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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decreto 439/2019

DECTO-2019-439-APN-PTE - Promoción.

Ciudad de Buenos Aires, 28/06/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-06257135-APN-PNAR#PNA, lo informado por el Prefecto Nacional Naval, lo propuesto por la Ministra de Seguridad, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente precitado tramita la propuesta para el ascenso post mortem al grado de Prefecto General del Coronel D. Martín Jacobo José THOMPSON.

Que D. Martín Jacobo José THOMPSON nació el 23 de abril de 1777 en la ciudad de la Santísima Trinidad y Puerto de Nuestra Señora de los Buenos Aires, actual CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Hijo de Don Pablo Guillermo THOMPSON, comerciante natural de Londres, y de su segunda esposa, Doña Tiburcia LÓPEZ ESCRIBANO Y CÁRDENAS, nacida en BUENOS AIRES.

Que contrajo matrimonio el día 29 de junio de 1805 con Dña. María Josepha Petrona de Todos los Santos SÁNCHEZ DE VELASCO Y TRILLO, conocida como “Mariquita”, mujer patriota que bregó junto al Cnel. THOMPSON por la causa independentista.

Que en el hogar de los Thompson se organizaban importantes tertulias donde concurrían las más destacadas personalidades de la época, discutiéndose allí los candentes problemas de la política y el comercio del momento.

Que el Cnel. THOMPSON militó desde un principio en el partido de los criollos y los liberales, promoviendo estas reuniones sociales que servían para difundir la propaganda revolucionaria y obtener adeptos a la causa emancipadora. En aquellas, tanto como en las reuniones secretas de las que también formaba parte, se gestaron los acontecimientos de nuestra independencia y se delinearon las diversas tendencias de los grupos actuantes; habiendo puesto el Cnel. THOMPSON en esta actividad todo su ímpetu, facilitando los medios necesarios para ocultar a los agentes del Virrey las operaciones revolucionarias.

Que al producirse la Primera Invasión Inglesa de 1806, su casa se constituyó en lugar de reunión, donde se estudiaban los planes para la reconquista, y escondite de las armas que tenía a su cargo en el arsenal del puerto. De esta manera, se sumó a los patriotas que organizaron las fuerzas que terminarían venciendo y expulsando al invasor inglés.

Que durante la Segunda Invasión Inglesa tomó parte en el apresamiento de DOS (2) embarcaciones británicas, Príncipe Jorge y Dos Hermanas, interviniendo en la defensa de la ciudad en las memorables jornadas del 2 al 7 de julio de 1807, que terminaron con la Capitulación inglesa.

Que en el marco de las discusiones públicas que se iniciaron con el Cabildo Abierto del 22 de Mayo de 1810, donde se debatió la continuidad de la autoridad virreinal o su sustitución por una Junta que gobernara en nombre del Rey Fernando VII, Martín Jacobo José THOMPSON fue uno de los DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN (251) vecinos que participó de esta reunión popular. Allí votó la moción de Cornelio SAAVEDRA, quien abogaba por la separación del Virrey y la delegación interina en el Cabildo hasta tanto se constituyera la Junta que se determinara para ejercer el gobierno. Esta acción de THOMPSON pone de manifiesto su firme determinación y convicción emancipadora en esos momentos liminares de la Patria.

Que al estallar la Revolución de Mayo, Martín Jacobo José THOMPSON era uno de los CUATRO (4) marinos de carrera con los que contó la revolución, recayendo sobre su persona una importante responsabilidad en el ejercicio del cargo interino de Capitán de Puerto de Buenos Aires.

Que fue confirmado en el cargo al frente de la Capitanía por parte del Dr. Mariano MORENO, Secretario de Gobierno y Guerra y Encargado de Relaciones Exteriores de la Primera Junta, mediante Decreto del 30 de junio de 1810, convirtiéndolo oficialmente en el Primer Capitán de Puerto Patrio, cargo equivalente al actual Prefecto Nacional Naval. Este hito significó la incorporación y nacimiento como institución de la Patria de lo que hoy es la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

Que como Capitán de Puerto tuvo bajo su responsabilidad la defensa de la ciudad frente al asedio de las fuerzas enemigas, cumpliendo un rol fundamental en el reclutamiento de quienes integraron la primera flotilla patria comandada por Juan Bautista AZOPARDO que se enfrentó a las fuerzas realistas en el Combate de San Nicolás el 2 de marzo de 1811.

Que las funciones de la Capitanía de Puerto permiten comprender la magnitud e importancia de las responsabilidades que fueron ejercidas por THOMPSON en los años que estuvo al frente de dicho organismo, siendo partícipe necesario de los trascendentales acontecimientos que llevaron al nacimiento de la soberanía argentina en el Río de la Plata. Destacándose entre ellos, su decisiva intervención de 1814 en los aprestos de la escuadra que posteriormente, al mando del Almirante Guillermo BROWN, combatiría contra los realistas de Montevideo cambiando el panorama adverso de la guerra en la Banda Oriental.

Que a fines de 1815 cesó en su cargo de Capitán de Puerto y fue agregado al Estado Mayor de la Plaza como Teniente Coronel, siendo ascendido el 16 de enero del año siguiente a Coronel de Ejército por el Director Supremo de las PROVINCIAS UNIDAS DEL RÍO DE LA PLATA -Poder Ejecutivo unipersonal impuesto el 26 de enero de 1814- y nombrado en virtud de su “experiencia, celo y patriotismo”, Diputado de las PROVINCIAS UNIDAS DEL RÍO DE LA PLATA ante el gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, para establecer tratados, solicitar medios y obtener el apoyo político del país del norte.

Que durante su misión diplomática demostró un particular reconocimiento hacia el sistema republicano de gobierno adoptado por los –ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA en un momento en que la concepción predominante era la monárquica-, considerándolo como el más conveniente para ser implementado en las PROVINCIAS UNIDAS DEL RÍO DE LA PLATA; motivándolo ello a enviar a su gobierno una copia de la Constitución de dichos Estados mediante correspondencia. Sabiéndose que, décadas más tarde, sería ese texto uno de los pilares fundamentales en los cuales se basaría D. Juan Bautista ALBERDI para la redacción del proyecto que devendría en nuestra CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que tales apreciaciones realzan la figura de THOMPSON, quien falleció en alta mar durante su viaje de regreso a su Patria el 23 de octubre de 1819, siendo su cuerpo arrojado a las aguas, con el carácter de vanguardista en conceptos que se adoptarían mucho tiempo después en nuestro país.

Que el Cnel. Martín Jacobo José THOMPSON, por su carrera de marino egresado de El Ferrol, su posición social y su cargo, tenía asegurado un brillante porvenir en la administración colonial; no obstante prefirió arriesgarlo todo en pos de la causa independentista. Esta actitud fue siempre acompañada de un desinterés raramente visto en los hombres que ocuparon los primeros puestos al igual que él, quien sólo pensó en la ventura de su Patria y lo que creía justo.

Que la iniciativa en trato reviste per se un modo de reparación histórica, no representando erogación presupuestaria de ningún carácter.

Que han tomado la intervención que les compete la Asesoría Jurídica de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido en los artículos 45 y 53 de la LEY GENERAL DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Nº 18.398 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Promuévese al grado de Prefecto General post mortem al Coronel D. Martín Jacobo José THOMPSON, en reconocimiento a los valiosos servicios prestados a la Patria.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. E/E MICHETTI - Patricia Bullrich

e. 01/07/2019 N° 46694/19 v. 01/07/2019

Fecha de publicación 01/07/2019