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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir Sumario a las Entidades que a continuación se detallan: COOPERATIVA GRANJERA REGIONAL SUR MATRICULA 16974; COOPERATIVA DE TRABAJO TEXTIL “MANOS SOLIDARIAS” LTDA MATRICULA 16989; COOPERATIVA DE TRABAJO CONFECCIONISTAS CHAVENSES LTDA (TSON) MATRICULA 16991; COOPERATIVA DE TRABAJO “EFYMA” LTDA MATRICULA 17003; COOPERATIVA DE PROVISION DE BIENES Y SERVICIOS PARA COMERCIANTES 2 DE AGOSTO LTDA MATRICULA 17039; COOPERATVA DE TRABAJO “ARGAL” LTDA MATRICULA 17040; COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS MANUEL BELGRANO LTDA MATRICULA 17044; COOPERATIVA DE TRABAJO LA PERGAMINENSE LTDA MATRICULA 17070; COOPERATIVA DE TRABAJO “CINCO DE OCTUBRE” LTDA MATRICULA 17071; SUAMIR COOPERATIVA DE TRABAJO LTDA MATRICULA 17075; COOPERATIVA DE TRABAJO LA UNION LTDA MATRICULA 17076; COOPERATIVA DE PROVISION PARA COMERCIANTES EDUARDO AVAROA LTDA, MATRICULA 17077, COOPERATIVA DE TRABAJO 11 DE JULIO LTDA MATRICULA 17079; COOPERATIVA DE TRABAJO ALFA LTDA MATRICULA 17083; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO “CRUZ DEL SUR” LTDA MATRICULA 17097; COOPERATIVA DE TRABAJO DE ENSEÑANZA DE OFICIOS LTDA MATRICULA 17098; TODAS ELLAS INCLUIDAS EN EL EXPTE Nº 76/16 y RESOLUCIÓN Nº 2585/14 INAES, y con domicilio dentro de la República Argentina. Asimismo, el Directorio de esta Organismo ha ordenado, respecto a las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se imputan en los respectivos expedientes y resoluciones que se indican en paréntesis. Dichos sumarios tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución Nº 3.369/09 INAES y su modificatoria Resolución Nº 1464/10 INAES y Resolución Nº 403/13 INAES, por hallarse suspendidas la autorización para funcionar, en tanto que se encuentran comprendidas en las circunstancias prescripta en los artículos 1º y/o 2º de la Resolución Nº 3.369/09 INAES y modificatorias. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas “ut supra” ha sido designado el suscripto como nuevo instructor sumariante y en tal carácter se le acuerda a las entidades el plazo de DIEZ (10) días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia, para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intenten valerse (Art. 1º inc. F ap 1 y 2 de la Ley Nº 19.549). Admitiéndose sólo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme con lo establecido en los Arts. 19 a 22 del Decreto Nº 1759/72 Reglamentario de la Ley Nº 19.549 (T.O. 1991). Se hace saber a las entidades, que en caso de no ser desvirtuadas las imputaciones de las resoluciones que dieron origen a la apertura de los respectivos sumarios, podría recaer sobre las mismas, la sanción dispuesta por el art. 101, inc. “3”, de la Ley Nº 20.337, vencido el término se emitirá disposición sumarial dando por concluido el Sumario , evaluando en su caso el descargo y la prueba aportada y aconsejada la medida a adoptar .El presente deberá publicarse de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 42 del Dec. Reg. 1759 (T.O 1991) FDO: Dr. Guillermo Darío Meneguzzi. Instructor Sumariante -

Guillermo Dario Meneguzzi, Instructor Sumariante, Coordinación de Sumarios a Cooperativas y Mutuales.

e. 16/07/2019 N° 50681/19 v. 18/07/2019

Fecha de publicación 17/07/2019