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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD

Resolución 1087/2019

RESOL-2019-1087-APN-SGS#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 15/07/2019

VISTO el expediente EX-2017-29025707-APN-DNCHYSO#MS, del registro del ex MINISTERIO DE SALUD, la Ley N° 17.132, sus complementarias y modificatorias, la Ley N° 22.127, la Resolución N° 450 del ex MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE de fecha 7 de abril de 2006, la Resolución N° 1922 del ex MINISTERIO DE SALUD de fecha 6 de diciembre de 2006, la Resolución Nº 1342 del ex MINISTERIO DE SALUD de fecha 10 de octubre de 2007, y la Disposición N° 104 de la ex SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN de fecha 24 de noviembre de 2015; y

CONSIDERANDO:

Que el ordenamiento racional, la planificación y distribución de los Recursos Humanos en Salud, son un componente central en la política sanitaria de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

Que a través de la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen los criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros.

Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD - COFESA - como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución N° 450/2006.

Que por Resolución N° 1342/2007 se aprobaron los “Criterios y Estándares Básicos de las Residencias del Equipo de Salud”, “Esquema de Presentación de Programas Docentes de Residencias en Salud” y “Requisitos para la Inscripción de Entidades Evaluadoras”, así como el REGISTRO NACIONAL ÚNICO DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ACREDITADAS, el REGISTRO DE PROGRAMAS DE RESIDENCIAS ACREDITADAS y el REGISTRO ÚNICO DE ENTIDADES EVALUADORAS DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.

Que mediante Disposición N°104/2015 de la entonces SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS

REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN de fecha 24 de noviembre de 2015 se aprobaron los nuevos

Estándares Nacionales y Contenidos Transversales, para la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud, y los formularios nacionales para la evaluación de residencias del equipo de salud (Instrumento Nacional de Residencias del Equipo de Salud, Encuesta de Residentes y Guía para los Evaluadores), a los efectos de que los mismos definan los criterios mínimos para el funcionamiento de los programas de formación de residencias, refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.

Que en correlato con la implementación del SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO identificó la necesidad de contar con un marco que regule y organice el desarrollo pedagógico de las residencias del equipo de salud a nivel nacional.

Que en ese contexto se coordinó el diseño y la implementación de un procedimiento de trabajo basado en acuerdos metodológicos y de contenidos sucesivos con el objetivo de generar Marcos de Referencia para la Formación en Residencias Médicas que regulen y organicen el desarrollo pedagógico de las residencias del equipo de salud a nivel nacional.

Que la elaboración de los Marcos de Referencia para la Formación en Residencias Médicas constituye una herramienta central del proceso de armonización de la formación en residencias en tanto establecen los componentes mínimos que tienen que estar presentes en la formación.

Que por las actuaciones citadas en el VISTO, se desarrolló el trámite de elaboración del Marco de Referencia de la Especialidad Ortopedia y Traumatología, IF-2017-29042832-APN-DNCHYSO#MS.

Que la elaboración de los documentos fue una tarea conjunta con representantes de instituciones asistenciales, asociaciones profesionales y cuerpos técnicos jurisdiccionales que constituyen comisiones consultivas de la Especialidad Ortopedia y Traumatología, bajo la coordinación de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO.

Que el Documento Marco de Referencia de la Especialidad Médica que nos ocupa, fue aprobado por la Comisión Asesora del SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD (Acta reunión del 10 de abril de 2017) y Comité Técnico del Encuentro Nacional de Planificación, Formación y Gestión de Recursos Humanos en Salud (Acta de fecha 2 de agosto de 2017) y que su aprobación fue incluida en el Acta COFESA, de la Reunión Ordinaria de fecha 25 de marzo de 2019.

Que la especialidad médica “ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGÍA”, se encuentra incluida en el listado de especialidades reconocidas por el ex MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN (Resolución Nº1814/2015).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 801 y 802 de fecha 5 de septiembre de 2019 y

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD

RESUELVE

ARTÍCULO 1° - Apruébase el “MARCO DE REFERENCIA PARA LA FORMACIÓN EN RESIDENCIAS MÉDICAS - ESPECIALIDAD ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGÍA” que como ANEXO I (IF-2017-29042832-APN-DNCHYSO#MS), forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° - Incorpórese el “MARCO DE REFERENCIA PARA LA FORMACIÓN EN RESIDENCIAS - ESPECIALIDAD ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGÍA”, como estándar de evaluación de las residencias que se acrediten en el marco del SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACION DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.

ARTÍCULO 3° - Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Boletín Oficial y archívese. Adolfo Luis Rubinstein

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/07/2019 N° 50649/19 v. 16/07/2019

Fecha de publicación 16/07/2019