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CONTRATOS

Decreto 446/2019

DECTO-2019-446-APN-PTE - Aprobación.

Ciudad de Buenos Aires, 28/06/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-34363185-APN-DGD#MHA y el Modelo de Acuerdo Modificatorio N° 1 del Contrato de Préstamo ARG-23/2015 propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 25 de junio de 2015, la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA) suscribieron el Contrato de Préstamo ARG-23/2015, destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Integración Ferroviaria Argentino Boliviana para el Desarrollo Económico y Regional – Ramal C15 Ferrocarril General Belgrano” por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y CINCO MILLONES (USD 35.000.000), conforme al Modelo de Contrato aprobado por el Decreto N° 863 del 19 de mayo de 2015.

Que asimismo, con fecha 16 de enero de 2018, la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF), suscribieron el Contrato de Préstamo para el financiamiento parcial del “Proyecto de Mejoramiento de la Conectividad Ferroviaria a Constitución – Ferrocarril Belgrano Sur” por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA Y CINCO MILLONES (USD 55.000.000), cuyo modelo fuera aprobado por el Decreto N° 948 del 21 de noviembre de 2017.

Que el objetivo del Proyecto referido en el considerando precedente, cuya ejecución está a cargo del MINISTERIO DE TRANSPORTE, es mejorar la movilidad y conectividad de los servicios de transporte de la Región Metropolitana de Buenos Aires (RMBA) hacia el área central de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

Que en el marco de la gestión de políticas de transporte urbano y movilidad sostenible impulsada por el MINISTERIO DE TRANSPORTE y en atención a la necesidad de realizar la rehabilitación del Ramal C15 entre Pichanal y Pocitos de manera integral, a los efectos de uniformar las condiciones de la infraestructura del ramal y optimizar su potencialidad y condiciones operativas, se ha propuesto a FONPLATA reasignar el financiamiento de los fondos disponibles del Préstamo ARG-23/2015 al co-financiamiento del aporte local del “Proyecto de Mejoramiento de la Conectividad Ferroviaria a Constitución – Ferrocarril Belgrano Sur”.

Que dicha modificación al objeto del Contrato de Préstamo ARG-23/2015 originalmente aprobado, no implica un incremento del financiamiento externo, ni cambio del Organismo Ejecutor y se sustenta en mérito al mayor impacto del proyecto ferroviario metropolitano en términos de cantidad de beneficiarios y la adopción de un proyecto de ingeniería de mayor calidad al inicialmente proyectado en el marco del “Proyecto de Integración Ferroviaria Argentino Boliviana para el Desarrollo Económico y Regional – Ramal C15 Ferrocarril General Belgrano”.

Que a los fines de formalizar la operatoria resulta necesaria la suscripción del Acuerdo Modificatorio N° 1 por parte de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Acuerdo Modificatorio N° 1 del Contrato de Préstamo ARG-23/2015 a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), destinado a cooperar en la ejecución del “Proyecto de Mejoramiento de la Conectividad Ferroviaria a Constitución – Ferrocarril Belgrano Sur”, el que consta de CUATRO (4) artículos y UN (1) Anexo Único, que como Anexo I (IF-2019-08159918-APN-SSRFI#MHA) integra la presente medida. Asimismo, forma parte integrante de este decreto como Anexo II (IF-2019-08159854-APN-SSRFI#MHA) la “Política para la Adquisición de Bienes, Obras y Servicios en Operaciones Financiadas por FONPLATA”.

ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda, o al funcionario o funcionarios que éste designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Acuerdo Modificatorio N° 1 del Contrato de Préstamo ARG-23/2015 y su documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba por el artículo 1º de este decreto.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. E/E MICHETTI - Marcos Peña - Nicolas Dujovne

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 01/07/2019 N° 46703/19 v. 01/07/2019

Fecha de publicación 01/07/2019