ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).-
EDICTO
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ... ARTICULO 1º: ARCHIVAR la presente denuncia, en los términos de la citada Instrucción General N° 09/2017 (DGA).-ARTICULO 2º: PROCEDER A LA DESTRUCCION de la mercadería detallada en el Acta Denuncia Nº 74/14, Acta de equipaje de fecha 13/03/14, atento lo indicado a fs. 6 por el verificador interviniente por el tipo de mercadería aconseja su destrucción, por lo que es criterio de esta instancia proceder a la destrucción de la misma, con las formalidades y prácticas de rigor. Fdo.: Abog. Maríela E Catalano-Firma Responsable (int) del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE | IMPUTADO | ACTA Nº | RESOLUCIÓN |
12227-331-2014 | SHANG XIAOQIANG PAS REP CHINA Nº G51949458 | Acta Denuncia Nº 74/14 | 9680/18 |
Silvina Isabel De Bisogno, Instructor, División Secretaría N° 2.
e. 28/06/2019 N° 45875/19 v. 28/06/2019
Fecha de publicación 28/06/2019