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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 2464/2019

RESOL-2019-2464-APN-ENACOM#JGM FECHA 28/06/2019 ACTA 48

EX-2019-48915029-APN-SDYME#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1. - Rectificar el Artículo 1 de la RESOL-2018-2070-APN-ENACOM#MM, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Confírmase la Resolución N° 927-COMFER/99, en cuanto adjudicó a la señora Laura Inés ASIA una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia en la ciudad de NEUQUÉN, provincia homónima, en la frecuencia 93.7 MHz., canal 229, categoría E, identificada con la señal distintiva “LRG352”. 2. - Tener por ejercida la opción al régimen previsto por el Artículo 20 del Decreto Nº 267/15, que contempla el otorgamiento de una prórroga por 10 años, bajo los términos y condiciones del Artículo 40 de la Ley N° 26.522, sin necesidad de aguardar el vencimiento de las licencias individualizadas, debiendo considerarse dicha prórroga como un primer período, con derecho a una prórroga automática por el término de 5 años más, a la señora Laura Inés ASIA, titular de la licencia correspondiente al servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de NEUQUÉN, provincia homónima, adjudicada por Resolución Nº 927-COMFER/99, revocada por su similar Nº 735-COMFER/00, a su vez revocada por su similar Nº 2166-AFSCA/11 y confirmada a través de una nueva adjudicación dispuesta por Resolución Nº 2070-ENACOM/18, rectificada mediante la presente. 3.- Establecer que el plazo correspondiente al primer período referido en el Artículo precedente, se computará a partir del día en que se notifique el acto que autorice el inicio de las emisiones regulares. 4.- Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la señora Laura Inés ASIA deberá presentar la “DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL”. 5.- La adjudicataria deberá cumplir con el pago del gravamen correspondiente al servicio adjudicado, desde la fecha de su presentación al Régimen de Normalización, dentro de los 120 días de otorgada la licencia, de así corresponder. 6.- Notifíquese, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.

e. 15/07/2019 N° 50055/19 v. 15/07/2019

Fecha de publicación 15/07/2019