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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL

Resolución 25/2019

RESOL-2019-25-APN-SECCYDT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 16/07/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2019-54660045-APN-DGDMA#MPYT del Registro de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley N° 27.118 de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una Nueva Ruralidad en la Argentina, la Resolución Nº 419 de fecha 6 de julio de 2015 del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y sus modificatorias y las Resoluciones Nros. RESOL-2017-330-APN-MA de fecha 1 de noviembre de 2017 y sus modificatorias, RESOL-2018-206-APN-MA de fecha 24 de junio de 2018, ambas del ex- MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.118 de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una Nueva Ruralidad en la Argentina, en su Artículo 22 estableció que el ex- MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA impulsará la promoción de marcas comerciales y denominaciones de origen y otros mecanismos de certificación, como estrategia de valorización de los productos de la agricultura familiar.

Que posteriormente, a través de la Resolución Nº 419 de fecha 6 de julio de 2015 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y sus modificatorias, se creó el Sello “Producido por la Agricultura Familiar” en el ámbito de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR del citado ex- Ministerio.

Que mediante la Resolución N° RESOL-2017-330-APN-MA de fecha 1 de noviembre de 2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y sus modificatorias, se reglamentó el uso y administración del Sello “Producido por la Agricultura Familiar”, estableciendo en su Artículo 1° la cesión gratuita de su uso sin exclusividad por el término de DOS (2) años a las organizaciones de productores de la agricultura familiar en forma individual, las organizaciones de productores de la Agricultura Familiar o las Comunidades de Pueblos Originarios.

Que el Artículo 27 de la citada Resolución N° RESOL-2017-330-APN-MA establece a la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL de la actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO como la Autoridad de Aplicación de la política inherente al otorgamiento del Sello “Producido por la Agricultura Familiar”.

Que para la obtención del derecho temporario de uso del mencionado sello resulta necesario que los solicitantes cumplan con los requisitos de orden general, como los específicos que se definen para individuos, organizaciones de la Agricultura Familiar o Comunidades de Pueblos Originarios, productos primarios, productos elaborados y puntos de venta, según corresponda, que se establecen en los Artículos 7° al 12 inclusive de la mencionada Resolución N° RESOL-2017-330-APN-MA.

Que en virtud de lo señalado y habiendo dado cumplimiento con los requisitos normados es que este acto administrativo pretende otorgar la cesión de uso del Sello “Producido por la Agricultura Familiar”, al solicitante ASOCIACIÓN CIVIL PRODUCTORES DEL PEDREGAL NORTE, (C.U.I.T. Nº 33-71627700-9), de la Provincia de MENDOZA.

Que la Coordinación Provincial Mendoza de la SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR Y DESARROLLO TERRITORIAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha intervenido, expidiéndose favorablemente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018, sus modificatorios y complementarios y por la Resolución N° RESOL-2017-330-APN-MA de fecha 1 de noviembre de 2017 del ex- MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y sus modificatorias.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizase la cesión del Sello “Producido por la Agricultura Familiar” al solicitante ASOCIACIÓN CIVIL PRODUCTORES DEL PEDREGAL NORTE (CUIT Nº 33-71627700-9) de forma gratuita, sin exclusividad y por el término de DOS (2) años para ser utilizado por los socios de la Asociación que conforman la nómina del Anexo que, registrado con el Nº IF-2019-56826272-APN-DNPDR#MPYT forma parte integrante de la presente medida, para los productos allí mencionados.

ARTÍCULO 2°.- Emítase el correspondiente certificado de autorización de uso del Sello “Producido por la Agricultura Familiar”, que registrado como Informe Gráfico Nº IF-2019-59410075-APN-DNPDR#MPYT forma parte del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 3°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Hardie

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 17/07/2019 N° 51290/19 v. 17/07/2019

Fecha de publicación 17/07/2019