ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 2548/2019
RESOL-2019-2548-APN-ENACOM#JGM Fecha 04/07/2019
EX-2019-46188147-APN-SDYME#ENACOM.
La Presidenta del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Dejar sin efecto la adjudicación de la banda de frecuencia 450-470 MHz en las áreas de servicio aprobadas por Resolución ENACOM N° 1135/2019, por Resolución ENACOM N° 2041/2019 y por Resolución ENACOM N° 2065/2019 de la empresa SERVICIO SATELITAL SOCIEDAD ANÓNIMA, atento a la falta de presentación de la garantía de instalación y puesta en funcionamiento de los servicios, conforme lo establecido por el artículo 15.2 y concordantes del Anexo I de la Resolución MM N° 506/2018 y modificatorias. 2.- Proceder a la devolución de la garantía de instalación y puesta en funcionamiento de los servicios presentada por SERVICIO SATELITAL SOCIEDAD ANÓNIMA, por no haber identificado la adjudicación del área de servicio a la cual correspondía, conforme lo establecido por el artículo 15.2 y concordantes del Anexo I de la Resolución MM N° 506/2018 y modificatoria. 3. - Notifíquese a la interesada. 4.- Comuníquese, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.
e. 05/07/2019 N° 48616/19 v. 05/07/2019
Fecha de publicación 05/07/2019