud del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo de Coordinadora de Evaluación de Tecnologías Sanitarias de la GERENCIA DE GESTIÓN ESTRATÉGICA.

Que la presente medida no implica asignación de recurso extraordinario.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la Secretaría de Gobierno de Salud del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCION NACIONAL y 2º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase transitoriamente a partir del 1º de septiembre del 2017 y hasta el 1º de Julio de 2018, a la doctora Victoria WURCEL (D.N.I. Nº 22.913.769), en el cargo de Coordinadora de Evaluación de Tecnologías Sanitarias de la Gerencia de Gestión Estratégica dependiente de la Gerencia General de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del entonces MINISTERIO DE SALUD, Nivel B, Grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del citado Convenio Colectivo, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al nivel previstos por el artículo 14 de dicho ordenamiento.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la JURISDICCIÓN 85 - 02 - MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL- SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD - Entidad 914 - SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Carolina Stanley

e. 21/06/2019 N° 43874/19 v. 21/06/2019

Fecha de publicación 21/06/2019