Edición del
19 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6715/2019

14/06/2019

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular OPRAC 1 – 977. Política de crédito. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, dispone:

“- Sustituir, para las financiaciones que se otorguen a partir de la difusión de esta comunicación, los párrafos tercero a quinto del punto 6.1.1.3. de las normas sobre “Política de crédito” por lo siguiente:

“Las cuotas deberán tener frecuencia mensual.

Al momento de la contratación del crédito, las entidades deberán ofrecer al cliente al menos una de las siguientes opciones:

i) Extender el número de cuotas originalmente previstas cuando el importe de la cuota a pagar supere en 10 % el valor de la cuota que resultaría de haber aplicado a ese préstamo un ajuste de capital por el Coeficiente de Variación de Salarios (“CVS”) desde su desembolso. En esa circunstancia, que deberá ser notificada al cliente –por medios electrónicos cuando sea posible– y ante su solicitud expresa de ejercer tal opción, la entidad financiera deberá extender en hasta 25 % el plazo originalmente previsto para el préstamo.

ii) Que el importe de la cuota no supere en 10 % el valor de la cuota que resultaría de haber aplicado a ese préstamo un ajuste de capital por el “CVS” desde su desembolso, sin que ello implique extender el número de cuotas originalmente previsto. Cuando se trate de financiaciones otorgadas en el marco del ProCreAr, el costo de esta opción podrá ser trasladado al cliente.

La opción que en definitiva contenga el préstamo deberá estar incluida como cláusula en el contrato y constar en el correspondiente legajo.”

Por otra parte, les hacemos llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia. Asimismo, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Agustin Torcassi, Subgerente General de Regulación Financiera.

ANEXO

El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Solapa “Sistema Financiero” – MARCO LEGAL Y NORMATIVO”).

e. 24/06/2019 N° 44455/19 v. 24/06/2019

Fecha de publicación 24/06/2019