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27 de Marzo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL - DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS

“MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN. Conforme lo dispuesto por el art. 131 párrafo 2 de la Ley 17.132 atento la imposibilidad de ubicarlo, notifíquese a Jacobo PINCHEVSKY (MN Nº 62.151) la Resolución Nº 153 de fecha 22 de diciembre de 2010 cuya parte resolutiva reza: ARTÍCULO 1º: Sanciónase al Sr. Jacobo PINCHEVSKY, con una multa de PESOS CINCO MIL ($5.000), por considerarse una falta grave el haber transgredido el artículo 4 de la Ley Nº 17.132. ARTÍCULO 2º: Acuérdase el plazo de CINCO (05) días hábiles administrativos a partir de la fecha de notificación, para hacer efectivo el pago de la multa impuesta en el Departamento de Tesorería de la Dirección General Administrativa, sito en la Avenida 9 de Julio Nº 1925, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo monto ingresarán al Fondo de Financiamiento 13 (Fondo Nacional de Salud). ARTÍCULO 3°: Contra la presente el interesado solo podrá interponer recurso de nulidad y apelación en los términos y condiciones del artículo 135 de la Ley Nº 17.132. ARTÍCULO 4º: Regístrese, notifíquese por la DIRECCIÓN DE DESPACHO y gírese al DEPARTAMENTO DE TESORERIA a sus efectos. Cumplido, pase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS para la continuación de su trámite y archívese”. FIRMADO: Dr. Gabriel YEDLIN. SECRETARIO DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS.”

Mariana Denise Bauni, Directora Nacional, Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.

e. 11/07/2019 N° 48981/19 v. 15/07/2019

Fecha de publicación 11/07/2019