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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 458/2019

DECTO-2019-458-APN-PTE - Recházase recurso.

Ciudad de Buenos Aires, 03/07/2019

VISTO: el Expediente N° EX-2017-22610959-APN-DDYMDE#MM, la Ley Nº 25.506 y la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, el Decreto Nº 2628 del 19 de diciembre de 2002 y sus modificatorios, la Resolución N° 47 del 18 de mayo de 2015 de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Resoluciones Nros. 399 del 5 de octubre de 2016, 498 del 18 de septiembre de 2017 y 599 del 10 de noviembre de 2017, todas del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 498 del 18 de septiembre de 2017, entre otros extremos, se le aplicó a la empresa TRAIN SOLUTIONS S.A., en su carácter de certificador licenciado, la sanción de multa por la suma de PESOS CIENTO VEINTISÉIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA ($ 126.640), en virtud de haber incurrido en las causales dispuestas en los incisos a), b), c) y f) del artículo 43 de la Ley N° 25.506; así como una sanción de caducidad de la licencia otorgada mediante la Resolución N° 47 del 18 de mayo de 2015 de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en el marco de la Infraestructura de Firma Digital de la REPÚBLICA ARGENTINA, conforme lo establecido en el artículo 44 de la Ley N° 25.506; ordenándose, en consecuencia, la revocación del certificado digital correspondiente a dicho Certificador Licenciado TRAIN SOLUTIONS S.A.

Que se notificó a TRAIN SOLUTIONS S.A. la aludida Resolución N° 498/17 del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN el 21 de septiembre de 2017.

Que el 29 de septiembre de 2017 la firma TRAIN SOLUTIONS S.A. interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio contra la citada resolución.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN Y FIRMA DIGITAL dependiente de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, actual Secretaría de Gobierno de Modernización de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, elaboró el informe pertinente, por el cual recomendó rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por la empresa TRAIN SOLUTIONS S.A. contra la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 498/17.

Que, en virtud de ello, el referido recurso de reconsideración fue desestimado mediante la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 599 del 10 de noviembre de 2017, la cual fue notificada a la empresa TRAIN SOLUTIONS S.A. el día 13 de noviembre de 2017.

Que, habiendo transcurrido el plazo de CINCO (5) días previsto en el artículo 88 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017, la recurrente no hizo uso de su derecho a ampliar los fundamentos esgrimidos en el citado recurso de reconsideración.

Que, siendo ello así, corresponde tramitar el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración, conforme lo dispone el mencionado artículo 88 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

Que en relación a los argumentos expuestos oportunamente por la recurrente, cabe señalar que la referida DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN Y FIRMA DIGITAL ya se ha expedido sobre los mismos y han sido adecuadamente tratados en el marco del trámite de la Resolución N° 599 del 10 de noviembre de 2017 del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que en virtud de lo señalado y no existiendo nuevos elementos de valoración que sean susceptibles de estudio para modificar la decisión oportunamente adoptada, corresponde rechazar el recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración interpuesto por la empresa TRAIN SOLUTIONS S.A. contra la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 498 del 18 de septiembre de 2017.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, actual Secretaría de Gobierno de Modernización de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN ha tomado la intervención que le compete en los términos del artículo 92, segundo párrafo, del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desestímase el recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración interpuesto por la empresa TRAIN SOLUTIONS S.A. (CUIT Nº 30-70880254-5) contra la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 498 del 18 de septiembre de 2017.

ARTÍCULO 2º.- Hágase saber a la empresa TRAIN SOLUTIONS S.A. que el presente acto agota la instancia administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017, sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso contemplado en su artículo 100.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña

e. 04/07/2019 N° 48166/19 v. 04/07/2019

Fecha de publicación 04/07/2019