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MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Resolución 1731/2019

RESOL-2019-1731-APN-MECCYT

Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2019

VISTO los Decretos N° 1.035 del 8 de noviembre de 2018, 467 del 18 de abril de 2011, 33 del 9 de enero de 2012, 1.551 del 29 de agosto de 2012, 400 del 11 de abril de 1813, 275 del 6 de marzo de 2014, 2.019 del 30 de octubre de 2014 y 1.493 del 30 de julio de 2015, la Decisión Administrativa Nº 304 del 12 de abril de 2016, las Resoluciones Nº 284 del 20 enero de 2017, 4.057 del 26 de octubre de 2017 y 2.267 del 17 de agosto de 2018, y el Expediente N° EX-2019-40863456-APN-DRRHHME#MECCYT, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3º del Decreto Nº 1035/18 faculta a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que por el Decreto Nº 467 del 18 de abril de 2011 se cubrió en este Ministerio, el cargo de Supervisora de Auditoría Operacional dependiente de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA.

Que en el artículo 2º del citado decreto, se estableció que el cargo involucrado debía ser cubierto mediante los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II Capítulos III, IV y VIII del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de ciento ochenta (180) días hábiles contados a partir del 1° de diciembre de 2010.

Que por el Decreto N° 33 del 9 de enero de 2012 se prorrogó por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo mencionado precedentemente y por los Decretos Nros. 1.551 del 29 de agosto de 2012, 400 del 11 de abril de 2013, 275 del 6 de marzo de 2014, 2.019 del 30 de octubre de 2014 y 1493 del 30 de julio de 2015, la Decisión Administrativa Nº 304 del 12 de abril de 2016 y las Resoluciones Nros. 284 del 20 de enero de 2017, 4.057 del 26 de octubre de 2017 y 2.267 de

Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido.

Que por ello se considera indispensable prorrogar el término fijado en el artículo 1º de la mencionada Resolución Nº 2.267/18.

Que el cargo citado no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992) y sus modificatorias y el Decreto N° 1035 de fecha 8 de noviembre de 2018.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar a partir del 10 de mayo de 2019, fecha de su vencimiento y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada en los términos del Decreto N° 467/11 y prorrogada por sus similares Nros. 33/12, 1.551/12, 400/13, 275/14, 2.019/14 y 1493 del 30 de julio de 2015, por la Decisión Administrativa Nº 304/16 y por las Resoluciones Nº 284/17, N° 4.057/17 y N° 2.267/18, de la Contadora Pública Nacional Carmen Liliana FARIÑA (D.N.I. N° 13.481.038), en la función de Supervisora de Auditoría Operacional (Nivel B Grado 11 con Función Ejecutiva III), dependiente de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva III del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/08.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los CINCO (5) días del dictado de la presente medida, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivo. Alejandro Finocchiaro

e. 02/07/2019 N° 46326/19 v. 02/07/2019

Fecha de publicación 02/07/2019