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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 169/2019

ACTA N° 1579

Expediente ENRE N° EX-2019-10637935-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 3 DE JULIO DE 2019

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:1.- Dar a publicidad la Solicitud de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente requerida por la empresa CENTRAL BIOELÉCTRICA UNO S.A.U. a la EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CÓRDOBA (EPEC), para el ingreso de su Central Térmica a Biogás BIOELÉCTRICA RIO CUARTO I (CTBG RIO CUARTO I), de una potencia total de 3,9 MW, emplazada en la Ciudad de RÍO CUARTO, Provincia de CÓRDOBA. 2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio, por el plazo de CINCO (5) días, advirtiéndose en dichas publicaciones que se otorgará un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos a ser computados desde la última publicación efectuada, a fin de que quien lo considere procedente, presente un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Establecer que en caso de presentarse observaciones u oposiciones fundadas en los términos antes referidos que sean comunes a varios usuarios, se procederá a convocar a una Audiencia Pública a fin de recibir las mismas y permitir al solicitante exponer sus argumentos. 4.- Disponer que operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 2 sin que se registre la presentación de oposiciones fundadas en los términos allí establecidos o de proyectos alternativos al analizado, este Ente Nacional procederá a autorizar la Solicitud de Acceso referida en el artículo 1. 5.- CENTRAL BIOELÉCTRICA UNO S.A.U deberá cumplir con las obras y requerimientos técnicos indicados por CAMMESA en sus informes digitalizados como IF-2019-47941908-APN-SD#ENRE, como así también, con aquellos otros que le sean requeridos al momento de hacerse efectivo el Acceso solicitado, a efectos de garantizar el funcionamiento del MEM. 6.- Notifíquese a CENTRAL BIOELÉCTRICA UNO S.A.U, a EPEC y a CAMMESA. 7.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Firmado: Vocal Segundo Ing. Ricardo Martínez Leone - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Andrés Chambouleyron -.

Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio.

e. 05/07/2019 N° 48231/19 v. 05/07/2019

Fecha de publicación 05/07/2019