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CONTRATOS

Decreto 460/2019

DECTO-2019-460-APN-PTE - Aprobación.

Ciudad de Buenos Aires, 03/07/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2019-09011188-APN-DGD#MHA, y el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 4688/OC-RG destinado a la ejecución del “Programa de Desarrollo e Integración de la Región de Salto Grande” propuesto para ser suscripto entre la Provincia de ENTRE RÍOS y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Contrato de Préstamo BID N° 4688/OC-RG a suscribirse entre el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y el Gobierno de la Provincia de ENTRE RÍOS, el citado Banco se compromete a asistir financieramente al aludido Gobierno Provincial a fin de posibilitar la ejecución del “Programa de Desarrollo e Integración de la Región de Salto Grande”, hasta por el monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MILLONES (USD 50.000.000).

Que el objetivo general del mencionado Programa es contribuir al aumento de la competitividad de los sectores productivos y servicios turísticos de la Región de Salto Grande.

Que los objetivos específicos del referido Programa son: (i) aumentar la productividad de los sectores productivos que participan del Programa; (ii) mejorar el posicionamiento de la Región de Salto Grande como destino turístico; y (iii) mejorar la conectividad de la Región de Salto Grande para que contribuya a atraer mayor cantidad de turistas nacionales e internacionales.

Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán TRES (3) componentes: (i) “Integración y desarrollo productivo”, (ii) “Conectividad de la región”, y (iii) “Coordinación integrada de fronteras”.

Que en tal sentido, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) ha propuesto al Gobierno Nacional la suscripción de un Contrato de Garantía con la finalidad de que la REPÚBLICA ARGENTINA afiance las obligaciones financieras que el Gobierno de la Provincia de ENTRE RÍOS contraiga como consecuencia de la suscripción del mencionado Contrato de Préstamo BID N° 4688/OC-RG .

Que atento a la necesidad de asegurar el pago de los compromisos emergentes del Contrato de Préstamo N° 4688/OC-RG referido y de preservar el crédito público de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Gobierno Nacional ha propuesto al Gobierno de la Provincia de ENTRE RÍOS la suscripción de un Contrato de Contragarantía, por medio del cual este último se obligue a la cancelación de los compromisos de pago asumidos, en los plazos previstos en el mencionado Contrato de Préstamo.

Que para el caso de no producirse la cancelación respectiva, el Gobierno de la Provincia de ENTRE RÍOS autorizará al MINISTERIO DE HACIENDA a efectuar el débito automático de los fondos de la Cuenta de Coparticipación Federal de Impuestos o del régimen que la reemplace, por hasta el total del monto adeudado.

Que en estos términos, resulta oportuno aprobar el Modelo de Contrato de Garantía a ser suscripto entre el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y la REPÚBLICA ARGENTINA, y el Modelo de Contrato de Contragarantía a ser suscripto entre esta última y el Gobierno de la Provincia de ENTRE RÍOS.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 53 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Garantía a suscribirse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), que consta de NUEVE (9) disposiciones, que forma parte integrante del presente decreto como Anexo I (IF-2019-13029013-APN-SSRFI#MHA).

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Contragarantía a suscribirse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el Gobierno de la Provincia de ENTRE RÍOS que consta de SEIS (6) disposiciones, adjunto como Anexo II (IF-2019-13028800-APN-SSRFI#MHA) a la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda o al funcionario o funcionarios que éste designe, a suscribir los contratos cuyos modelos se aprueban por medio de los artículos 1° y 2° del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda o al funcionario o funcionarios que éste designe, a convenir y/o suscribir modificaciones a los contratos cuyos modelos se aprueban por los artículos 1° y 2° del presente decreto, siempre que no constituyan cambios sustanciales al objeto de la garantía, al destino de los fondos, ni resulten en un incremento de su monto o modifiquen el procedimiento arbitral pactado.

ARTÍCULO 5º.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda a ejercer, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, todos los actos relativos a la implementación del Contrato de Garantía y aquéllos requeridos a la REPÚBLICA ARGENTINA para la correcta ejecución del Contrato de Préstamo BID N° 4688/OC-RG a ser suscripto entre el Gobierno de la Provincia de ENTRE RÍOS y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña - Nicolas Dujovne

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/07/2019 N° 48168/19 v. 04/07/2019

Fecha de publicación 04/07/2019