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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

Resolución 548/2019

RESOL-2019-548-APN-MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 12/07/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-21874769-APN-DGDMT#MPYT, la Ley N° 27.431, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2002 y sus modificatorios, 167 de fecha 2 de marzo de 2018, 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, y 801 de fecha 5 de septiembre de 2018, y la Resolución N° 118 de fecha 12 de marzo de 2018 del ex MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 108 de la Ley N° 27.431 faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a crear unidades ejecutoras especiales temporarias y/o para gestionar planes, programas y proyectos de carácter transitorio y excepcional, pudiendo determinar la estructura, el funcionamiento y asignación de recursos humanos que correspondan, estableciendo que dichas unidades tendrán una duración que no exceda los DOS (2) años, salvo autorización en la ley de presupuesto del año correspondiente al vencimiento del plazo.

Que por el Decreto N° 167 de fecha 2 de marzo de 2018 se facultó a los Ministros a crear, en sus respectivos ámbitos, UNIDADES EJECUTORAS ESPECIALES TEMPORARIAS en los términos de la precitada Ley y a designar a los titulares de las mismas, previa intervención de la Dirección Nacional de Diseño Organizacional dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que mediante la Resolución N° 118 de fecha 12 de marzo de 2018 del ex MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se creó la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD PARA LA PREVENCIÓN DEL FRAUDE EN LAS RELACIONES LABORALES Y LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL”, con dependencia de la UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL del citado ex Ministerio, con el objeto de generar empleo de calidad a trabajadores con dificultades de inserción en el mercado laboral.

Que mediante el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, y los objetivos de las Unidades Organizativas establecidas en dicho organigrama.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante, Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), con Rango y Jerarquía de Director Nacional, de Titular de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD PARA LA PREVENCIÓN DEL FRAUDE EN LAS RELACIONES LABORALES Y LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL”.

Que el profesional a designar reúne las condiciones de idoneidad y experiencia necesarias para cumplir eficientemente con las responsabilidades y funciones de la mencionada Unidad.

Que la Dirección Nacional de Diseño Organizacional de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud a las atribuciones conferidas en el Artículo 1° del Decreto N° 167/18.

Por ello,

EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase, a partir del 2 de Mayo de 2019 en el cargo de Titular de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD PARA LA PREVENCIÓN DEL FRAUDE EN LAS RELACIONES LABORALES Y LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL” con dependencia de la UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, al Abogado D. Martín VOSS (M.I. N° 27.084.489) Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, con Rango y Jerarquía de Director Nacional.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 51-02 - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Dante Sica

e. 15/07/2019 N° 50475/19 v. 15/07/2019

Fecha de publicación 15/07/2019